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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Lunes, 09 de noviembre de 1998 Pág. 12.063

VI. ANUNCIOS

OTROS ANUNCIOS

ORGANISMO AUTÓNOMO PROVINCIAL DE GESTIÓN DE RECURSOS LOCALES DE PONTEVEDRA

ANUNCIO.

El Pleno de la Corporación Provincial, en su sesión ordinaria del día 31 de mayo de 1996, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Aceptar, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2º de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las haciendas locales, las delegaciones que en materia de gestión, liquidación, inspección y recaudación de recursos locales, realizaron, siguiendo lo establecido en los artículos 106.3º de la Ley 7/1985, de 3 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y 7 de la citada Ley 39/1988, en la Diputación Provincial de Pontevedra, los ayuntamientos de la provincia que a continuación se relacionan:

-Bueu. (Acuerdo Pleno 26-11-1994). Facultades de recaudación en vía ejecutiva del IVTM, precio público

por instalación de portadas, escaparates y vitrinas, precio público por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo en la vía pública (vías y marquesinas), tasa por servicio de alcantarillado, precio público por entrada de vehículos, reserva de la vía pública para aparcamientos, carga y descarga de mercancías y tasa por recogida de basura (rural).

-Caldas de Reis. (Acuerdo Pleno 27-10-1995). Gestión, liquidación, recaudación e inspección de los siguientes recursos: tasas y precios públicos por abastecimiento de agua, recogida de basura y alcantarillado; recaudación en vía ejecutiva de todos los conceptos, incluso multas.

-Catoira. (Acuerdo Pleno 28-3-1995). Gestión del cobro de los siguientes recursos: IVTM.

-Crecente. (Acuerdo Pleno 29-12-1994). Recaudación de los siguientes recursos: precio público por suministro de agua, tasa de alcantarillado.

-Mondariz Balneario. (Acuerdo Pleno 30-12-1995). Recaudación de los siguientes recursos: IVTM (incluida la confección y el mantenimiento del padrón), tasas por alcantarillado y recogida de basura, precios públicos por suministro de agua y servicio de mercado municipal.

-Meaño. (Acuerdo Pleno 5-2-1996). Gestión, liquidación e inspección de los siguientes recursos: tasa por recogida de basura, recaudación en vía ejecutiva de tasas, precios públicos, multas, sanciones y del ICIO.

-Pazos de Borbén. (Acuerdo Pleno 13-7-1995). Recaudación voluntaria y ejecutiva de los siguientes recursos: abastecimiento de agua, canon casa del médico y los que le sean enviados por la Tesorería municipal.

-Salvaterra de Miño. (Acuerdo Pleno 15-9-1994). Gestión, inspección, liquidación y recaudación de los siguientes recursos: IVTM.

-Tomiño. (Acuerdo Pleno 18-10-1995). Gestión, inspección, liquidación y recaudación de los siguientes recursos: IBI, IAE, IVTM, éste último a partir del ejercicio de 1996.

Pontevedra, 21 de enero de 1997.

Rogelio Nicieza de la Cerra

Secretario del organismo autónomo provincial de

Gestión de Recursos Locales de Pontevedra

Vº.Bº.

Julio Pedrosa Vicente

Vicepresidente del organismo autónomo provincial de

Gestión de Recursos Locales de Pontevedra