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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Viernes, 27 de noviembre de 1998 Pág. 12.789

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 1998, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de incoación de los expedientes sancionadores en materia de pesca fluvial P-148/98 y P-207/98, devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las admi

nistraciones públicas y del procedimiento administrativo común y en el Decreto 482/1997, de 30 de diciembre (DOG 8-1-1998), por lo que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan, que con esta fecha he resuelto publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia (DOG nº 151, del 5 de agosto de 1992), por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.

Se nombra instructora de este procedimiento a Paloma Quiroga López, y secretario a José Antonio Garcia Blanco, funcionarios de esta delegación provincial, pudiendo ser recusados en cualquier momento de la tramitación del expediente de concurrir los supuestos legales.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince días (15), contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para aportar, por escrito, cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas consideren convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuarse alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose a estos efectos el importe de la sanción.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en esta delegación provincial de Lugo, sita en Ronda de la Muralla, nº 70-1ª planta.

Lo que se comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobada por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto de 1993).

Lugo, 6 de noviembre de 1998.

Luis González Vázquez

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

Expediente nº: P-148/98.

Denunciado: Juan José Hortas D.Almeida. (DNI 33.836.038).

Último domicilio conocido: Rosalía de Castro s/n, Castroverde-Lugo.

Hechos imputados: no respetar las limitaciones de tamaño fijadas por la Consellería de Medio Ambiente al haber capturado tres truchas de tamaño inferior al reglamentario (14,5; 15 y 16,5), el día 9-5-1998, en el río Rodil, coto de Ribeira de Piquín.

Precepto sancionador: 33.9º de la Ley de pesca 7/1992.

Calificación infracción: leve.

Sanción: 10.000 pesetas de multa y 5.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas.

Expediente nº: P-207/98.

Denunciado: Antur Evangelista Rodríguez. (DNI OR.007.272).

Último domicilio conocido: Monte Penamá-Ourense.

Hechos imputados: practicar el deporte de la pesca con caña sin estar en posesión de la preceptiva licencia de pesca. Hechos constatados el día 28-6-1998, en el río Miño, margen derecho, presa de Belesar-Chantada.

Precepto sancionador: 34.1º de la Ley de pesca 7/1992.

Sanción: 50.001 pesetas de multa.

Inhabilitación para obtener la licencia de pesca por un año.