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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Lunes, 30 de noviembre de 1998 Pág. 12.805

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 17 de noviembre de 1998 por la que se resuelve la convocatoria de becas para la realización de tesis doctorales en temas de investigación marina.

Por Orden de 7 de agosto de 1998 (DOG del 20 de agosto, corrección de errores DOG del 26 de agosto) se convocaron becas para la realización de tesis doctorales en temas de investigación marina.

Por resolución de la Dirección General de Formación Pesquera e Investigación, de 29 de octubre de 1998, y de acuerdo con la base sexta, se hizo pública la relación provisional de beneficiarios de las mencionadas becas. En el apartado segundo de dicha resolución se fijaba un plazo de diez días contados a partir del siguiente a su publicación a fin de que los interesados, en su caso, formulasen las reclamaciones oportunas.

Finalizado este plazo y sin que hubiese reclamación alguna, esta consellería, de acuerdo con la propuesta de resolución elaborada por la comisión de selección de las becas para la realización de tesis doctorales en temas de investigación marina

DISPONE:

Artículo 1º

Se acuerda concederles una beca para la realización de tesis doctorales en temas de investigación marina a las personas que a continuación se relacionan:

Tema: «Acumulación de ficotoxinas productoras de PSP, ASP y DSP en moluscos bivalvos», Rafael Iniesta Soto, DNI 36.136.878-Z.

Tema: «Ecología larvaria del percebe», Gonzalo Macho Rivero, DNI 36.133.015-S.

Tema: «Patología del berberecho», David Iglesias Estepa, DNI 33.296.106-H.

Tema: «Estudio de la biología de Dinophysis y de su producción de toxinas», Silvia María Díaz Prado, DNI 32.823.979-N.

Y nombrar como suplentes a:

Antonio Gómez Rodríguez, DNI 44.809.631-L.

Almudena Carballo Alonso, DNI 36.081.451-V.

Carlos Cariño Álvarez, DNI 36.120.412-Q.

Ana Mª Abal Paradela, DNI 76.996.139-M.

Artículo 2º

Los becarios deberán formalizar su inscripción en un plazo de diez días desde la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia; de no hacerlo perderán la beca y se procederá a cubrir las vacantes con los suplentes nombrados por la comisión de selección.

Artículo 3º

La inobservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de convocatoria de 7 de agosto de 1998 supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda correspondiente.

Artículo 4º

La presente disposición pone fin a la vía administrativa según lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de noviembre de 1998.

P.D. (Orden 17-12-1997, DOG nº 246,

del 22 de diciembre)

Juan José Álvarez Pérez

Secretario general de la Consellería de Pesca,

Marisqueo y Acuicultura