De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se menciona la resolución dictada en el expediente por infracción al Reglamento de epizootias, Decreto de 4-2-1955.
A los efectos previstos en el artículo 21 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por lo que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el denunciado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política
Agroalimentaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
ANEXO
Expediente: AG-SA-28/98-PO.
Denunciado: Manuel Rey Canicouba.
Última dirección conocida: Torre Guimarei-A Estrada.
Hecho denunciado: falta de limpieza y desinfección del vehículo.
Vehículo: C-4728-K utilizado el día 19-2-1998 en el transporte de animales vivos.
Preceptos infringidos: incumplimiento de los artículos 52 y 44 del Reglamento de epizootias, Decreto 4-2-1955, sancionado por el artículo 224 del mismo texto legal.
Sanción: 25.000 ptas.
Pontevedra, 9 de octubre de 1998.
José Manuel Gabeiras Vérez
Delegado provincial de Pontevedra