Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Lunes, 30 de noviembre de 1998 Pág. 12.801

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 336/1998, de 27 de noviembre, por el que se modifican y establecen los precios del Diario Oficial de Galicia.

El Diario Oficial de Galicia, órgano oficial de difusión y expresión de la actividad administrativa de la Comunidad Autónoma de Galicia, viene publicándose ininterrumpidamente desde 1982.

En 1997, por Decreto 315/1997, se produjo el último incremento en los precios de la suscripción y de la inserción de anuncios, pero razones tales como un mejor ajuste en sus costes y el ofrecimiento de nuevos productos al ciudadano, así como el aumento del IPC hacen aconsejable proceder a un nuevo incremento

del precio de los productos ya existentes y el establecimiento del correspondiente a los nuevos productos.

En su virtud, y de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, a propuesta del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública tras el informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintisiete de noviembre de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1º

1. El precio de la suscripción anual en papel al Diario Oficial de Galicia se establece en 42.600 pesetas. En este precio se incluyen los CD-ROM correspondientes al mismo período, siempre que el suscriptor así lo solicite al formalizar la suscripción.

2. El precio de venta del ejemplar en papel del Diario Oficial de Galicia se fija en 205 pesetas.

3. El precio anual de la suscripción por internet se fija en 47.516 pesetas. En este precio se incluyen, también, los CD-ROM correspondientes al mismo período, siempre que el inscriptor así lo solicite al formalizar la suscripción. Finalizado este período el suscriptor continuará con derecho de acceso a los ejemplares pagados siempre que permanezca como tal.

4. El precio del acceso por internet a los DOG correspondientes al período comprendido entre el 1º de octubre de 1995 y el 31 de diciembre de 1998 se fija en 45.000 pesetas. Este derecho de acceso, que requiere la suscripción al año corriente, tiene vigencia mientras el interesado continúe como suscriptor.

5. El precio de los CD-ROM correspondientes al año 1999 se fija en 25.000 pesetas.

6. El precio de los CD-ROM correspondientes a los años 1996, 1997 y 1998 se fija en 15.000 pesetas cada anualidad.

Artículo 2º

1. El precio de los anuncios en el Diario Oficial de Galicia se fija para cada línea en columna de 18 cíceros (54 espacios) en:

a) Procedimiento ordinario: 555 pesetas.

b) Procedimiento urgente: 1.110 pesetas.

2. Los precios establecidos en el artículo anterior y en este se entenderán, en su caso, con IVA incluido.

Disposición transitoria

Los suscriptores que se abonen al Diario Oficial de Galicia por internet, antes de éste esté disponible, podrán recibir el Diario Oficial de Galicia en papel hasta ese momento, si así lo desean, sin que eso suponga incremento económico de cualquier tipo en el precio

de suscripción. En cuanto esté disponible, los suscriptores podrán acceder al Diario Oficial de Galicia desde el 1º de enero de 1999.

Disposiciones finales

Primera.-Los precios establecidos en el presente decreto entrarán en vigor el día 1 de enero de 1999.

Segunda.-Se faculta al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de este decreto.

Santiago de Compostela, veintisiete de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Dositeo Rodríguez Rodríguez

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública