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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Martes, 24 de noviembre de 1998 Pág. 12.608

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 1998 por la que se convocan 14 becas de colaboración para la realización de tareas de análisis e investigación relacionadas con la reforma administrativa en el año 1999.

El artículo 3.1º g) de la Ley 10/1989, de 10 de julio, de modificación de la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, prevé entre los fines de la escuela «la investigación, la documentación, el estudio y la realización de trabajos de divulgación en el campo de la Administración pública, promoviendo su máxima difusión».

De conformidad con la referida disposición, se convocan 14 becas de colaboración en tareas de análisis e investigación relacionadas con la reforma administrativa, según las siguientes bases:

Primera.-Objeto.

La Escuela Gallega de Administración Pública convoca catorce becas de colaboración en tareas de análisis e investigación relacionadas con la reforma administrativa.

Segunda.-Duración y dotación económica.

Las tareas relativas a estas becas se iniciarán en el mes de enero de 1999 y terminarán el 31 de diciembre de 1999. Podrán ser prorrogadas, en función del aprovechamiento del adjudicatario, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.

La dotación económica de cada beca será de 150.000 pesetas mensuales.

El importe citado será pagado por la Escuela Gallega de Administración Pública, previa certificación emitida por el director general de la Inspección General

de Servicios de la Xunta de Galicia acreditativa de las tareas ejecutadas.

Tercera.-Naturaleza jurídica de la relación.

La condición de becario no generará una relación laboral o administrativa con la Xunta de Galicia ni su inclusión en la Seguridad Social.

Cuarta.-Requisitos de los participantes.

Podrán optar a las becas las personas que reúnan el siguiente requisito:

a) Haberse licenciado en los últimos cinco años en derecho, en administración y ciencias empresariales, en ciencas políticas y de la administración, o ingeniero en informática o en organización industrial.

Quinta.-Solicitudes.

Las personas interesadas presentarán en el registro de la Escuela Gallega de Administración Pública, dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación de esta convocatoria, la siguiente documentación:

a) Una instancia de admisión para participar en las pruebas de selección, según el modelo anexo.

b) Currículum vitae y certificación académica en la que se detallen las calificaciones obtenidas.

c) Documentos que acrediten la formación y/o conocimiento en lengua gallega.

d) Memoria descriptiva, en cinco folios como mínimo y diez como máximo, sobre las tendencias o procesos actuales de reforma o modernización de las administraciones públicas.

Sexta.-Tribunal.

Presidente: el director general de la Inspección General de Servicios.

Vocales: el secretario de la Escuela Gallega de Administración Pública. Un profesor de los cursos para la obtención del diploma de Inspección de Servicios de la Xunta de Galicia.

Secretario: un inspector o subinspector de servicios.

Séptima.-Criterios para la selección de los becarios.

La selección se llevará a cabo mediante la valoración de los méritos acreditados conforme al siguiente baremo:

e) Expediente académico: hasta cuatro puntos.

f) Currículum vitae: hasta dos puntos.

g) Conocimientos de lengua gallega: hasta dos puntos.

h) Memoria descriptiva: hasta cinco puntos.

El tribunal podrá llevar a cabo una entrevista con los aspirantes preseleccionados por haber acreditado más de siete puntos en el anterior baremo, que versará sobre sus méritos curriculares y la memoria con una

duración máxima de quince minutos. En función del contenido de la entrevista, el tribunal podrá aumentar la puntuación inicial asignada en un máximo del 25 por ciento de la que les correspondiese por aplicación del baremo.

Finalmente el tribunal hará pública la relación de candidatos por orden de puntuación.

Octava.-Régimen de colaboración.

Los aspirantes seleccionados se incorporarán, previa aceptación de la beca, en el plazo de tres días naturales siguientes a la notificación del otorgamiento.

En caso de que un adjudicatario, por cualquier motivo, no pueda prestar su colaboración, será sustituido por el candidato siguiente por orden de puntuación.

Los becarios prestarán su colaboración bajo las indicaciones del inspector o subinspector de servicios del equipo en el que se integren, con el mismo horario de trabajo que el equipo de inspección correspondiente y con los desplazamientos a las unidades administrativas y centros asignados a él.

Los gastos ocasionados con motivo de estos desplazamientos serán pagados por la Escuela Gallega de Administración Pública, previa certificación emitida por el director general de la Inspección General de Servicios de la Xunta de Galicia acreditativa de los gastos producidos, sin que éstos puedan superar la cuantía establecida para el grupo II del Decreto 299/1990, de 24 de marzo, sobre las indemnizaciones por razón de servicio al personal con destino en la Administración autonómica.

Los becarios presentarán, al término de las becas, un trabajo sobre las técnicas de reforma administrativa que quedarán en propiedad de la Xunta de Galicia.

Novena.-Anulación de la beca.

En caso de incumplimiento de las tareas de colaboración, la escuela podrá, a propuesta del director general de la Inspección General de Servicios y después de escuchar a la persona afectada, anular la beca.

La solicitud de las becas implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases.

Décima.-Tramitación anticipada.

Al amparo de lo dispuesto en la Orden de 11 de febrero de 1998, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes, las obligaciones derivadas de esta convocatoria estarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 1999.

Santiago de Compostela, 9 de noviembre de 1998.

Domingo Bello Janeiro

Director de la Escuela Gallega de Administración

Pública