En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y para los efectos previstos en el mismo, se hace público que, en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados acta de constitución y estatutos de la Asociación de Músicos Profesionales de Galicia, que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la mencionada asociación toda persona dedicada especialmente a la actividad musical y que sea conocida públicamente como profesional, así como los músicos titulados en cualquier conservatorio oficial de música o centro reconocido, nacional o extranjero.
Firman el acta de constitución: Amador García Silva y seis personas más.
Santiago de Compostela, 20 de octubre de 1998.
María José Cimadevila Cea
Directora general de Relaciones Laborales