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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Lunes, 30 de noviembre de 1998 Pág. 12.829

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 1998, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se autoriza y se declara de utilidad pública a los efectos de la urgente ocupación, las instalaciones eléctricas del proyecto L.M.T., C.T. y R.B.T. de Guntumil y Requiás, en el ayuntamiento de Muíños. (Expediente IN407A 98/61-3 A.T.).

Unión Eléctrica-Fenasa, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en la c/ Sáenz Díez, nº 45, 32003 Ourense, solicitó de esta delegación provincial la autorización administrativa y la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica de referencia.

En el expediente se cumplieron los trámites señalados en el artículo 53 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, y los reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en los capítulos III y IV del reglamento de aplicación de la Ley 10/1966, de 18 de marzo,

sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, de aplicación al presente expediente según lo establecido por la disposición transitoria primera de la indicada Ley 54/1997.

En la fase de información pública presentaron alegaciones los titulares de los predios nº 6a, en la que manifiesta disconformidad con la valoración de bienes afectados; y 9 y 16, que solicitan cambio en la traza. Dichas alegaciones fueron desestimadas por las razones que en cada caso se le notifica a los afectados en escrito aparte, y que no se transcriben en la presente resolución para evitar repeticiones.

Vista sobre el terreno la traza de la línea eléctrica proyectada, se observa que en la misma no se da ninguna de las prohibiciones o limitaciones a las que se refieren respectivamente los artículos 25 y 26 del citado Decreto 2619/1966.

Siendo competente este organismo, con base en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comu

nidad Autónoma gallega en materia de industria, energía y minas, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por los decretos 2617/1966 y 2619/1966,

RESUELVO:

Primero.-Autorizar a Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. el establecimiento de las instalaciones eléctricas que cuenta con los siguientes datos básicos para un presupuesto de 19.693.982 ptas.:

-L.M.T. aérea a 20 kV, de 228 metros de longitud, en conductor LA-56, derivada desde el último apoyo de madera existente, a sustituir en la L.M.T. al C.T. de Requiás-Guntumil, con final en el C.T. aéreo proyectado de Guntumil, con 160 kVA y R/T 20.000/380-220 V; red de baja tensión (R.B.T.) con apoyos H.V. y conductor R.Z.

-L.M.T. aérea a 20 kV, de 438 metros de longitud, en conductor LA-56, con origen en el apoyo proyectado nº 1 de la L.M.T. citada anteriormente y final en el C.T. aéreo proyectado de Requiás, de 100 kVA y R/T 20.000/380-220 V; R.B.T. con apoyos H.V. y conductor R.Z.

Segundo.-Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica autorizada, con las consecuencias establecidas en el artículo 54 de la Ley 54/1997, del sector eléctrico, de necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados y la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. Igualmente llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las comunidades autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

Tercero.-Que por el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 31 del reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, se dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y horas que a cada interesado se le notifique individualmente, de las fincas contenidas en la resolución de esta delegación provincial de 1-4-1998, que se publicó en el Diario Oficial de Galicia del 2-6-1998, en el BOP de Ourense del 9-6-1998 y en el periódico local La Región del 7-5-1998.

Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso ordinario, ante el conselleiro de Industria y Comercio, en el plazo de un mes a contar desde el día de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Ourense, 24 de septiembre de 1998.

Alfredo Cacharro Pardo

Delegado provincial de Ourense