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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Miercoles, 11 de noviembre de 1998 Pág. 12.134

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

CÉDULA de 15 de octubre de 1998, del Servicio de Inspección y Laboratorios de Salud Pública de la Dirección General de Salud Pública, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador Secretaría 236/97, por infracciones en materia sanitaria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que se menciona en el anexo, con los datos y última dirección conocida, la resolución del expe

diente sancionador Secretaría 236/97 por infracciones en materia sanitaria, iniciado en la Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de A Coruña.

Se le hace saber que, de acuerdo con el título VII, capítulo II, sección 2ª, artículos 114 a 117, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, dispone del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta notificación, para presentar recurso ordinario ante el conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales.

En caso de conformidad con esta resolución, deberá hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones del Servicio Gallego de Salud número 001-014017-2 del Banco Bilbao Vizcaya, sucursal de Santiago de Compostela.

Para que conste y sirva de notificación al interesado expido, firmo y sello la presente cédula, en Santiago de Compostela a 15 de octubre de 1998.

Pilar Farjas Abadía

Directora xeral de Saúde Pública

ANEXO

Expediente nº: Secretaría 236/97.

Denunciado: Panadería Santa Margarita, S.L.

Última dirección conocida: Avda. de Fisterra, 198. A Coruña.

Hecho denunciado: infracción en materia sanitaria:-falta de autorización oficial.-3 empleados carecen de carnet de manipulador.-deficiencias de manipulación.-deficiencias higiénico-sanitarias.

Precepto infringido: -R.D. 1137/1984, de 28 de marzo.

-R.D. 1712/1991, de 29 de noviembre.

-Art. 2.1º.1; 2.2º; 3.3º.6 do R.D. 1945/1983, de 22 de junio.

-Art. 3.a) do R.D. 2505/1983, de 4 de agosto.

-Puntos 1, 2, 3 y 4 del capítulo I del anexo del R.D. 2207/1995, de 28 de diciembre.

-Art. 5 del R.D. 157/1985, de 11 de julio.

Precepto sancionador: Ley 14/1986 (Gral. de sanidad).

Sanción propuesta: 700.000 ptas.