En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en éste, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos
de la Federación Empresarial de Transportes de Viajeros en Autocar de Galicia (Transgacar) que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán ser miembros de dicha federación las asociaciones de empresarios cuyos socios se dediquen a actividades relacionadas con el transporte de viajeros por carretera.
Asimismo, podrán ser miembros de la federación aquellas personas físicas o jurídicas que se dediquen al servicio público de transporte de viajeros y que tengan toda o parte de su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia, siempre y cuando no haya en la provincia donde tengan su domicilio social, una asociación de empresarios del sector que forme parte de esta federación.
Firman el acta de constitución: el presidente de la Asociación de Empresarios de Servicios Regulares de Viajeros de Lugo, y presidente de la federación, Luis Abeledo Fernández, y los presidentes de la Asociación Provincial de Empresarios de Transportes de Viajeros en Autocar de la provincia de A Coruña, Pontevedra y Ourense.
Santiago de Compostela, 2 de octubre de 1998.
María José Cimadevila Cea
Directora general de Relaciones Laborales