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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Jueves, 19 de noviembre de 1998 Pág. 12.430

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 1998, de la Secretaría General de la Consellería de Medio Ambiente, por la que se acuerda, hacer pública la adaptación del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia.

El Consello de la Xunta de Galicia aprobó en fecha 24 de septiembre de 1998 la adaptación del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia conforme a lo dispuesto en el artículo 20.4º de la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia (DOG nº 168, del 2 de septiembre de 1997).

El artículo 20, apartado 5º de la citada Ley 10/1997 establece que una vez aprobado el plan, la consellería competente en materia de residuos lo hará público y procederá a su difusión para garantizar su conocimiento a los ciudadanos y a los administraciones implicadas.

En consecuencia, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 482/1997, de 26 de diciembre, que establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente y por la Orden de 12 de enero de 1998 del conselleiro de Medio Ambiente sobre delegación de competencias en el secretario general de la consellería

RESUELVO:

Hacer pública la adaptación del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia con objeto de garantizar su conocimiento a los ciudadanos y por las administraciones implicadas.

Santiago de Compostela, 28 de octubre de 1998.

José Luis Aboal García-Tuñón

Secretario general de la Consellería de Medio Ambiente

Adaptación del Plan de Gestión de Residuos Sólidos

Urbanos de Galicia

1. Antecedentes.

Con fecha 16 de enero de 1992 el Consello de la Xunta de Galicia aprobó el proyecto de gestión de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) de Galicia, elaborado por la Consellería de Ordenación del Territorio y Obras Públicas, en el que se analizaba la problemática de los RSU en nuestra comunidad y se diseñaba un plan para resolverla.

En el tiempo transcurrido desde entonces han aparecido nuevos criterios en la gestión de los residuos, derivados fundamentalmente de las recientes directivas de la Unión Europea, que hicieron necesario proceder a una revisión del proyecto de 1992 y establecer un Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos en el que se recogieran, adaptándolos a la realidad de Galicia, los puntos fundamentales de estas directivas, poniendo esencial hincapié en lo que se refiere a extremar las precauciones en la protección del medio ambiente y a aprovechar los recursos contenidos en los residuos. Este nuevo plan fue informado favora

blemente por el Consello Galego do Medio Ambiente en mayo de 1997. La publicación de la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia y la normativa estatal sobre envases y residuos de envases han hecho necesario la actualización del mismo, que es lo que se refleja en este documento.

En todo caso, hay que establecer como punto de partida que, en un campo tan complejo y tan sujeto a la innovación técnica como éste, ningún plan puede elaborarse con criterios inamovibles, ya que su propia esencia lleva implícita el que resulte necesaria su adaptación periódica tanto a las nuevas normas legales, como a la problemática que su misma aplicación genera.

Por otra parte, la solución de los graves problemas que supone la inadecuada gestión de los RSU en Galicia solo se alcanzará a través de un amplio consenso social que, partiendo de una información suficiente, implique a todos los colectivos afectados en la búsqueda de las mejores soluciones.

Así pues, de sus funciones como instrumento de planificación y como expresión de los criterios dados por las instituciones del Gobierno de Galicia en este campo, el Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos pretende ser el marco a través del cual confluyan armoniosamente todas las administraciones implicadas y todas las fuerzas sociales, todos los gallegos en suma, con el fin de alcanzar una solución adecuada al problema de los RSU en nuestra comunidad.

2. Marco legal.

El Plan de Gestión de RSU de Galicia se sustenta en la siguiente legislación básica:

* Ley reguladora de las bases de régimen local 7/1985, que establece con respecto a los RSU unos servicios mínimos que deben ser prestados por las autoridades locales:

-En todos los municipios: recogida de RSU, limpieza viaria y autorización de vertidos.

-En municipios mayores de 5.000 habitantes: tratamiento de RSU.

* Quinto Programa de Acción Medioambiental de la Unión Europea, donde se establece el siguiente orden de prioridad en materia de gestión de residuos: prevención, reutilización, reciclaje, valorización energética y vertido controlado.

* Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases, donde quedan fijados los principios de actuación de las administraciones públicas para fomentar la prevención y reutilización de los residuos de envases y los procedimientos para alcanzar los objetivos de reciclado y valorización previstos en la correspondiente directiva europea. Para alcanzar los objetivos fijados se establece un plazo hasta el 30 de junio del año 2001 para todo el territorio nacional. Asimismo, se establecen objetivos intermedios a alcanzar antes del 25 de abril del año 2000.

* Ley 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia.

* Ley 5/1997, de Administración local de Galicia.

* Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, que regula el régimen jurídico general y la gestión de los RSU en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, y contempla la redacción del presente plan.

* Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos, que regula el régimen legal de los residuos.

* Real decreto 772/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases.

3. Características geográficas.

3.1. Geografía humana.

Galicia tiene 2.743.999 habitantes, lo que representa un 6,9% de la población total española; por provincias, la población se distribuye de la siguiente manera: A Coruña (1.110.302 hab.), Lugo (371.684 hab.), Ourense (346.909 hab.) y Pontevedra (915.104 hab). La organización territorial de Galicia se estructura en 315 municipios.

La densidad de población gallega es de 92,8 habitantes/km, concentrándose principalmente en la costa, especialmente a lo largo del eje A Coruña-Santiago de Compostela-Vigo.

Galicia presenta un modelo de asentamiento humano similar al de otras regiones atlánticas de Europa occidental, caracterizado por su elevada densidad y atomización. El entramado de estos sistemas de asentamiento está formado por una serie de elementos simples: aldeas, parroquias, pueblos, villas y ciudades, que forman uno de los espacios más densamente urbanizados de la población diseminada de Europa. Es significativo que de las 63.613 entidades singulares de población existentes en España, 29.179 se concentren en Galicia. Es decir, en el 5,9% del territorio español se ubica el 50% de dichas entidades, lo que arroja una densidad de 1,5 núcleos por Km.

La distribución de las entidades de población gallegas en función del nº de habitantes es la siguiente:

3.2. Climatología y orografía.

Galicia tiene un clima oceánico, y por lo tanto húmedo, aunque por su latitud meridional es más bien cálido. Tiene un alto nivel de precipitaciones alternado con períodos de sol que contribuyen a dibujar sus verdes paisajes con abundantes bosques y ríos; como todos los de tipo oceánico, es extremadamente variable debido a la situación geográfica de Galicia entre el Océano Atlántico y la Meseta que, unida a su morfología, da como resultado una gran diversidad climática.

En cuanto a las temperaturas se observa, de manera generalizada, un aumento de las temperaturas medias a medida que avanzamos hacia el S y el SE al contrario que las temperaturas, las precipitaciones descienden desde el NO en dirección SE y aumentan en dirección N-S por la costa.

En su orografía se combinan viejas montañas y numerosos valles, con mucha vegetación, que nutren su fuerte agricultura. Los residuos forestales de los bosques gallegos, combinados con una elevada pluviosidad favorecen un suelo rico en componentes orgánicos y de gran fertilidad.

4. Principios generales del plan.

El Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia está sustentado por unos principios básicos que constituyen el marco referencia obligado de referencia para todas las actuaciones en esta materia que se vayan a llevar a cabo en la comunidad.

En primer lugar, hay que señalar que este plan se fundamenta en un enfoque integral de la gestión de los residuos sólidos urbanos.

Bajo este enfoque el plan se asienta en los siguientes principios generales:

-Integración.

-Eficacia.

-Eficiencia.

-Corresponsabilidad y coordinación de actuaciones.

Todos estos principios se orientan a la consecución de los siguientes fines primordiales:

-Protección de la salud y mejora de la calidad de la vida de las personas.

-Protección y mejora del medio ambiente.

Para ello se pretende dotar a los gestores de RSU de las herramientas de intervención y control necesarios para garantizar una adecuada gestión; tales como:

1. Utilización de la comarca como unidad geográfica básica, en la medida de lo posible, en la constitución de las unidades territoriales de gestión (UTG) del plan. Estas uniades territoriales de gestión se definirán en función de la estructura comarcal de Galicia y de un nivel mínimo de producción de RSU, permitiendo una racionalización de la gestión que cada ayuntamiento decida dar a sus RSU, optimizando la localización de todos aquellos elementos del plan y

permitiendo una distribución eficiente de los recursos destinados al desarrollo del mismo.

2. Respecto del paisaje y de los espacios naturales con especial atención a los protegidos.

3. Promoción del desarrollo de tecnologías con menor consumo de materiales.

4. Fomento de uso y costumbres en la población tendentes a disminuir la generación de residuos.

5. Desarrollo adecuado de los procesos de valoración de los residuos mejor adaptados a la situación de la Comunidad Autónoma.

6. Fomento del control sobre el depósito de los residuos.

7. Promoción de los medios necesarios para implicar a los ciudadanos en los procesos de gestión de residuos, así como consecución de una actitud de colaboración por parte de los mismos.

Por tanto, se debe profundizar en un método que de forma integral, y agrupando los distintos tipos de tratamiento de RSU, pueda dar una solución total al problema.

Según la experiencia y estudios realizados en todo el mundo, dicha solución consiste en aplicar lo que se conoce como un sistema integral de gestión de RSU.

Ese sistema integral de gestión permite avanzar en aspectos fundamentales para la mejora de las condiciones de tratamiento de los RSU, logrando una reducción de los residuos producidos, un aumento de la reutilización, del reciclaje y un tratamiento adecuado para lo no reciclable.

Fundamentalmente la vía hacia el crecimiento del reciclaje debe consistir en la separación en origen de residuos limpios y en la recogida de dichos residuos en contenedores separados.

Para ello, la labor del ciudadano es indispensable en esta primera fase ya que las condiciones necesarias para los sistemas de seleccion en origen son: primero, la voluntad de hacerlo así por parte de los productores de residuos y segundo, el desarrollo e introducción de técnicas y soluciones económicamente viables y ecológicamente para el almacenamiento, recogida, transporte y tratamiento de las fracciones separadas de residuos.

El reciclado exige una separación clara de los distintos materiales presentes en los residuos, pero si éstos han sido previamente introducidos en una única bolsa de basura, las posibilidades técnicas de separar los materiales (cribado, imanes, ...) para luego reaprovecharlos son reducidas, ya que debe recurrirse necesariamente a un trabajo de tipo manual, costoso y limitado.

Por tanto, el éxito de esta fase del sistema integral de gestion depende, en gran medida, de la colaboración del ciudadano.

En Galicia, conscientes de que la recogida y eliminación de los RSU es un tema que debe ser abordado

con absoluta prioridad, al afectar no sólo a los granes núcleos de población, sino a todas las ciudades, parroquias y aldeas de nuestra comunidad, la Xunta de Galicia se suma a los sistemas en vigor en la mayoría de los países desarrollados y pone en funcionamiento un sistema integral de gestión de RSU, denominado Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia.

5. Objetivos del plan.

El objetivo general del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia es:

Conseguir que la gestón adecuada de los RSU mejore la calidad de vida de los ciudadanos de Galicia.

En aplicación de los principios generales anteriormente expresados y del objetico general de los objeticos instrumentales del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia son:

1. Instaurar un sistema integrado de gestión de RSU.

2. Fomentar la prevención de la producción de RSU.

3. Promover la reducción en origen de los RSU.

4. Fomentar la reutilización y el reciclado, promoviendo la recogida selectiva en toda la Comunidad.

5. Limitar el vertido controlado a aquéllos no susceptibles de valoración.

6. Recuperar los espacios degradados por vertederos incontrolados.

7. Fomentar propuestas e iniciativas de gestion de los residuos, tanto públicas como privadas, que permitan mejorar la intervención en algunas de las etapas del ciclo.

8. Planificar y dotar suficientemente la infraestructura necesaria para desarrollar el modelo de gestión propuesto.

9. Desarrollar el marco jurídico en la Comunidad Autónoma de manera que se garantice el respaldo legal necesario al propio plan.

10. Configurar la organización administrativa de forma que la aplicación del plan se realice de la manera más eficaz posible.

11. Establecer las acciones de información, educación y participación oportunas para fomentar las prácticas y comportamientos compatibles con el plan y beneficiosos con el medio.

6. Estado actual de la gestión de los RSU en Galicia.

La situación actual de la gestión de los RSU en Galicia es la siguiente:

-La cobertura del servicio es precaria en la mayoría de los municipios rurales y en las áreas rurales de los municipios urbanos.

-Aunque la Xunta de Galicia ha venido realizando durante estos últimos años un importante esfuerzo en la dotación de contenedores y camiones compactadores a los municipios, todavía se presenta una parte de los residuos en recipientes abiertos y bolsas de

plástico o se transporta en vehículos no específicos para este cometido.

-La recogida en lugares con afluencia estacional de productores de residuos (campings, playas y áreas turísticas en general, ferias y mercados, fiestas, romerías y acontecimientos deportivos) no está debidamente organizada en la mayoría de los casos.

-No existe más sistema de eliminación que el vertedero. Con excepción del de Santiago de Compostela y el depósito temporal de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente tenga en el ayuntamiento de Cerceda, el resto de los vertederos municipales carece de procedimientos adecuados de gestión. La mayoría de ellos no tienen cerramiento nin sistemas de control de accesos, no cubren ni compactan los vertidos, no tienen sistemas de drenaje, no tratan los lixiviados, ni tienen sistemas de recogida de gases. La principal precaucación adoptada es la de alejarlos, en la medida de lo posible, de los núcleos de población.

-No suelen existir ordenanzas municipales sobre recogida y eliminación de RSU. En los casos que existen, se reducen a ordenanzas fiscales, con unas tasas muy bajas que gravan fuertemente a las haciendas locales, al no repercutirse sobre los usuarios el coste total del servicio.

-El balance económico de gestión suele ser deficitario en la mayoría de los municipios. Los costes son elevados en relación con la baja calidad y la escasa cobertura del servicio y en muchas ocasiones, no se repercuten a los productores de los residuos.

-Se da una dispersión de la población y como consecuencia de ello una mayor difucultad a la hora de diseño de la recogida de los RSU.

-Existen Problema dificultades para encontrar ubicaciones adecuadas para nuevas instalaciones de este tipo.

-Se genera un elevado caudal de lixiviados debido al alto índice de pluviometría.

-Existen 201 vertederos, a los que los ayuntamientos envían actualmente sus residuos, que se reparten por el territorio de la Comunidad Autónoma. Además hay 292 puntos del vertido, entre los que se encuentran parte de los anteriores vertederos, que están catalogados con contaminación industrial.

ProvinciaAyuntamientos que envían susVertederos

residuos a vertederos

A Coruña6264

Lugo8357

Ourense2526

Pontevedra4954

Total219201

Fuente: estimación propia

La situación recogida en los primeros puntos del apartado anterior se traduce en un grave deterioro del medio ambiente gallego.

Este grave deterioro es aun más importante, al estar afectado a los mayores componentes del patrimonio de Galicia, como son el paisaje y la naturaleza.

Tanto los vertederos municipales como otros vetederos, controlados ó incontrolados, alteran un procentaje muy considerable de nuestro entorno más inmediato y desvirtúan la armonía visual de nuestra naturaleza. La situación de permanente ignición de los mismos produce emisiones no deseadas y es el origen de numerosos incendios.

Parece, pues, necesario concienciar al pueblo gallego de que la situación acutal no es sostenible, que las consecuencias de una incorrecta gestión van a afectar por un largo plazo nuestro medio ambiente y que es urgente poner los remedios para comenzar a invertir esta situación.

A ello es a lo que aspira fundamentalmente el Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia, estableciendo las medidas necesarias para solucionar la situacion planteada, teniendo en cuenta el nuevo margo legislativo que se está desarrollando en la actualidad.

En los siguientes apartados se irán detallando los pasos que se proponen para conseguirlo.

6.1. Producción de RSU.

El crecimiento constante en la producción de RSU en Galicia es debido fundamentalmente al aumento del nivel de vida y a la variación en los hábitos de consumo.

La acusada dispersión de la población gallega, junto con la inexistencia de una recogida sistemática que abarque todo el territorio y la carencia, en general de controles periódicos de pesaje de los RSU recogidos, dificultan una exacta evaluación de los residuos generados y tratados en Galicia.

En 1996 la Xuna de Galicia llevó a cabo una encuesta para la obtención de datos de generación RSU en cada municipio. Según este estudio, la distribución de RSU por provincias quedaría reflejada así:

ProvinciaTon/díaTon/año

A Coruña915,36334.108,61

Lugo280,07102.227,29

Ourense307,56112.259,46

Pontevedra716,92261.679,24

Total2.219,91810.274,60

Fuente: estimación propia

Los datos de producción expresados están calculados sobre la base de una recogida diaria durante 300 días al año, que es la hipótesis que mejor se adapta globlalmente a los diversos sistemas existentes en nuestra comunidad.

Estos datos suponen, por tanto, un total de 800.000 toneladas anuales de RSU en números redondos, que para una población de 2.800.000 habitantes, representa 0,28 toneladas/hab.año y, aproximadamente, 0,9 kg/hab.día de media.

Los estudios estadísticos de las fluctuaciones de los factores de tipo social que afectan a la generación de RSU como son el crecimiento de la población, el incremento del nivel de vida, y los actuales y futuros planes de desarrollo de la comunidad, con la adopción de modos de vida urbano, hacen prever un progresivo incremento del índice de generación de residuos. Frente a esto las campañas de concienciación del ciudadano y lo cumplimentado de la normativa sobre la reducción en origen, pueden disminuir su generación, por lo que se puede cifrar el incremento entre el 1% y el 2% anual.

En lo sucesivo, adoptaremos esta cifra de 800.000 toneladas como la de los residuos generados en 1998, no sólo porque resulta razonablemente exacta, sino también porque faciita, con la simplicidad de las cifras redondas, la divulgación entre los ciudadanos del primer dato de un problema que es necesario resolver con la colaboración de todos.

6.2. Composición de los RSU.

Tan importante como el volumen total de los RSU producidos es la composición media de los mismos, sobre todo en relación a la valorización y reciclaje de la mayor parte posible de los mismos.

La dispersión de la población, sus diferentes sistemas de vida y la heterogeneidad de los procedimientos de recogida hacen que los datos expresados tengan un valor indicativo, pero resultan indispensables para orientar aspectos tan fundamentales en todo plan de gestión como son:

-La recogida selectiva.

-La reducción de la producción.

-Los límites reales de la valorización y el reciclaje.

La clasificación de los residuos producidos en Galicia definida de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, así como el artículo 3 b) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos, se incluye en el anexo IV.

Los RSU están compuestos fundamentalmente por residuos de comida, papel, cartón y plásticos de todo tipo, textiles, goma, cuero, madera, residuos de jardín, vidrio, cerámica, latas, aluminio, metales férreos, productos cosméticos y de limpieza, polvo y desechos de las tareas del hogar y otros en menor cuantía.

El papel encontrado en los RSU está compuesto de periódicos, libros y revistas, impresos comerciales, papel de oficina, cartón, embalajes, otros, como pañuelos y toallas de este material, etc..., pudiendo seguir el listado hasta 40 clasificaciones.

En cuanto a los materiales plásticos encontrados en los RSU se sitúan dentro de las siguientes cate

gorías: polietileno tereftalato (PET), utilizado para botellas de refrescos carbónicos o recipientes para comidas; polietileno alta densidad (PE-HD), botellas de leche, de detergente o bolsas laminadas; policloruro de vinilo (PVC), recipientes domésticos y tuberías; polietileno baja densidad (PE-LD), envases de películas y envoltorios: polipropileno (PP), cajas para botellas, maletas, etiquetas; poliestireno (PS), vasos y platos; otros materiales plásticos laminados.

Los factores principales de los que depende la variabilidad de la composición de los residuos son:

-Población: en general la producción de RSU es mayor en zonas urbanas con nivel de vida alto. Igualmente el nivel de vida hace que se incremente la proporción de determinados componentes (vidrio, plástico, papel) y que disminuyan otros (materia orgánica). Para el presente plan estableceremos los siguientes ratios de generación de RSU para los distintos niveles de población:

Ratios de producción de RSU

Municipios con P.F. total en núcleos >50.000 Hab.:1,1 kg/hab.día.

Municipios con P.F. total en núcleos >10.000 <50.000 Hab.:0,8 kg/hab.día.

Municipios con P.F. total en núcleos <10.000 Hab.:0,7 kg/hab.día.

Población dispersa:0,5 kg/hab.día.

Fuente: estimación propia.

-Estacionalidad: representada por una cierta variación en los hábitos de consumo y sobre todo, por desplazamientos de la población.

-Clima: factor que condiciona tanto los hábitos de consumo, como la propia composición de los residuos por efecto de las variaciones en pluviosidad y temperatura.

No obstante, los RSU, aunque tienen una variación de composición en función de los factores indicados, constituyen un material relativamente uniforme y relativamente bien conocido para cuyo tratamiento se han podido definir unas técnicas que consideran el residuo como una suma de componentes susceptibles de aprovechamiento.

Se recoge a continuación un cuadro referente a la composición media de los RSU en Galicia.

7. Entidades gestoras de RSU en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Las operaciones del proceso de gestión de los RSU que recoge el presente Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia podrán ser llevadas a cabo por las siguientes entidades gestoras:

-Directamente por la Xunta de Galicia, a través de la consellería competente.

-Directamente por los ayuntamientos o mancomunidades.

-Consorcios constituidos entre ayuntamientos o entre la Xunta de Galicia y las administraciones locales.

-La Sociedad Gallega del Medio Ambiente.

-Los ayuntamientos, en las fases de gestión que les están atribuidas por precepto legal, o por las diputaciones en caso de subrogación de los mismos.

-Otras entidades previstas por la normativa vigente.

8. Función de las entidades gestoras dentro del plan.

8.1. Función de los ayuntamientos y mancomunidades en el Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia.

1. Los ayuntamientos, por si mismos o asociados, de acuerdo con lo señalado en los artículos 25 y 26 de la Ley de bases de régimen local, o en su caso, por el artículo 20 de la Ley 10/1998, de residuos, y por ser más estricto por lo considerado en el artículo 26 de la Ley 10/1997, tendrán a su cargo las fases iniciales del proceso de gestión de los RSU, ostentando por tanto la condición de primer gestor y realizando operaciones de recogida, transporte y valorización de los residuos.

2. Cada ayuntamiento establecerá, de acuerdo con el Plan de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia, un Plan Municipal de recogida de RSU en el que, tras analizar el volumen y la naturaleza de los residuos producidos, se fijarán los circuitos de recogida, los lugares de ubicación de los contenedores, los equipos e instalaciones necesarias y el resto de los datos relativos a la adecuada organización del servicio.

Cualquier sistema de tratamiento de residuos urbanos y asimilables, reciclaje, valoración y eliminación de residuos que no estén en funcionamiento en el momento de la aprobación por el Consello de la Xunta de Galicia de este plan, o modificación de uno previamente existente, y que un municipio desee poner en marcha para su autorización (de acuerdo con la normativa vigente), deberá seguir los trámites indicados en el capítulo 9, plan de actuaciones.

3. El plan municipal implantará la recogida selectiva como fase fundamental para la valorización de los residuos, actuando en función de las características de éstos y de sus posibilidades de reutilización o reciclaje. Para la eliminación de los residuos que no admitan ningún tipo de proceso de reciclaje o reutilización, deberán seguir el siguiente orden de prioridad: valorización energética, otras valorizaciones, incineración sin recuperación de energía, vertido controlado.

4. Corresponderá asimismo a los ayuntamientos que elijan gestionar sus residuos a través del sistema definido en la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, a través de la empresa pública Sociedad Gallega del Medio Ambiente S.A., el transporte de los residuos hasta las estaciones de transferencia, a partir de las cuales será la Sociedad Gallega del Medio Ambiente, S.A. la encargada de continuar con las operaciones del proceso de gestión.

5. Los servicios de recogida, transporte y valorización podrán efectuarse a través de cualquiera de las formas de prestación previstas en la legislación de régimen local.

6. Los ayuntamientos adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar que en las operaciones de gestión que tengan encomendadas se cumplan todos y cada uno de los objetivos señalados en el apartado 5 del presente plan.

8.2. Función de las diputaciones en el Plan de Gestión de RSU.

1. Las diputaciones provinciales fomentarán la creación de consorcios con los ayuntamientos para la más adecuada realización de las funciones que éstos tienen encomendadas en el Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos e incluirán estos servicios con carácter preferente en los planes provinciales de cooperación, a fin de que puedan serles aplicadas las correspondientes subvenciones, ayudas y asistencia técnica previstas en la legislación estatal, al igual que los créditos que otorgan las instituciones oficiales de préstamos para estos fines.

2. Las diputaciones provinciales apoyarán a los municipios en el establecimiento y adecuada prestación de los servicios de recogida y transporte de los residuos en los términos establecidos en la Ley de RSU 10/1997 y demás normativas de aplicación. A estos efectos fomentarán la constitución de mancomunidades de municipios orientadas a estos fines en aquellas zonas en que resulte necesario para el desarrollo del plan de gestión.

8.3. Función de los consorcios en el Plan de Gestión de RSU.

1. Los consorcios para la gestión de los residuos sólidos urbanos serán entes de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, y sus acuerdos obligarán a todos los miembros integrados en los mismos.

2. Será función primordial de los consorcios la realización de las funciones de gestión de los RSU que el presente plan encomienda a los ayuntamientos y, subsidiariamente, a las diputaciones provinciales.

3. Cada consorcio contará con un consejo de dirección en el que se integrarán, en la proporción que se fije en los estatutos, representantes de la Xunta de Galicia, de la diputación, de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente y de los ayuntamientos.

8.4. Función de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente en el Plan de Gestión de RSU.

1. Corresponderá a la Sociedad Gallega del Medio Ambiente la gestión de los residuos sólidos urbanos

de aquellos ayuntamientos que hayan decidido integrarse en la opción presentada por esta empresa para la gestión de sus RSU, a partir del momento en que son depositados en las estaciones de transferencia o plantas de selección previstas en el plan de gestión, con las consiguientes operaciones de transporte, almacenamiento, valorización, tratamiento, comercialización y disposición de posición de los residuos.

2. La gestión de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente, S.A. se realizará de forma que se garantice el cumplimiento de todos los objetivos recogidos en el apartado correspondiente de este plan, para lo cual deberá concertar sus acciones con las del gestor o gestores que intervengan en las fases iniciales del proceso.

8.5. Funciones de los sistemas integrados de gestión.

Conforme a las disposiciones de la Ley de envases y residuos de envases, la Xunta de Galicia autorizará, a través del órgano competente, a los sistemas integrados de gestión que se constituyan en virtud de acuerdos firmados entre los diferentes agentes económicos, que aseguren la recogida periódica de envases y residuos de envases.

Los integrantes de los sistemas integrados de gestión colocarán en sus productos un símbolo acreditativo.

En los sistemas integrados de gestión los agentes económicos responsables de la puesta en el mercado de los envases deberán financiar a las administraciones locales el sobrecoste de la recogida y tratamiento específicos de los envases. Dicha financiación se hará a través del acuerdo marco suscrito entre la Xunta de Galicia y los sistemas integrados de gestión, siendo la Xunta de Galicia la que reciba los fondos para su gestión, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9, apartado 2º y 3º, del Real decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases. Esta gestión será realizada por la Xunta de Galicia, a través del sistema que considera más oportuno, como un organismo público o empresa pública, o ella misma a través de la Consellería de Medio Ambiente.

Estos sistemas de gestión permitirán una mayor recuperación de materiales, que serán reutilizados y reciclados, dando lugar a la reducción del volumen final de residuos destinados a otros tipos de valorización y eliminación.

8.6. Funciones de la Xunta de Galicia.

1. Coordinación de las acciones necesarias para el logro de los objetivos de la Ley 10/1997, de residuos sólidos urbanos de Galicia.

2. Planificación de las actuaciones mediante la elaboración, tramitación y aprobación de los instrumentos previstos en este plan de gestión y en la Ley 10/1997.

3. Colaboración con las administraciones locales en todos aquellos aspectos en los que esté prevista una actuación conjunta.

4. Fomento de todas las medidas que tiendan a:

a) Reducción de la producción de residuos.

b) A realizar una adecuada valorización.

c) Depósito controlado de los mismos, en su caso.

5. Concienciación de la población de la trascendencia del plan de gestión, así como fomento de políticas de educación ambiental.

Y para todo lo anterior se crean las Unidades Territoriales de Gestión.

8.7. Funciones de las Unidades Territoriales de Gestión.

A efectos de gestión de los RSU se dividirá el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia en Unidades Territoriales de Gestión, las cuales se definirán bajo el criterio de comarcalización:

1. Respetar, en la medida de lo posibles la delimitación geográfica de las mancomunidades y los consorcios existentes o de nueva creación.

2. Reducir los costes de transporte.

3. Optimizar el tamaño del área de gestión, de forma que permita la operación adecuada de las instalaciones de transferencia y de tratamiento.

Son funciones de los responsables de las UTG:

1. Dirigir y controlar las experiencias piloto previstas en este plan.

2. Cooperar con las otras entidades recogidas en el capítulo 7, en la aplicación del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia a todo el ámbito territorial encomendado.

3. Llevar al día las estadísticas sobre la generación, tratamiento y destino de los RSU, así como de la evolución temporal de su composición.

4. Elaborar memorias anuales.

9. Plan de actuaciones.

Las actuaciones para la gestión de RSU de la Comunidad Autónoma de Galicia que se contemplan en este plan, se han desarrollado teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

-Las razones de su puesta en marcha.

-Los objetivos que se pretenden conseguir.

-Su programación en el tiempo.

-Las infraestructuras necesarias.

-Las inversiones requeridas.

La Unión Europea en el Quinto Programa de Acción Comunitaria en Medio Ambiente (resolución del Consejo de 17-5-1993, DO nº C 138) ya apuntaba en esta línea al decir que:

«El objetivo general en materia de gestión de los RSU es el logro de una explotación racional y sostenible de los recursos, a través de tres tipos básicos de actuación:

-Prevención: reducir la producción de residuos.

-Reciclaje y reutilización: del papel, vidrio, plásticos y residuos orgánicos y otros materiales susceptibles de ser tratados por compostaje.

-Eliminación: de los residuos no reciclables o reutilizables en el siguiente orden de prioridad:

-Valorización energética.

-Incineración sin recuperación de energía.

-Vertido».

Por tanto, se debe profundizar en un método que de forma integral y agrupando los distintos tipos de tratamiento de RSU pueda dar una solución total a este grave problema, es decir, un sistema integral de gestión de RSU que:

-Comprenda la totalidad del territorio de Galicia.

-Integre todas las fases de tratamiento de los RSU: reducción, reutilización, recogida selectiva y reciclaje, valoración energética, prioritariamente además de cualquier de las enumeradas en el anexo II.B de la decisión de la Comisión (96/350/CEE) de 24 de mayo, de las fracciones no reciclables, y eliminación de la fracción no reciclable y no valorizable. Finalmente con recuperación de energía contempla actuaciones específicas para la regeneración de espacios degradados que hayan sido objeto de vertidos.

-Represente una mejora medioambiental general para Galicia en temas claves como aprovechamiento de recursos, paisaje, acuíferos y contaminación atmosférica, reduciendo considerablemente los efectos negativos que sobre el medio ambiente tiene la gestión tradicional de los RSU.

La Xunta de Galicia se suma a los sistemas en vigor en la mayoría de los países desarrollados y lo propugna como tal sistema integral de gestión de RSU, a través de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente y las instalaciones que al efecto diseñe y construya, como oferta común de tratamiento para los municipios que lo deseen, aunque siempre dentro del máximo respeto a la autonomía municipal.

Por ello, los municipios que no deseen integrarse en el sistema de gestión de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente que pueden poner en marcha otros sistemas, siempre que sean compatibles con los principios establecidos en el presente Plan de Gestión de RSU de Galicia, y estén incluidos en éste o en las subsiguientes revisiones del plan.

Entre períodos de revisión del plan, aquellos municipios que deseen poner en marcha sistema de gestión de residuos o modificaciones de los existentes, que incluyan procedimientos e instalaciones de reciclaje, valorización y eliminación deberán proceder como sigue:

Redacción de un plan municipal, si no lo tuvieran ya redactado, de acuerdo con lo establecido en la Ley 10/1997, de residuos de Galicia, y en la Ley 10/1998 de residuos, así como lo recogido en este Plan de Gestión de RSU de Galicia.

Someterlo a revisión por la Xunta de Galicia, para comprobar que cumple lo que dice en el artículo 26, apartados 2º, 3º, 5º y en el artículo 31, apartados 1º, 2º de la Ley 10/1997, de residuos de Galicia.

Una vez comprobada la adecuación del plan municipal por la Xunta de Galicia y antes de la puesta en marcha de los servicios e instalaciones en el contemplados deberá acreditarse ante la Consellería de Medio Ambiente (Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental) el cumplimiento de los trámites previstos en los artículos 15 (construcción de instalaciones y gestión de residuos), artículo 25 (protección ambiental del plan) y artículo 32 (tarifas), con el fin de que antes de lo previsto en la Ley 10/1997, de residuos sólidos urbanos de Galicia y la Ley 10/1998, de residuos, opere como si dichas instalaciones estuvieran incluidas y dichos sistemas de gestión previstos en esta adaptación del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia.

9.1. Programas y actuaciones.

El Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia se define con un carácter dinámico e integral, en línea con las directrices del V Programa de Acción Comunitaria en Materia de Medio Ambiente, y con los principios y objetivos anteriormente planteados.

Además de las actuaciones genéricas, detalladas más adelante, destinadas a asegurar el cumplimiento del presente plan y su correcta aplicación; el Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia consta de los siguientes programas específicos:

-Programa de reducción de la producción de RSU.

-Programa de reutilización de los RSU.

-Programa de recogida selectiva y reciclaje de RSU.

-Programa de valorización de los RSU.

-Programa de regeneración de espacios degradados.

-Programa de gestión de pilas usadas.

Con el fin de unificar criterios, se entiende por reciclaje lo que la ley gallega define como tal, no incluyendo por tanto el compostaje, que a los efectos únicamente de este plan se considera valorización.

A continuación se exponen los contenidos, los objetivos y, por último, las actuaciones previstas en cada uno de ellos.

9.1.1. Descripción de los programas.

Programa de reducción de la producción de RSU.

La reducción de la producción en origen de los RSU presenta evidentes ventajas económicas y medioambientales.

Logrando reducir la cantidad de residuos producida se generarán importantes ahorros, entre los que destacan:

-Ahorro de materias primas, muchas de ellas no renovables o de difícil obtención.

-Ahorro de costes de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, ya que al ser menor la cantidad de residuos, será menor la necesidad de recursos materiales para su adecuado tratamiento.

-Ahorro total en el coste de gestión de los RSU, y por tanto en el canon de tratamiento, lo que repercute, fundamentalmente en una reducción de coste para el productor de los RSU.

En el presente Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia se establece que el programa de reducción implicará acciones sobre los ciudadanos en general y sobre los productores y distribuidores de bienes de consumo.

Este programa se establece para lograr una reducción en la cantidad de residuos producidos en Galicia, para lo que es fundamental difundir ente los ciudadanos y otros productores de RSU la cultura de la reducción.

Programa de reutilización de los RSU

A través de la reutilización de los materiales, logrando que puedan tener más de un ciclo de uso, se consigue que los materiales tengan una vida más larga, retrasen el momento de dejar de ser utilizados, y por tanto tarden más en convertirse en RSU.

El objetivo de que los productos sean reutilizados implica cubrir dos funciones básicas:

-Lograr que los materiales y envases sean reutilizables y existan los procedimientos adecuados para facilitar esa reutilización.

-La segunda es lograr que los propios ciudadanos colaboren reutilizando los materiales aptos para ello.

El programa de reutilización de los RSU del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia comprende, en consecuencia:

-El desarrollo normativo necesario para afianzar esa primera función.

-Las campañas de sensibilización ciudadana necesarias para la segunda función, que implica a los ciudadanos gallegos.

Este programa tiene como herramientas para su realización los planes empresariales de prevención, teniendo en cuenta, además, el articulado del capítulo IV de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases, sobre el sistema de depósito.

Programa de recogida selectiva y reciclaje de RSU

Combinando una recogida selectiva ampliamente difundida y correctamente planificada, y los adecuados sistemas de separación y tratamiento es posible alcanzar cotas de reciclaje de materiales muy altas.

El programa de recogida selectiva y reciclaje de RSU del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia establece las medidas necesarias para asegurar el máximo grado de recogida selectiva que a su vez contribuya a obtener la cota máxima de reciclaje de materiales que puedan alcanzarse a partir de los RSU de Galicia.

Para ello se procederá, en una primera fase, a la realización de una experiencia piloto cuyos resultados y conclusiones permitirán afrontar, con mejores garantías de éxito, un correcto desarrollo de la recogida selectiva en todo el territorio de Galicia.

El programa de recogida selectiva y reciclaje establecerá definitivamente, a partir de las conclusiones de esa experiencia piloto, los medios materiales necesarios para que los ayuntamientos establezcan las medidas adecuadas que aseguren la recogida selectiva de los RSU en su ámbito de actuación.

Tras esa recogida selectiva todos los ayuntamientos:

-Entregarán la fracción seca de los RSU en las instalaciones de selección o en las estaciones de transferencia.

-Entregarán el vidrio, el papel y cartón, bien directamente a los sistemas integrados de gestión de envases y residuos de envases (SIG) u otros recicladores o los depositarán en las instalaciones de selección o en las estaciones de transferencia, según se establezca en cada caso.

Programa de valorización de los RSU

Los materiales no reciclables por otros métodos pueden ser aprovechados mediante su valorización, evitando así la necesidad de su eliminación o vertido.

Para el aprovechamiento máximo de los RSU no reciclables de otro modo se procederá a su valorización, bien energética a través de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente o bien por medio de otros sistemas de valorización que puedan poner en marcha los propios municipios o mancomunidades.

Los ayuntamientos que optaran por el procedimiento común de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente, entregarán la fracción húmeda de los RSU en las estaciones de transferencia.

Los ayuntamientos que optaran por otros planes de valorización local procederán al tratamiento adecuado de esta fracción húmeda de los RSU a través de los sistemas que se instaurarán en cada caso.

a) Opción de la Sociedad Gallega del Medio Ambiente.

En concreto, en el caso del sistema común de tratamiento que ofrece la Sociedad Gallega del Medio Ambiente, se procederá a una valorización energética a realizar en la planta termoeléctrica que se instalará dentro del complejo ambiental de Cerceda.

b) Tratamientos locales de valorización.

En el caso de los tratamientos locales de valorización aplicables en el ámbito municipal o de mancomunidad, éstos podrán ser de cualquier tipo, siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y respeten las prioridades de tratamiento establecidas por la normativa comunitaria, española y gallega y del presente plan de gestión. Estos programas deberán ser capaces de mantener un coste adecuado y de garantizar el cumplimiento de los objetivos establecidos en el presente plan.

Entre los tratamientos posibles por los que algunos municipios o mancomunidades han optado está el compostaje, que es compatible con el resto de programas establecidos en el presente plan.

En los casos en que se opte por programas locales de valorización, los municipios o mancomunidades deberán instalar, de forma previa y compatible con las correspondientes plantas de valorización, las adecuadas áreas o plantas de recuperación propias, por las que deberán pasar los RSU antes de ser sometidos a procesos de valorización, y siempre que cumplan las condiciones recogidas en el capítulo 9.

Se pretende, de esta forma, que todo RSU producido en Galicia sea sometido a los mismos pasos de tratamiento (separación en origen, recuperación, valoración), independientemente de si es la Sociedad Gallega del Medio Ambiente o el propio municipio o mancomunidad el encargado de su valorización o tratamiento final.

En definitiva, todo RSU que se produzca en Galicia, una vez separado en origen por los propios ciudadanos, o en destino en las plantas de recuperación adecuadas, será sometido a un posterior reciclaje, valorización, con prioridad la energética, compatible con la actual legislación medioambiental.

Se asegura así con el presente Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos que todos los RSU producidos en Galicia se someten a todos los tratamientos adecuados para su aprovechamiento máximo, lo que permitirá alcanzar los objetivos marcados por el artículo 5 de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases.

Programa de regeneración de espacios degradados

La situación actual de la gestión de los RSU, ya descrita, supone que existan numerosos vertederos incontrolados y terrenos contaminados. Además parte de estos vertederos tienen vertidos de residuos peligrosos (RP), que no son tratados adecuadamente al no estar preparados estos vertederos para este tipo de residuos.

De acuerdo con las líneas de acción comunitaria, en especial el Quinto Programa de Acción Medioambiental de la Unión Europea, los vertederos deben ser preferentemente sustituidos por otros sistemas de gestión integrales de los RSU. En Galicia, irán desapareciendo de forma paulatina a medida que se pongan en marcha los distintos programas del presente plan; y en especial los sistemas de valorización, tanto la opción común planteada a través de la Sociedad Gallega do Medio Ambiente como otros sistemas locales de valorización.

El programa de regeneración de espacios degradados:

-Detectará, clausurará y sellará los vertederos incontrolados que existan en el territorio de Galicia.

-Mantendrá en las mejores condiciones posibles los vertederos que vayan a seguir siendo empleados.

-Clausurará y sellará los vertederos que no vayan a seguir siendo empleados.

En concreto, y dentro de este programa se procederá a la elaboración del Plan General de Adecuación, Sellado y Clausura de Vertederos, que deberá estar redactado en los primeros meses de 1999.

Este plan planteará las soluciones necesarias para la adecuación de todos los vertederos existentes a la normativa europea. Esta adecuación tendrá un triple objetivo:

-Para los ayuntamientos que elijan la alternativa propuesta por la Sociedad Gallega del Medio Ambiente, S.A. o cualquier otro sistema de valorización: mantener, en las mejores condiciones ambientales, los vertederos actualmente en uso, los cuales serán posteriormente clausurados y sellados.

-Para los ayuntamientos que opten por otras soluciones y necesiten realizar un vertido controlado bien como solución parcial o como forma de eliminación de los residuos: adecuar para su uso continuado aquellos vertederos o bien crear otros nuevos. En todos los casos, los vertederos deberán cumplir la normativa que con posterioridad se dicte sobre los mismos.

-Detección, sellado y clausura de vertederos incontrolados.

En el año 2000 está previsto el comienzo de la ejecución del Plan General de Adecuación, Sellado y Clausura de Vertederos. Desde 1998 se comenzará el programa de regeneración de espacios degradados, tal y como se indica en las fases de actuación del presente plan.

A partir de la entrada en vigor del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia, y los programas en él previstos, los vertederos actualmente en funcionamiento requerirán para continuar con su explotación el cumplimiento de la normativa medioambiental y la autorización por la Xunta de Galicia a través de la Consellería de Medio Ambiente, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, este trámite será de obligado cumplimiento tanto para los vertederos actualmente en funcionamiento como para los de nueva creación. Cualquier actuación de sellado y clausura del vertedero requerirá una declaración de efectos ambientales si el volumen del mismo es superior a 300.000 metros cúbicos y un dictamen ambiental en otro caso.

Los gestores de los vertederos así como de cualquier otra instalación de gestión de residuos, y demás actividades contempladas en la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, deberán inscribirse en el registro general de Gestores de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia, adscrito a la Consellería de Medio Ambiente, sea su actividad por

autorización, delegación o concesión de los entes locales, bien de forma individualizada por estos, o bien por mancomunidades o por consorcios de los entes locales.

Programa de gestión de pilas usadas de origen doméstico

Para poder dar respuesta adecuada y viable a este tipo de residuos se establecerá un sistema general de recogida de estos materiales por los propios municipios, y se adecuarán los medios de transporte disponibles para optimizar el sistema.

A pesar de que ciertos tipos de pilas no entran dentro de la categoría de RSU, ya que son residuos peligrosos, el hecho de que su fuente habitual de producción, los domicilios, sea la misma que la de los RSU ha sido determinante para que su tratamiento se incluya en el marco del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia. Para facilitar su tratamiento deberán ser recogidas y tratadas de forma específica.

Por último, todas las pilas recogidas en este sistema serán debidamente tratadas en la planta de tratamiento de pilas usadas, situada en As Somozas.

9.1.2. Objetivos de los programas.

A continuación se establecen los objetivos para cada uno de estos programas:

Programa de reducción de la producción de RSU

Objetivos:

-Reducir la producción en origen de RSU.

-Alcanzar los objetivos de reducción definidos por la Ley 11/1997, de envases y residuos de envases: antes del 30 de junio del año 2001 una reducción del 10% del peso de la totalidad de los residuos de envases generados.

Programa de reutilización de los RSU

Objetivos:

-Conseguir la reutilización de aquellos productos y materiales incluidos dentro de los RSU que pueden tener más de un ciclo de uso.

-Fomentar la fabricación de materiales y envases reutilizables.

-Fomentar la creación de instalaciones para el depósito y gestión adecuada de materiales y envases reutilizables.

Programa de recogida selectiva y reciclaje

Objetivos:

-Conseguir la implantación generalizada de sistemas de recogida selectiva en el ámbito doméstico.

-Conseguir la implantación de sistemas de reciclaje a escala municipal mediante la formalización de convenios entre los entes locales, los gestores de RSU dedicados al reciclaje, los productores de envases y la Xunta de Galicia.

-Alcanzar lo más estricto de los siguientes objetivos de reciclaje: 1) Los definidos por la Ley 11/1997, de envases y residuos de envases; antes del 30 de junio del año 2001 se reciclará el 25% como mínimo y el 45% como máximo, en peso, de la totalidad de los materiales de envasados que formen parte de todos los residuos de envase generados con un mínimo del 15% en peso de cada material envasado; 2) Los definidos en la decisión de la Comisión Europea de fecha 7-5-1998 sobre la concesión de una ayuda del Fondo de Cohesión al proyecto de gestión de residuos sólidos urbanos de Galicia en España, que incluye los siguientes para el reciclado, en % de cada material y con separación en origen.

-Para el año 2000 en vidrio el 20%, en plástico el 20%, en papel el 20% y para el total de envases el 19%.

-Para el año 2001 el 27% en vidrio y papel, 25% en plástico, y para el total de envases el 26%.

Programa de valorización

Objetivos:

-Recuperar mediante tratamientos físico-químicos y biológicos los recursos aún existentes en los RSU que no han podido ser gestionados mediante reutilización o reciclaje.

-Conseguir que todos los ayuntamientos de Galicia dispongan de un sistema de valorización de los residuos, adecuado a sus necesidades e integrado dentro del conjunto de programas que se desarrollen en los mismos.

-Alcanzar los objetivos de valorización definidos por la Ley 11/1997, de envases y residuos de envases: antes del 30 de junio del año 2001 se valorizará el 50% como mínimo y el 65% como máximo, en peso, de la totalidad de los residuos de envases generados.

Programa de regeneración de espacios degradados

Objetivos:

-Detectar, sellar y clausurar los vertederos incontrolados existentes en Galicia.

-Recuperar y acondicionar aquellos espacios que vayan a seguir siendo empleados para el vertido controlado de residuos sólidos urbanos.

-Acondicionar, sellar y clausurar los vertederos que no vayan a ser empleados a medida que los ayuntamientos opten por alguna de las alternativas de valorización proyectadas para la gestión de los residuos.

Plan de gestión de pilas usadas

Objetivos:

-Implantar una recogida sistemática de las pilas usadas que se producen en la Comunidad Autónoma.

-Tratar las pilas usadas mediante tecnologías que permitan la eliminación de los riesgos potenciales para el medio.

9.1.3. Descripción de las actuaciones a realizar. Aplicación de la Ley 11/1997 de envases y residuos de envases.

Dentro del marco legal en el que se inscribe el presente plan, el artículo 17 de la Ley 11/1997, de envases y residuos de envases indica que los planes de gestión de residuos de las comunidades autónomas deberán contener determinaciones específicas sobre la gestión de envases y residuos de envases. Esta obligación ya aparece recogida en la Directiva 94/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 1994, relativa a los envases y residuos de envases, que en su artículo 14 exige que los planes de gestión de residuos incluyan un capítulo específico sobre la gestión de envases y residuos de envases. En cumplimiento de los antedichos preceptos se estructuran las actuaciones a realizar en el plan, contemplando las diferentes actuaciones a realizar en la gestión de envases y residuos de envases y extendiendo dichas actuaciones al resto de residuos.

Se distinguen dos tipos de actuaciones diferentes a realizar en el plan; aquéllas que se aplican de forma genérica a todos los programas definidos y aquellas otras cuyo objetivo es dar cobertura a las especificidades de cada uno de los programas.

Actuaciones generales

Relativas al propio plan:

-Seguimiento del desarrollo de los programas.

-Revisión, al menos quinquenal, del plan.

Relativas a la gestión de los residuos:

-Cumplimiento de los objetivos de reducción, reciclaje y valorización definidos por el artículo 5 de la Ley 11/1997.

-Puesta en marcha del Registro de Gestores de Residuos Sólidos Urbanos, creado por el artículo 14 de la Ley 10/1997, de residuos sólidos urbanos de Galicia.

-Inscripción de los Sistemas Integrados de Gestión (SIG) definidos por la Ley 11/1997, de envases y residuos de envases e inclusión de los mismos en el Registro de Gestores de Residuos Sólidos Urbanos.

-Formalización de convenios con los SIG para coordinar su actuación con los objetivos de este plan.

-Creación de las Unidades Territoriales de Gestión (UTG).

-Establecimiento de las medidas necesarias para que las fracciones tóxicas o peligrosas, resultado de los procesos de gestión, sean tratadas o depositadas en forma y lugar adecuados.

-Elaboración y actualización del Catálogo de Residuos de acuerdo con la disposición adicional de la Ley 10/1997, de RSU de Galicia.

Relativas a los productores de envases:

-Aprobación de los planes empresariales de prevención de residuos para aquellos fabricantes que

superen unas cotas definidas en su producción de envases.

-Definición de objetivos y formalización de convenios dirigidos a los productores de envases que no alcancen las cotas definidas anteriormente.

Relativas a los consumidores:

-Realización de estudios sociológicos sobre los hábitos de consumo en los hogares gallegos con el fin de definir los puntos sobre los que se haya de incidir en las campañas de sensibilización que se realizarán en cada uno de los programas.

Actuaciones por programas.

Siguiendo el planteamiento explicado en el comienzo de este apartado sobre descripción de actuaciones, se estructuran los diferentes programas que incluye el plan contemplando de forma específica la gestión de envases y residuos de envases, y ampliando dicho modelo de gestión, en cuanto a los principios que lo ordenan de prevención, reutilización y reciclado al resto de los residuos sólidos urbanos objeto de este plan.

Programa de reducción.

-Campaña de sensibilización dirigida a los consumidores.

-Campaña de reducción en la producción de residuos en los centros oficiales dependientes de la Xunta de Galicia.

-Edición de manuales de comportamiento.

-Estudios sobre metodología y tecnologías.

-Acuerdos con empresas productoras.

-Diseño, dirección, supervisión y control.

Programa de reutilización.

-Campaña de sensibilización ciúdadana para fomentar el consumo de envases reutilizables.

-Desarrollo normativo para la fabricación, uso y formas de gestión de envases reutilizables.

-Estudios sociológicos para conocer los comportamientos actuales y futuros de los ciudadanos y para dirigir y, posteriormente, evaluar el impacto de las acciones del programa.

-Edición de manuales de comportamiento.

-Estudios de metodologías y tecnologías.

-Acuerdos con comercios y grandes superficies, para acordar medidas tendentes a la reutilización.

-Acuerdos con fabricantes, para acordar medidas tendentes a la reutilización.

-Diseño, dirección, supervisión y control.

Programa de recogida selectiva y reciclaje.

-Realización de una experiencia piloto sobre clasificación domiciliaria de los residuos en fracciones seca y húmeda, como punto de partida para la aplicación de una estrategia de recogida selectiva domi

ciliaria. Como parte de esta experiencia se realizarán las siguientes actividades:

* Estudios sociológicos para conocer los comportamientos actuales y futuros de los ciudadanos y para dirigir y, posteriormente, evaluar el impacto de las acciones del programa.

* Manuales de comportamiento.

* Estudios de metodologías y tecnologías.

* Acuerdos con los SIG.

* Acuerdos con otras entidades recicladoras.

* Diseño, dirección, supervisión y control de la prueba con recogida práctica en un número determinado de ayuntamientos que supongan del orden del 10% de la población y contemplando el medio rural, semirural, semiurbano y urbano.

-Creación de puntos limpios (puntos centralizados para el depósito por parte de los ciudadanos de aquellos residuos recogidos selectivamente para los que sea necesaria una gestión específica, por su tamaño -residuos voluminosos-, o su composición, pilas, disolventes y otros materiales).

-Aplicación de resultados de la experiencia piloto.

-Construcción de una planta de clasificación en el complejo medioambiental de Cerceda de la Sociedad Gallega del Medioombiente.

-Construcción de plantas de clasificación por parte de los ayuntamientos que gestionen la valorización de sus propios residuos.

-Compra de los medios materiales necesarios para la realización de recogida selectiva y reciclaje por las entidades a las que corresponda.

-Construcción de otras plantas de clasificación en las zonas donde sean necesarias según los resultados de la experiencia piloto.

Programas de valorización.

-Construcción por parte de la Sociedad Gallega del Medioambiente de estaciones de transferencia para la transferencia de los residuos recogidos por los ayuntamientos. La ubicación de las estaciones de transferencia se realizará sobre la base de los criterios que se recogen en el anexo III.

-Construcción de una planta de recuperación.

-Construcción por parte de la Sociedad Gallega del Medioambiente de una planta termoeléctrica dentro del complejo medioambiental de Cerceda.

-Construcción de los sistemas alternativos de tratamiento por compostaje u otras formas de valorización, por parte de aquellos ayuntamientos que no opten por el sistema definido por la Sociedad Gallega del Medioambiente S.A.

Programa de recuperación de espacios degradados.

-Elaboración del Plan general de adecuación, sellado y clausura de vertederos, que deberá estar redactado en los primeros meses de 1999 para solicitar los fondos europeos necesarios para su implantación.

-Ejecución del Plan general de adecuación, sellado y clausura de vertederos.

-Proyecto y ejecución de las obras de descontaminación de vertederos contaminados por RTP.

Programa de recogida de pilas usadas.

-Campaña de sensibilización ciudadana sobre la recogida y adecuado depósito de las pilas usadas.

-Plan de ayudas a la recogida municipal de pilas usadas, aportando medios materiales a los ayuntamientos para su recogida y aplicando un sistema de subvenciones al transporte de las mismas a la planta de tratamiento, con carácter temporal y porcentajes decrecientes hasta conseguir la consolidación del sistema.

-Tratamiento en la planta de tratamiento de pilas usadas, situada en As Somozas.

9.2. Fases de actuación.

La ejecución de las diferentes fases del plan comenzará en el primer trimestre del año 1998, extendiéndose hasta la primera revisión del mismo, prevista para el año 2001.

El desarrollo temporal de las actuaciones será el siguiente:

Año 1998

-Redacción de la normativa que desarrolla el Registro de Gestores de Residuos Sólidos Urbanos.

-Autorización de los Sistemas Integrales de Gestión (SIG) de envases en la Comunidad Autónoma de Galicia.

-Ayuda a la dotación de medios materiales en el ámbito municipal para los programas municipales de recogida selectiva y reciclaje.

-Comienzo del funcionamiento de la planta de tratamiento de pilas usadas de As Somozas.

-Fomento de la recogida municipal de pilas usadas.

-Avance en la construcción de estaciones de transferencia y complejo medioambiental de la Sociedad Gallega del Medioambiente en Cerceda.

-Definición del pliego de condiciones para el concurso de asistencia técnica para la redacción del plan general de adecuación, sellado y clausura de vertederos.

-Selección de emplazamientos para actuaciones de recuperación de suelos contaminados y elaboración de pliegos de condiciones técnicas.

-Definición de las actuaciones a realizar para la puesta en marcha de la experiencia piloto sobre clasificación domiciliaria y recogida fraccionada de los residuos domésticos. Estas actuaciones deberán incluir la selección de puntos de aplicación de la experiencia piloto, la definición de los sistemas de recogida y clasificación, la evaluación de los medios materiales necesarios, la programación de las actuaciones y la redacción del pliego de condiciones para

el concurso de asistencia técnica para la realización de la campaña.

-Realización de campañas de sensibilización para la colaboración ciudadana en la recogida de pilas.

-Adjudicación del contrato de asistencia técnica para la realización de la campaña de clasificación domiciliaria y recogida selectiva de residuos domésticos.

-Acciones previas para la puesta en marcha de la experiencia piloto:

* Acuerdos con los ayuntamientos seleccionados.

* Formalización de acuerdos previos con los Sistemas Integrados de Gestión (STG), que incluyan los objetivos de reducción, valorización y reciclaje definidos por la Ley 11/1997, de envases y residuos de envases, que deberán ser aplicados en la Comunidad Autónoma de forma extensiva a todo el territorio y con los mismos valores que para todo el Estado.

* Realización de acuerdos marco entre los SIG y los municipios que requieran asistencia para la aplicación de dichos sistemas.

* Diseño de las plantas de clasificación necesarias para la realización de la experiencia piloto.

-Aprobación de los planes empresariales de prevención de residuos para aquellos productores de envases que generen cantidades anuales de los mismos superiores a las tasas que en su día indique el reglamento de desarrollo de la Ley 11/1997, de envases y residuos de envases.

-Contratación de la redacción del plan general de adecuación, sellado y clausura de vertederos y proyectos tipo, y contratación de proyectos y obras de recuperación de otros espacios degradados.

-Desarrollo de la normativa necesaria para el Fondo de Recuperación de Espacios Degradados creado por el artículo 35 de la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia; pliegos de asistencia técnica.

-Puesta en marcha de la experiencia piloto de clasificación domiciliaria y recogida selectiva de residuos domésticos, que incluirá:

* Definición y aplicación de las campañas de sensibilización ciudadana.

* Comienzo de la aplicación de los convenios suscritos con los Sistemas Integrales de Gestión (SIG).

* Definición y aplicación del sistema de recogida y clasificación.

-Fondo de restauración de espacios degradados: preparación normativa.

-Elaboración de plan general de adecuación, sellado y clausura de vertederos y redacción de proyectos tipo.

-Comienzo de la ejecución de obras de restauración de espacios degradados.

Año 1999

Primer semestre:

-Análisis de los resultados de la experiencia piloto de clasificación domiciliaria y recogida selectiva de residuos domésticos, que incluirá:

* Definición de criterios y selección de emplazamientos para el establecimiento de puntos limpios para la recogida selectiva de residuos.

* Puesta en marcha de campañas de sensibilización de los consumidores hacia la reducción de residuos y la recogida selectiva.

* Revisión de los convenios suscritos con los SIG en función de las conclusiones de la experiencia piloto.

-Aplicación de la experiencia piloto y puesta en marcha de forma extensiva de la recogida selectiva a partir de sus resultados.

-Aplicación de los planes empresariales de prevención.

-Solicitud de fondos europeos para ejecución del Plan general de adecuación, sellado y clausura de vertederos.

-Selección de emplazamientos para la segunda fase de recuperación de espacios degradados.

-Formalización de acuerdos con productores no sujetos a planes empresariales de prevención.

-Comienzo de la aplicación de los acuerdos suscritos.

-Establecimiento de puntos limpios para la recogida selectiva de residuos.

-Contratación de la segunda fase de recuperación de espacios degradados.

Segundo semestre:

-Comienzo de las campañas de sensibilización sobre el uso de envases reutilizables.

-Elaboración de borradores de disposiciones normativas para el fomento de la reutilización.

-Entrada en vigor de la segunda fase de recuperación de espacios degradados.

Año 2000

Primer semestre:

-Inicio de la ejecución de plan general de adecuación, sellado y clausura de vertederos.

-Selección de emplazamientos para la tercera fase de recuperación de espacios degradados.

-Contratación de la tercera fase de recuperación de espacios degradados.

-Análisis del grado de cumplimiento de un reciclaje mínimo del 15% de los envases producidos y definición de nuevas acciones.

-Entrada en funcionamiento del complejo medioambiental de la Sociedad Gallega del Medioambiente.

Segundo semestre:

-Ejecución de la tercera fase de recuperación de espacios degradados.

-Finalización del apoyo económico a las campañas municipales de recogida de pilas.

Año 2001

-Análisis del grado de cumplimiento de los objetivos finales de reducción, valorización y reciclaje de envases y definición de nuevas acciones.

-Revisión del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos.

10. Presupuesto de inversiones del plan.

La estimación del presupuesto de inversiones que se presenta, que en conjunto asciende a 49.378 millones de pesetas (IVA excluido), incluye los distintos programas en que se articula el plan y establece las partidas que han de tenerse en cuenta, tras aplicar en la evaluación de cada una de ellas, los criterios que se exponen a continuación.

El presupuesto incluye los siguientes programas:

1. Programa de reducción de residuos.

2. Programa de reutilización de residuos.

3. Programa de recogida selectiva y reciclaje.

4. Programa de valorización de residuos.

5. Programa de recuperación de espacios degradados.

6. Programa de recogida de pilas usadas.

El presupuesto de cada uno de estos programas integra tres conjuntos de actuaciones:

A. Acciones previas, tales como la realización de una experiencia piloto; estudios sociométricos; manuales de comportamiento, o campañas de sensibilización y educación ciudadana.

B. Acciones de mantenimiento y continuidad.

C. Inversiones derivadas de infraestructuras y servicios que han de ser el soporte obligado del plan.

La inversión programada para llevar a cabo el plan propuesto ha sido realizada aplicando los siguientes principios:

-El plan se realiza con el propósito de resolver el problema de los RSU en todo el territorio de Galicia, teniendo en cuenta que la incorporación de los municipios al mismo será paulatina.

-A pesar de ser los municipios los responsables de los residuos y sus gestores, la eficacia del plan y el coste del mismo requieren que se supere el ámbito municipal, con objeto de lograr una mayor operatividad en la gestión y disminuir los gustos. Por lo tanto, ha de pensarse en una gestión consorciada y en unas inversiones planificadas, no en función del número de ayuntamientos que intervengan en cada caso, sino en el de habitantes de cada comarca y el de los residuos que haya que tratar de la forma más efectiva y más económica posible.

-Por lo tanto, las inversiones necesarias para llevar a cabo las operaciones programadas, incluso las que siguen siendo competencia de municipios y consorcios, como son, por ejemplo, los camiones compactadores y los contenedores, han sido calculadas de acuerdo con el volumen de residuos a recoger en cada área, sin contemplar la necesidad de dotar a cada ayuntamiento de un camión o de contenedores para el uso exclusivo de un municipio.

-Profundizando en este criterio, se ha hecho incidencia en la adquisición de elementos que contribuyan a fomentar la unión entre los municipios, lo que permitirá solucionar algunos de los problemas actualmente existentes, como es el caso de los camiones lavacontenedores o de los equipos dedicados específicamente a la recogida selectiva.

-Se incluyen en el presupuesto global los costes derivados de los estudios técnicos y sociológicos, así como las campañas de sensibilización ciudadana que se consideran necesarias para lograr una mayor participación de la sociedad gallega en la gestión de residuos, especialmente en lo que se refiere a la reducción, reutilización y reciclaje de éstos.

Asimismo, se incluyen también las partidas correspondientes al diseño, puesta en marcha y evaluación de un plan piloto de recogida selectiva, cuyos resultados permitirán definir con mayor rigor la magnitud de la partidas de inversión previstas en este plan y su distribución temporal.

Para efectuar el cálculo del presupuesto presentado se han considerado los siguientes parámetros y estimaciones:

-Se producen anualmente 800.000 Tm de RSU en la Comunidad Gallega. El plan actuará sobre la totalidad de las mismas.

-Las operaciones de recogida se realizan 300 días al año.

-Los procedimientos previstos en este plan pretenden alcanzar a medio plazo, año 2001, la participación del 75% de la población en la recogida selectiva.

-Se ha calculado la inversión global de cada concapto, con independencia de que en muchos casos los gastos sean escalonados y dependientes unos de otros. Se pretende, como se ha señalado anteriormente, tanto estimar una cifra global con la mayor exactitud posible, como sentar criterios y fijar conceptos de gasto para que los conozca la sociedad gallega, protagonista e interlocutora en última instancia del plan.

El contenido y valoración de cada uno de los programas considerados es el siguiente:

10.1. Programa de reducción.

Incluye las inversiones derivadas de las campañas de sensibilización ciudadana y de la elaboración y difusión de manuales de comportamiento; los gastos correspondientes a la realización de estudios sociológicos y de metodologías y tecnologías, así como los que se derivan de los acuerdos previstos con las empresas manufacturadoras. El conjunto de inversio

nes contempladas hasta el año 2001 asciende a 371 millones de pesetas, de los que 39 corresponden al año 1998 (ambos casos IVA excluido).

10.2. Programa de reutilización.

Agrupa las inversiones derivadas de la campaña de sensibilización ciudadana y de la elaboración y difusión de los correspondientes manuales de comportamiento; la realización de estudios sociológicos y de metodologías y tecnologías, así como el gasto derivado de los acuerdos a alcanzar con comercios, grandes superficies y fabricantes. El conjunto de inversiones contempladas por este concepto se eleva a 457 millones de pesetas, de los que 17 corresponden al año 1998 (IVA excluido).

10.3. Programa de recogida selectiva y reciclaje.

Este programa incluye también inversiones y gastos derivados de la campaña de sensibilización ciudadana y de los estudios específicos antes reseñados; los correspondientes a los acuerdos a alcanzar con los SIG y con otros recicladores; la compra de equipos; la creación de los denominados puntos limpios; los costes de la experiencia piloto y de la aplicación de sus resultados; las inversiones destinadas a la construcción de la planta de recuperación de la Sociedad Gallega del Medioambiente y, por último, las inversiones derivadas de la compra de medios materiales por los ayuntamientos.

Las inversiones en equipos, medios materiales y puntos limpios han sido estimadas en 4.624 millones de pesetas (IVA excluido). Los gastos derivados de la experiencia piloto y su aplicación han sido estimados en 155 millones de pesetas (IVA excluido), y el resto de las inversiones contempladas, estudios, acuerdos, etc., asciende a 793 millones de pesetas (IVA excluido). En conjunto las inversiones previstas en este programa alcanzan los 5.591 millones de pesetas (IVA excluido).

La valoración del conjunto de inversiones en equipos, medios materiales y puntos limpios ha sido obtenida de la siguiente forma:

A. Contenedores convencionales.

Para el cálculo de los contenedores necesarios para un correcto funcionamiento del plan se ha considerado que, a medio plazo, el 75% de los ciudadanos de Galicia estarán debidamente concienciados y separarán en origen los elementos más característicos de los residuos con objeto de hacer posible una recogida selectiva de los mismos.

Paralelamente, las campañas dirigidas a la reducción y reutilización de residuos conseguirán estabilizar su producción, anulando el aumento previsto para años sucesivos, de tal manera que el parque de contenedores, aparte de las reposiciones por desgaste, permanezca sensiblemente constante.

Una producción de 800.000 Tm anuales de residuos en 300 días de recogida al año supone una recogida media diaria de 2.667 Tm diarias, cifra a la que hay que aplicar un coeficiente corrector, tanto en el capítulo de contenedores como en los de camiones y esta

ciones de transferencia, con objeto de contemplar los 65 días del año posteriores a las fiestas, en los que las necesidades se duplican.

Para el cálculo de los contenedores convencionales se ha partido de las siguientes premisas:

-Generación de 0,9 kg/hab./día.

-Necesidad de acumular residuos de 2 días.

-Densidad de los residuos en el contenedor: 0,2 kg/litro.

-Coeficiente de pérdida de capacidad: 1,3.

En consecuencia, la necesidad de contenedores será: 0,9 kg/hab./díax2 díasx1 litro/0,2x 1,3=11,7 litros/hab.

En base a los datos aportados por el Padrón Municipal de 1996, el volumen de residuos generados por cada provincia es el siguiente:

ProvinciaHabitantesLitros

A Coruña1.110.30212.990.533

Lugo 371.684 4.348.703

Ourense 346.909 4.058.835

Pontevedra 915.10410.706.717

Total Galicia2.743.99932.104.788

Los contenedores disponibles en la actualidad son los siguientes:

240L 360L 800LTotal litros

Cedidos por la Xunta20.346 9.96819.12823.773.920

5% de bajas 1.018 499 957 1.188.696

Adquiridos por las 7 grandes

ciudades11.988.078

Existencia en libros de contenedores:34.573.302

Con independencia de algún posible desequilibrio en la distribución, que pueda originar pequeños déficits en algunos puntos concretos, la cantidad de contenedores convencionales existentes supera en el 7,7% a las necesidades actuales, sobre todo teniendo en cuenta que, además de lo apuntado anteriormente respecto a la reducción, la mayor incidencia de la recogida selectiva liberará paulatinamente un número apreciable de contenedores convencionales, que compense el crecimiento de la población gallega.

B. Contenedores para recogida selectiva.

Contemplando la hipótesis de que se recogen diariamente 2.667 Tm de residuos; que, a medio plazo, el 75% de los ciudadanos colaborarán en la recogida selectiva de residuos; que se seleccionarán papel y vidrio, además de la fracción seca que lleva metales, plástico y otros, y teniendo en cuenta que los residuos contienen por término medio un 19,56% de papel, un 21,21% de fracción seca y 6,29% de vidrio, las cantidades recogidas en toda Galicia serán:

Papel: 2.667x0,l956x0,75=391,16 Tm/día.

Fracción seca: 2.667x0,2121x0,75=424,12 Tm/día.

Vidrio: 2.667x6,29x0,75=125,88 Tm/día.

Resto residuos: 2.667x(0,529x0,75x+0,25)=1.665,50 Tm/día.

Considerando que la densidad del papel en el contenedor es de 120 kg/m, la de la fracción seca 54,9 kg/m y la del vidrio 320 kg/m, y que se utilizarán contenedores de 800 litros con cerradura y colores distintos para el papel y el plástico, e iglús

de 2.500 litros para el vidrio, las necesidades de contenedores se estiman en las siguientes:

Material Toneladas mNº contenedores

Papel391,163.2604.075

Fracción seca424,127.7269.657

Vidrio125,88 350 140

La recogida en estos contenedores se realizará por término medio una vez a la semana, en el caso del papel, vidrio, y en el caso de la fracción seca del orden de tres veces a la semana.

Así pues, las necesidades totales y su valoración en pesetas son las siguientes:

MaterialNº contenedoresPrecioMillones de

unitariopesetas

(ptas.)

Papel24.45023.500575

Fracción seca19.31423.500454

Vidrio84085.000 72

Total contenedores recogida selectiva1.101

(949 Mptas. IVA excluido).

Al evaluar estas cifras no se han tenido en cuenta los contenedores adquiridos por algunos ayuntamientos en pequeñas cantidades, ni los cedidos por la Administración central a la ciudad de Vigo o a algunos municipios más, cuya capacidad pasará a incrementar la disponibilidad total de Galicia para la recogida selectiva en esta fase inicial del plan.

C. Camiones compactadores convencionales.

Se ha previsto que los camiones tengan una capacidad de 8 m y 16 m, que es la más usual para estos equipos mecánicos. Los camiones de 8 m tienen un rendimiento menor pero resultan indispensables si se considera la dispersión de la población y la escasa anchura de muchos caminos de acceso a los núcleos rurales, por lo que en las provincias de población más dispersa su proporción respecto a los de 16 m resulta mayor. Las grandes ciudades utilizan prácticamente en su totalidad camiones de 16 m.

Las necesidades para el desarrollo del plan de gestión son las siguientes:

ProvinciaCamiones 8 mCamiones 16 m

A Coruña100100

Lugo 44 29

Ourense 44 28

Pontevedra 81 81

Total Galicia269238

Estimando que se realiza un promedio de 1,5 viajes diarios por vehículo se necesitarán:

Tamaño del camiónUnidades

Camiones de 8 m 180

Camiones de 16 m 160

Total camiones 340

Los camiones disponibles en la actualidad son los siguientes:

Concepto8 m16 mUnidades

Cedidos por la Xunta a 306 ayuntamientos143 45188

10% de bajas

Adquiridos por las 7 grandes ciudades 15 5 20

96 96

Existencias128136264

El coste de los camiones a adquirir, necesarios para completar el parque ascenderá a:

TamañoNºPrecio unitarioMillones de

(Millones ptas.)pesetas

Camiones de 8 m5215780

Camiones de 16 m2417408

Total camiones761.188

1.024 Mptas. (IVA excluido)

D. Camiones para recogida selectiva.

Los componentes separados de los residuos obtenidos a partir de la recogida selectiva, pueden transportarse en su mayor parte en camiones compactadores convencionales, pero esto resulta negativo frente a la población, que puede llegar a pensar que se vuelven a mezclar en el camión los residuos que ellos se han molestado en separar previamente.

Por ello, resulta conveniente ampliar el parque de vehículos de recogida con camiones dedicados específicamente al transporte de los componentes seleccionados.

Para las labores de recogida del vidrio se adquirirán camiones, a razón de 2 por provincia, dotados de la correspondiente pluma para el manejo de los contenedores y un mismo número para el papel.

En cuanto a la fracción seca, teniendo en cuenta la menor frecuencia de recogida y la menor compactación se obtienen 41 camiones.

El importe de estos vehículos ascenderá a:

ConceptoNº vehículosMillones de

pesetas

Camiones compactadores para papel 12204

Camiones fracción seca 41618

Camiones con pluma para vidrio 12108

Total camiones 65920

793 Mptas. (IVA excluido).

E. Puntos limpios.

Se instalarán puntos limpios, que tendrán como función seleccionar y almacenar los productos resultantes de la recogida selectiva (no domiciliaria puerta a puerta); es decir, recoger todos aquellos residuos que, debidamente clasificados, aporten directamente los ciudadanos.

En cada punto limpio se recogerá y almacenará papel y cartón, vidrio, plásticos de diferentes tipos, metales, madera, material inerte procedente de pequeñas obras domésticas, spray, tubos fluorescentes, pilas, baterías, aceites usados, medicamentos, radiografías, etc..

Una vez clasificados, los residuos se trasladarán a las diferentes instalaciones de reciclado de cada uno de ellos.

Se entiende como recogida domiciliaria puerta a puerta aquélla en que se utiliza un cubo de doble cuerpo donde se recogen la fracción seca y la fracción húmeda, que después se deposita en contenedores diferentes.

Opcionalmente, los puntos limpios podrán instalarse en las estaciones de transferencia u otros lugares de acuerdo con las necesidades de la UTG.

El coste medio de cada punto limpio se estima en torno a 15 millones de pesetas, lo que determina una inversión total de 264 millones de pesetas (IVA excluido).

F. Camiones lavacontenedores.

Se prevé la adquisición de camiones lavacontenedores, capaces de mantener el parque de contenedores de los diferentes municipios en un buen estado de limpieza, realizando ésta en unas condiciones que no supongan una agresión al medio ambiente.

Se estima un total de 13 lavacontenedores para toda Galicia, en función del número de contenedores previstos en el plan. Considerando un coste unitario de 17 millones de pesetas por unidad, esta partida asciende a 224 millones de pesetas (IVA excluido).

G. Plantas de selección.

Con el fin de poder entregar a los Sistemas Integrados de Gestión los envases y residuos de envases, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas y acordadas con ellos en cumplimiento de la Ley de envases y residuos de envases, se prevé la construcción de plantas de clasificación y limpieza de los mismos.

Teniendo en cuenta las especiales características de dispersión de la población y de la orografía del territorio, se ha previsto la construcción de 4 de estas plantas que se situarán en las proximidades de las estaciones de transferencia cuando ello sea posible.

En el caso de que, como resultado del plan piloto fuera necesaria alguna más, se procedería asimismo a su construcción.

Por otra parte, los municipios, previa petición a la Xunta de Galicia, y autorización de ésta después de la evaluación ambiental a realizar de acuerdo con la normativa vigente, podrán instalar por si o por concesión, las plantas de clasificación que estimen oportunas.

El coste total estimado para la construcción de estas plantas asciende a 1.379 millones de pesetas (IVA excluido).

En cualquier caso, después de la realización de la experiencia piloto se determinará el modelo idóneo para cada medio: urbano, semiurbano, semirural y rural, y por lo tanto se podrá valorar más ajustadamente las necesidades de medios materiales, de la recogida selectiva.

10.4. Programa de valorización de residuos.

En este programa se incluye la construcción de las estaciones de transferencia previstas en el plan, la planta termoeléctrica de la Sociedad Gallega del Medioambiente y la de recuperación, y una estimación

de las inversiones necesarias para la construcción de posibles soluciones en otros municipios no adheridos a la opción de la Sociedad Gallega del Medioambiente.

Las inversiones previstas en este programa ascienden a 31.291 millones de pesetas (IVA excluido) y a 36.297 millones de pesetas, sobre la base de las siguientes estimaciones:

A. Planta de recuperación.

Por último, las inversiones adjudicadas para la construcción de la planta de recuperación han sido las siguientes:

ConceptoMillones de pesetas

Proyecto básico 100

Obra civil 2.169

Ingeniería 455

Equipos mecánicos 3.314

Montaje mecánico 466

Electricidad y control 366

Montaje Elec. y Cont. 37

Puesta en marcha 76

Total planta 6.983

(IVA excluido).

B. Estaciones de transferencia.

La inversión requerida en cada estación de transferencia viene determinada por su situación, las características del terreno y de los accesos, y las medidas correctoras de carácter medioambiental que puedan resultar necesarias en cada caso.

En la presente evaluación se han previsto dos tipos de estación de transferencia, una de mayor dimensión, con tres grupos compactadores, y otra de un sólo grupo.

La estación de transferencia con tres grupos compactadores, cuyo rendimiento es de 180 Tm/hora, reduce al mínimo los períodos de espera de los vehículos recogedores. Una instalación de este tipo requiere inversiones en las siguientes cuantías:

ConceptoMillones de pesetas

Obra civil 141

Compactadores 87

Repuestos 7

Varios 14

Subtotal instalación 249

Contenedores transferencia (24 u. a 2 Mmptas./u.) 64

Camión transferencia (Ampliroll) 23

Subtotal elementos de transporte 87

Total estación 336

(IVA excluido)

Habida cuenta de la dispersión de la población y la flexibilidad de que debe estar dotado el sistema, se ha previsto construir también estaciones de transferencia de un grupo compactador, cuyo coste se cifra en las siguientes cantidades:

Ecoplanta de un grupo (60t/hora)Millones de pesetas

Instalación 80

Contenedores transferencia 21

Ampliroll 23

Total ecoplanta 124

El plan prevé la instalación, en una primera fase, de las siguientes estaciones de transferencia:

-A Rúa

-Barreiros

-Boiro

-Chantada

-Guixar

-Lugo

-Monforte de Lemos

-Narón

-Ourense

-O Porriño

-Ribadumia

-Santiago de Compostela

-Silleda

-Vilaboa

Asimismo, se instalaran otras estaciones de transferencia a medida que el desarrollo del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia así lo aconseje, en las siguientes áreas (el nombre del emplazamiento es indicativo del área a cubrir):

-Cabana de Bergantiños

-Dumbría

-Viveiro

-Tomiño

-Bande

-Verín

-Vilasantar

-Betanzos

Se podrán habilitar otras estaciones de transferencia, previa solicitud motivada de las mismas por parte de la Sociedad Gallega del Medioambiente, y aprobación de la Xunta de Galicia a través del órgano competente en residuos.

Por otra parte, en los municipios en los que la generación de residuos es muy escasa y en los que, por razones logísticas, no sea aconsejable su traslado por los propios municipios a las estaciones de transferencia proyectadas, se habilitarán soluciones de recogida, depósito temporal y retirada adecuada a las estaciones de transferencia, por cuenta de la Sociedad Gallega del Medioambiente, con el fin de lograr la mayor eficacia del sistema.

El presupuesto total de las estaciones de transferencia y sus equipos de transporte asciende a 3.080 millones (IVA excluido) al contemplar 4 estaciones de transferencia de 3 grupos y 14 de 1 grupo.

C. Planta termoeléctrica.

El importe de esta instalación, obtenido de la adjudicación del concurso correspondiente, es el siguiente:

ConceptoMillones de pesetas

Proyecto básico 102

Obra civil 4.616

Ingeniería 531

Equipos mecánicos10.695

Montaje mecánico 1.731

Electricidad y control 941

Montaje Elec. y Cont. 94

Puesta en marcha 106

Total planta18.816

(IVA excluido).

A estas cantidades hay que añadir el coste de los intereses intercalarios que ascienden a 2.282 millones de pesetas.

10.5. Programa de recuperación de espacios degradados.

Contempla las inversiones que se derivan de la definición, elaboración y ejecución del plan general de adecuación, sellado y clausura de vertederos, así como las correspondientes a los procesos de adecuación, sellado y clausura de vertederos con contaminación industrial.

La Xunta de Galicia ha programado la inversión de 45 millones de pesetas en 1998 en la elaboración del plan general de adecuación, sellado y clausura de vertederos, con el fin de completar los estudios existentes sobre los diferentes tipos de vertederos que hay en la comunidad gallega, clasificarlos y proceder a la elaboración de los proyectos tipo para su tratamiento y clausura.

No obstante, en el presente plan se ha previsto una inversión por ese concepto de 3.017 millones de pesetas (IVA excluido) dentro del período de aplicación del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia, que deberá ser evaluado en detalle en el estudio anteriormente citado.

Respecto a la adecuación, sellado y clausura de vertederos con contaminación industrial, la Xunta de Galicia ha previsto realizar una inversión de 254 millones de pesetas (IVA excluido) en 1998, de los cuales el 50% será aportado directamente por la Xunta de Galicia y el resto que se prevé por el Ministerio de Medio Ambiente. En los años 1999 al 2001 se ha previsto realizar inversiones adicionales en una cuantía de 927 millones de pesetas (IVA excluido), por lo que la inversión total prevista en este programa asciende a 4.237 millones de pesetas (IVA excluido).

10.6. Programa de pilas usadas.

Este programa incluye una campaña de sensibilización ciudadana específica y las inversiones correspondientes a la planta de tratamiento. El coste de la planta, transferido por la Administración central a la Xunta de Galicia en febrero de 1998, ha ascendido a 156 millones de pesetas (IVA excluido). Asimismo se prevé una inversión de 19 millones de pesetas en una campaña de sensibilización.

11. Modelo de financiación.

La financiación del plan programado será realizada aplicando los siguientes criterios y procedimientos:

11.1. Recogida general de RSU.

Los costes derivados de la recogida general de residuos seguirán siendo financiados en su totalidad por los ayuntamientos, tal y como sucede actualmente.

11.2. Recogida selectiva de papel y cartón, vidrio y plástico.

Para realizar la actividad de reciclaje se constituirán los Sistemas Integrados de Gestión (SIG). Estos SIG tienen que hacerse cargo de todos los residuos de envases reciclables que les sean entregados por los entes locales, a los que les pagarán el extracoste que origina pasar de una recogida en masa a una selectiva, y la clasificación de estos residuos, de acuerdo con las especificaciones establecidas y acordadas con los SIG.

Los costes de transporte desde las plantas de selección hasta las instalaciones de reciclado y su tratamiento en ellos correrán por cuenta de las asociaciones recuperadoras.

11.3. Estaciones de transferencia y complejo medioambiental de Cerceda.

Las estaciones de transferencia serán financiadas por la Sociedad Gallega del Medioambiente. Esta se financiará a través de sus fondos propios, de recursos obtenidos por ella en el mercado de capitales y de los fondos de cohesión que le sean otorgados.

11.4. Otras plantas locales de tratamiento y otras instalaciones de valorización.

Las inversiones y costes derivados del proyecto, eje cución de obras y operación de instalaciones de aquellas plantas que decidan realizar los ayuntamientos u otros entes por iniciativa propia, serán asumidos por los mismos sin perjuicio de que puedan acudir a los Fondos de Cohesión de la UE que pudieran obtener para financiar estos proyectos.

11.5. Puntos limpios.

La Sociedad Gallega del Medioambiente, los entes locales y la Xunta de Galicia asumirán las inversiones de los gastos de proyecto y construcción de estos puntos limpios, dentro del capítulo presupuestario correspondiente, debiendo aportar los ayuntamientos los terrenos y siendo por cuenta de éstos los costes de explotación.

11.6. Recogida de pilas usadas.

La planta de tratamiento de pilas ha sido financiada por el Ministerio del Medio Ambiente, habiendo transferido su propiedad a la Xunta en febrero de 1998.

La adecuada dotación de contenedores específicos, su instalación, así como los costes derivados del mantenimiento de estos, serán asumidos por los entes locales.

11.7. Campañas de sensibilización e información.

Las inversiones y costes derivados de estas campañas serán asumidas por la Xunta de Galicia, por la Sociedad Gallega del Medioambiente, por los entes locales y por los Sistemas Integrados de Gestión, según lo establecido en este plan.

En cualquier caso, los ayuntamientos deberán realizar apoyos logísticos para asegurar la adecuada sen

sibilización e información (tales como la difusión de folletos y cartas, colocación de pegatinas y carteles, cesión de espacios, soportes, locales o medios...).

11.8. Regeneración de espacios degradados.

Los fondos necesarios para llevar a cabo este programa tendrán su origen, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, en:

-El presupuesto de la Comunidad Autónoma.

-Las subvenciones y ayudas otorgadas por otros organismos de la Administración del Estado o por la Unión Europea.

-Las donaciones o aportaciones finalistas que efectúen particulares o empresas.

-La recaudación por sanciones impuestas por la Xunta de Galicia como consecuencia de infracciones a la normativa sobre RSU, una vez deducidos los costes de gestión de la sanción.

-El porcentaje del canon de gestión de los RSU que, en su momento se determine.

El conjunto de estas aportaciones y fondos se gestionarán a través del Fondo de Recuperación de Espacios Degradados que recoge la Ley 11/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia.

En cualquier caso, los planes municipales de gestión de residuos sólidos urbanos deben recoger una partida para el tratamiento del vertedero o vertederos municipales de su territorio, con el objetivo de conseguir su total adecuación a la normativa, su sellado y clausura, considerando la vida de generación de gases y lixiviados desde su cierre.

12. Costes del sistema de gestión de RSU.

Han de tenerse en cuenta las siguientes consideraciones para evaluar estos costes:

-El coste estimado procede de la suma de los que se producen por recogida urbana realizada de forma selectiva (con el fin de conseguir los objetivos marcados en el artículo 5 de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases), de reciclado, transporte y valorización de los mismos. Por último recoge también el valor de depositar los residuos finales en el vertedero correspondiente.

-Estas cifras se han estimado con los datos de diferentes encuestas y serán contrastadas con los resultados del estudio piloto. Las cifras que se adelantan pueden sufrir variaciones en función de variables tales como los costes de la energía, el transporte y el dinero, los precios de los materiales reciclables o el IPC.

Coste de gestión por tonelada de RSU a partir de la puesta en marcha del sistema de recogida selectiva.

a) Recogida selectiva a domicilio -fracciones húmeda y seca de las basuras del hogar, así como vidrio, pilas, papel y cartón- transporte a la planta de selección, selección, depósito en planta y transporte a reciclador (excluidas pilas):

En torno a 10.800 pesetas/tonelada. Notas (l) y (2).

b) Tratamiento del resto no reciclable o no separado, separación en destino y valorización del mismo a través

de recuperación energética en otro tipo:

En torno a 4.500 pesetas/tonelada. Nota (2).

c) En consecuencia, el coste total es de 13.275 pesetas/tonelada.

d) Coste de la gestión del programa de pilas usadas, en millones de pesetas:

1998199920002001

Transporte 6 8 910

Tratamiento 34,136,538,840

En cualquier caso, los municipios deberán tener aprobadas las tarifas de las correspondientes tasas de recogida de basuras que cumplan con los requisitos del capítulo VI de la Ley l0/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, en función de sus propios estudios.

Nota (1):

De este extracoste, en torno a 4.800 pesetas/tonelada serán abonadas por los correspondientes Sistemas Integrados de Gestión (SIG).

Nota (2):

Las cantidades aquí expresadas son indicativas. Los valores finales, más ajustados, dependen de los resultados que arroje la aplicación de la experiencia piloto, que contemplará:

-Estudio del coste actual sin selección.

-Estudio de las rutas de transporte óptimas y de los medios necesarios para efectuarlas.

-Seguimiento durante seis meses de la evolución de los costes del sistema de recogida selectiva.

-Resultados de la campaña de sensibilización e información.

-Caracterización de los RSU para detemminar su evolución.

13. Perspectivas de futuro del plan.

La ejecución del Plan de Gestión de los RSU se desarrollará a lo largo de un período de tiempo que establece como primer horizonte el final del año 2001. Durante este período resultará necesario revisar algunos de los parámetros iniciales, como consecuencia del cambio de las condiciones técnicas, ambientales y sociales en las que el plan fue concebido. Entre ellas pueden citarse:

-Los movimientos demográficos.

-Las modificaciones de los parámetros de producción y/o composición de los RSU.

-La necesidad de incrementar paulatinamente los índices de reducción y valorización de los residuos, alcanzando cuotas óptimas de reciclaje de los mismos o las legales que pudieran establecerse.

-Los incrementos de la producción unitaria de residuos.

-Los cambios de los sistemas o del ámbito previsto en el que se realice la recogida o tratamiento de los RSU.

-Las modificaciones de la infraestructura de transporte.

-Las innovaciones tecnológicas y mejoras de los sistemas de tratamiento.

-La rentabilidad y capacidad administrativa de gestión.

-Las variaciones de las exigencias y/o normativas ambientales.

-La previsible publicación de un Plan Nacional de RSU.

Todos estos aspectos han condicionado el método de elaboración del Plan de Gestión de RSU y sus variaciones, cuando sean significativas constituirán los aspectos y motivos de revisión del mismo.

Se ha establecido, sin embargo, una revisión automática del plan, pasa dos cuatro años a partir de su elaboración.

ANEXO I

Prescripciones técnicas generales para la gestión de los residuos

Para la gestión de los RSU se definen las siguientes prescripciones técnicas de carácter ambiental.

I.1. Protección del medio ambiente atmosférico.

Todas las instalaciones de valorización energética o de combustión de residuos sólidos urbanos (RSU) deberán cumplir los límites de emisión determinados por el Real decreto l088/1992, de 11 de septiembre, por el que se establecen nuevas normas sobre limitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de instalaciones de incineración de residuos municipales.

Además, en lo relativo a la emisión de dioxinas y furanos, todas las instalaciones deberán cumplir los límites fijados por el artículo 7.2º de la Directiva 94/67/CE relativa a la incineración de residuos peligrosos.

I.2. Protección de los suelos.

Los vertederos controlados de RSU, los almacenamientos permanentes de rechazos de sistemas de recogida selectiva o de compostaje, así como los vertederos de escorias y cenizas provenientes de sistemas de valorización energética, deberán cumplir los requisitos generales definidos por el anexo del Decreto 260/1998, de 10 de septiembre, por el que se crea el Registro de Gestores de Residuos Sólidos Urbanos, así como cualquier normativa que con posterioridad se dicte sobre el tema.

I.3. Protección de las aguas.

Todas las instalaciones de tratamiento de residuos que produzcan efluentes líquidos deberán tratar los mismos mediante sistemas de depuración adecuados que permitan alcanzar como mínimo los valores definidos por la tabla I de parámetros características de vertido, correspondiente al anexo al título IV del Real decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de dominio público hidráulico.

En caso de que las instalaciones se ubiquen dentro de polígonos que posean plantas de tratamiento de aguas residuales, deberán cumplir los valores determinados por el propio polígono para el vertido a su red de saneamiento.

En todo caso, todas las instalaciones de tratamiento que realicen vertidos al dominio público hidráulico

deberán supeditar sus vertidos a las concentraciones que determine el organismo de cuenca correspondiente en la preceptiva autorización de vertido.

I.4. Residuos peligrosos.

Todos los residuos peligrosos de origen doméstico (aceites de coche, fluorescentes, baterías, pilas, medicamentos, restos de disolventes, pinturas, pesticidas fertilizantes, etc.), así como las fracciones clasificadas como residuos peligrosos (RP), resultantes de los procesos de gestión, serán entregados a los correspondientes gestores, legalmente autorizados para garantizar el tratamiento o depósito adecuado de los mismos.

ANEXO II

Programas de valorización

II.1. Programa de la Sociedad Gallega del Medioambiente S.A.

La Ley 10/1097, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, en su preámbulo, y tras indicar su objetivo prioritario, señala que:

«Como instrumentos necesarios para alcanzar estos objetivos, la ley contempla, entre otros, el Plan de Gestión de Residuos Sólidos de Galicia, la Sociedad Gallega del Medio Ambiente..».

En cumplimiento de ello, la Sociedad Gallega del Medioambiente crea un programa que presenta las siguientes fases:

II.1.1. Transferencia y transporte.

El carácter regional del plan y la centralización de los RSU recogidos como todo uno en un único punto (complejo medioambiental de Cerceda, A Coruña) para su tratamiento en destino, hace necesario la instalación de una red de estaciones de transferencia cuyo objetivo es optimizar el transporte hasta el complejo medioambiental, mediante compactación dentro de contenedores adecuados para este cometido.

De este modo, los RSU no separados selectivamente por los ciudadanos, se trasvasarán en estas instalaciones para ser dirigidos hacia el complejo medioambiental. Mientras que los materiales separados selectivamente por los ciudadanos podrán seguir dos recorridos alternativos:

-Ser trasladados directamente a las empresas recicladoras para su tratamiento, mediante la aplicación de los convenios suscritos con ellas.

-Ser depositados, una vez separados en origen, en los puntos limpios ubicados en esta red de estaciones de transferencia, para luego ser trasladados, también, a las plantas de reciclaje.

La única y exclusiva función de las estaciones de transferencia es la de facilitar el trasvase de los RSU de unos camiones pequeños a unos contenedores de gran capacidad, adaptados para el transporte a largas distancias, en las condiciones ambientales más adecuadas.

II.1.2. Clasificación RSU recogidos selectivamente.

Se prevé la clasificación de los residuos recogidos selectivamente bien en una planta de clasificación que se construirá en Cerceda, bien en aquellas plantas

de clasificación que se consideren necesarias una vez realizada la experiencia piloto.

II.1.3. Recuperación en destino.

Se llevará a cabo en la planta de recuperación y tratamiento (complejo medioambiental de Cerceda), dotada de tecnología vanguardista, en la que se procede a separar los materiales que a pesar de no haber sido objeto de recogida selectiva, aún son susceptibles de ser valorizados mediante reciclaje. De esta forma se separarán vidrio, metales, papel, cartón y plásticos, llevando la tasa de recuperación de materiales a cotas más elevadas que cualquier otro sistema de gestión de RSU, precisamente por suplir con esta instalación las deficiencias inevitables de una recogida selectiva.

Se consigue, de este modo, dejar exhausta de materiales recuperables la corriente de RSU procesados en esta instalación, quedando únicamente las fracciones desechadas de los residuos originales como último recurso aprovechable, desde el punto de vista de la energía en ellos contenida.

II.1.4. Aprovechamiento energético.

La recuperación energética de los RSU - convertidos en esta fase en el denominado CDR (Combustible Derivado de Residuos) - supone dar una salida a aquellos residuos que ya no pueden ser ni reutilizados, ni reciclados.

El combustible obtenido con las fracciones desechables de los RSU, perfectamente acondicionado y estabilizado biológicamente, alimenta una planta termoeléctrica, dotada de la tecnología más avanzada (lecho fluido circulante) garantizándose el cumplimiento de las normativas ambientales más estrictas y de las estrategias energéticas comunitarias y nacionales.

II.2. Otros programas de valorización.

El presente Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Galicia contempla la posibilidad de que los municipios, cumpliendo lo recogido en el propio plan, y teniendo en cuenta la autonomía municipal, puedan desarrollar sus propios programas de valorización de los RSU.

En cualquier caso resultará imprescindible que cumplan la legislación aplicable en cada momento, resaltándose especialmente la Ley de protección ambiental de Galicia, así como la Ley de residuos sólidos urbanos de Galicia, en particular la confección de un plan municipal, así como el que se recoge en este plan.

Estos programas locales deberán analizar la viabilidad, en el tiempo, que asegure la correcta retirada y tratamiento de los RSU en su ámbito de aplicación.

ANEXO III

Criterios para la ubicación de estaciones

de transferencia

III.1. Técnicos.

-Lo más cercana posible al mayor centro de producción de RSU a fin de optimizar el coste del transporte.

-Lo más cercana posible a las vías férreas para, de ese modo, evitar al máximo el transporte de los contenedores por carretera.

-Donde se disponga de unos buenos accesos por carretera, a fin de facilitar la entrada/salida de los camiones dotados de sistema ampliroll en el supuesto de que sea necesario efectuar el acarreo de los contenedores.

-La superficie de la parcela deberá estar en función del tamaño de la ecoplanta. En todo caso, nunca será inferior a 355.000 m.

-Se deberá ponderar también, la proximidad o accesibilidad a los suministros necesarios para el buen funcionamiento de la estación de transferencia (agua, electricidad, colector, etc.).

III.2. Medioambientales.

-Dado el nulo impacto medioambiental que origina una estación de transferencia, cualquier ubicación parece idónea. En todo caso, y como consecuencia de que a ella deben llegar camiones de recogida viaria, para evitar las molestias de este tráfico, es aconsejable que la ubicación se distancie de las viviendas, siendo los más aconsejables los parques industriales.

III.3. Sociales.

-Minimizar las molestias que el transporte de los RSU pueda originar en los ciudadanos.

ANEXO IV

Artículo 4 de la Ley de RSU de Galicia 10/1997, de 22 de agosto, y artículo 3b de la Ley de residuos l0/1998, de 21 de abril.

«Artículo 4. Ley 10/1997. Ámbito de aplicación.

1. Estarán dentro del ámbito de aplicación de la presente ley los desechos y residuos sólidos producidos como consecuencia de las siguientes actividades y situaciones:

a) Los residuos de origen doméstico.

b) Los residuos generados en comercios, oficinas y servicios.

c) Los residuos procedentes de la limpieza de las vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas.

d) Los residuos procedentes de lonjas, mercados, ferias, festejos, peregrinaciones, excursiones, acampadas o actos similares.

e) Los muebles, enseres y electrodomésticos desechados, así como los escombros de construcción y obras menores de reparación domiciliaria.

f) En general, todos aquellos residuos cuya recogida, transporte, almacenamiento, tratamiento o depósito controlado corresponda a los municipios, de acuerdo con lo establecido expresamente en la Ley de bases del régimen local y demás disposiciones vigentes.

2. Quedan excluidos de la presente ley los residuos no incluidos en el punto anterior, talos como:

a) Los residuos radiactivos.

b) Los residuos procedentes de actividades industriales.

e) Los residuos resultantes de la prospección, extracción, tratamiento y almacenamiento de recursos minerales y de la explotación de canteras.

d) Las materias fecales y otras sustancias naturales no peligrosas de las explotaciones agrícolas y ganaderas que se utilicen exclusivamente en el marco de la explotación agraria.

e) Los residuos generados por la actividad específicamente sanitaria en hospitales, clínicas y ambulatorios.

f) Los efluentes líquidos vertidos a las aguas continentales y al mar.

g) Los efluentes gaseosos emitidos a la atmósfera».

«Artículo 3, Ley l0/1998, apartado b).

Residuos urbanos o municipales: los generados en los domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios, así como todos aquellos que no tengan la calificación de peligrosos y que por su composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades.

Tendrán también la consideración de residuos urbanos los siguientes:

-Residuos procedentes de la limpieza de las vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas.

-Animales domésticos muertos, así como muebles, enseres y vehículos abandonados.

-Residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria.