De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica al denunciado con los datos personales y última dirección conocida señalados, la resolución del expediente sancionador por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria de Lugo, contra la que podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de esta publicación.
En caso de conformidad con esta resolución, el pago de la sanción se deberá hacer efectivo en el plazo de quince (15) días mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de Hacienda gallega; cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones: número 311-152-115/8, Caixa Galicia, oficina principal de Lugo.
ANEXO
Expediente: LU-188/1998.
Denunciado: Vicente Franco Novoa.
DNI: 76690073.
Última dirección conocida: Avda. Fragosa-Vigo-Pontevedra.
Hecho denunciado: encontrarse el día 5 de abril de 1998 en el mercado ganadero de Pedrafita do Cebreiro, efectuando operaciones de compra-venta de ganado
bovino, y tener el carné de tratante nº TR-PO-270/95 sin el refrendo correspondiente al año 1998.
Tipificación de la infracción.
Precepto infringido: artículos 65, 195 y 196 del Reglamento de epizootias y 7º de la orden de 28 de marzo de 1972, de normas sobre la cartilla ganadera.
Precepto sancionador: artículo 213.
Sanción impuesta: 2.500 pesetas.
Lugo, 26 de octubre de 1998.
José Ramón Molinero Senovilla
Delegado provincial de Lugo