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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Lunes, 09 de noviembre de 1998 Pág. 12.064

VI. ANUNCIOS

OTROS ANUNCIOS

ORGANISMO AUTÓNOMO PROVINCIAL DE GESTIÓN DE RECURSOS LOCALES DE PONTEVEDRA

ANUNCIO.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 7.2º de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las haciendas locales, procede la publicación en el Diario Oficial de Galicia y en el BOP de Pontevedra del siguiente acuerdo, adoptado por el Pleno de la Corporación Provincial en su sesión ordinaria del día 29 de mayo de 1997.

Aceptar, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2º de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las haciendas locales, las delegaciones que en materia de gestión, liquidación, inspección y recaudación de recursos locales, realizó, siguiendo lo establecido en los artículos 106.3º, de la Ley 7/1985, de 3 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y 7 de la citada Ley 39/1988, en la Diputación Provincial de Pontevedra, el ayuntamiento de la provincia que a continuación se relaciona. Delegaciones que se llevarán a cabo por la diputación de su organismo autónomo provincial de Gestión de Recursos Locales.

Ayuntamiento de Vilanova de Arousa delega expresamente en la diputación provincial las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación de los siguientes recursos: (Acuerdo Pleno 20-1-1997).

-Impuesto sobre bienes inmuebles.

-Impuesto sobre actividades económicas.

-Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

-Tasa por recogida de basura.

-Tasa por alcantarillado.

Pontevedra, 26 de febrero de 1998.

Rogelio Nicieza de la Cerra

Secretario del organismo autónomo provincial de

Gestión de Recursos Locales de Pontevedra

Vº Bº

Julio Pedrosa Vicente

Vicepresidente del organismo autónomo provincial de Gestión de Recursos Locales de Pontevedra