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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Miercoles, 04 de noviembre de 1998 Pág. 11.907

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 13 de octubre de 1998, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador C-181/1997 (caza-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la resolución de dichos expedientes, por infracción a la Ley 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia.

1. Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1 y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste fuera presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

2. El importe de la sanción así como el de la indemnización, se hará efectivo, dentro del plazo de quince días contados desde el momento en que la resolución

sea firme, en la cuenta nº 3110001181, de la Caja de Galicia (2091), clave (90), oficina (0388). De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.

3. El rescate de lo decomisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso lícito, podrá obtenerse previo pago de la cuantía total de la sanción e indemnización dentro del plazo establecido en el párrafo anterior.

Pontevedra, 13 de octubre de 1998.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: C-181/1997.

Denunciado: Adolfo Álvarez Pérez.

Último domicilio conocido: Val Miñor, 5-7º H, Vigo.

Hecho denunciado: transitar por un refugio de caza con un perro sin la debida diligencia para evitarle molestias a las piezas de caza, sus crías y sus huevos, el día 29 de noviembre de 1997, en el término municipal de Vigo.

Precepto infringido: artículo 57.11º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.

Precepto sancionador: artículo 61 de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.

Sanción: 20.000 ptas.