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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Viernes, 30 de octubre de 1998 Pág. 11.791

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CELANOVA

ANUNCIO (encargado/a de Servicios de Contabilidad).

Aprobadas por el Pleno de la Corporación en la sesión de treinta de julio de mil novecientos noventa y ocho las bases que regirán la convocatoria para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición libre de la plaza de encargado/a de Servicios de Contabilidad, y una vez insertado el anuncio de oferta de empleo público en el BOE del 1 de octubre de 1998, se procede a la publicación de las mismas, tal como seguidamente se transcribe:

Primera.-Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de funcionario de carrera, denominada: encargado/a de Servicios de Contabilidad, incluida en la oferta de empleo público de este ayuntamiento para 1998. La plaza está encuadrada en la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase de cometidos especiales, grupo C, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

Segundo.-Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos, referidos a la fecha en que remate el plazo de presentación de instancias:

a) Ser español o miembro de un país de la Unión Europea, de conformidad con la legislación vigente.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla de la que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión del título de bachiller superior, formación profesional de 2º grado o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida o sea incompatible con el desempeño de las funciones o tareas de la plaza.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, ni estar

inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

f) En todo caso, el aspirante que ingrese en virtud de esta convocatoria quedará obligado a prestar los servicios en la jornada de trabajo única o partida que acuerde el ayuntamiento, así como los servicios o cometidos similares al de la plaza, siempre de acuerdo con las normas generales que se adopten, sin discriminación para el cometido de la plaza.

Tercera.-Solicitudes.

Las instancias con las que se solicita tomar parte en las pruebas selectivas se dirigirán al alcalde y se presentarán en el registro general del ayuntamiento, durante el plazo de veinte días naturales siguientes al de publicación del anuncio de convocatoria en el BOE, en modelo oficial que se facilitará en las oficinas del ayuntamiento. Previamente, se publicarán las bases íntegras en el BOP y en el Diario Oficial de Galicia.

En las instancias se hará constar expresamente que el solicitante reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria.

Asimismo, junto con la instancia, presentará relación circunstanciada de los méritos que aleguen para la fase de concurso, uniendo a la referida relación los documentos acreditativos de los méritos alegados, en original o fotocopias válidas, ya que no se tomarán en consideración ni serán valorados aquellos que no queden debidamente acreditados en todos sus extremos, en el momento de presentación de la instancia, excepto en los servicios prestados en este ayuntamiento, que serán certificados por el secretario, siempre que sean alegados y cuantificados por los aspirantes en las solicitudes.

Las solicitudes se podrán presentar también en la forma que determina el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Los derechos de examen se fijan en la cifra de 2.000 pesetas, debiendo asimismo unirse a la instancia resguardo de haberlos ingresado.

Cuarta.-Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de admisión de instancias, el alcalde aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en el BOP y en el tablón de edictos de la Casa Consistorial, concediendo un plazo de diez días hábiles a efectos de reclamaciones y corrección de deficiencias, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 30/1992. Si las hubiese, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será asimismo publicada en la forma indicada.

En la misma resolución, el alcalde determinará el lugar, hora y fecha del comienzo de los ejercicios y la composición del tribunal calificador.

Quinta.-Tribunal calificador.

El tribunal que juzgue las pruebas estará compuesto del siguiente modo:

Presidente: el alcalde del ayuntamiento o miembro de la corporación en quien delegue.

Vocales:

-Un representante de la Xunta de Galicia.

-Un representante de la CSIF, a la que pertenecen los delegados de personal del ayuntamiento.

-Un funcionario de carrera designado por la Alcaldía.

-El secretario del ayuntamiento, que, a su vez, actuará como secretario del tribunal.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes y se hará pública en el BOP y en el tablón de edictos del ayuntamiento, a efectos de recusación.

Los vocales deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de por lo menos tres de sus miembros, titulares o suplentes. En todo caso, se requiere la asistencia del presidente y del secretario o de las personas en las que deleguen.

El tribunal, por mayoría de sus miembros, podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para las pruebas que estime pertinentes. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.

Los miembros del tribunal deberán abstenerse cuando concurran las circunstancias del artículo 28 de la Ley 30/1992, sin perjuicio del derecho de recusación que puedan ejercer los aspirantes.

Sexta.-Comienzo y desarrollo de las pruebas.

Las pruebas selectivas no podrán dar comienzo hasta que transcurran dos meses desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. El día, hora y lugar del inicio de celebración de los ejercicios se anunciará en el BOP. La publicación de los sucesivos anuncios la hará el tribunal en el tablón de edictos del ayuntamiento.

Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas, a no ser que todos los que tengan que realizar la prueba respectiva, acepten la reducción de este plazo.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio con llamamiento único.

Séptima.-Sistema de selección.

La selección será mediante concurso-oposición. La fase de concurso será previa a la de la oposición.

A) Fase de concurso.

En la fase de concurso se valorarán los méritos alegados por los aspirantes, hasta un máximo de 10 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

1. Antigüedad: por cada año de servicio remunerado prestado en puesto de trabajo igual o similar al que se aspira, en entidades locales de más de 5.000 habitantes (o menores de 5.000 habitantes que se rijan

por la instrucción de contabilidad dictada para las de más de 5.000), 1 punto, con un máximo de 5 puntos.

2. Conocimiento de la lengua gallega: curso de iniciación, 0,50 puntos; curso de perfeccionamiento, 0,75 puntos; curso básico de gallego, 1 punto. Solamente puntuará el curso de mayor titulación.

3. Participación en cursos relacionados con la contabilidad pública (expedidos u homologados por la Escuela Gallega de la Administración Pública):

-Por cada curso de más de 60 horas: 3,50 puntos.

-Por cada curso de 40 horas o más, hasta 60 horas de duración: 2 puntos.

-Por cada curso entre 20 horas o más y menos de 40 horas: 1 punto.

La puntuación máxima de este apartado será de 4 puntos.

Esta fase no tendrá carácter eliminatorio ni se podrá tener en cuenta para superar las pruebas de la fase oposición.

B) Fase de oposición.

Consistirá en la realización de los siguientes ejercicios:

1. Teórico-escrito. Desarrollo de tres temas del programa anexo, uno de la parte de materias comunes y dos de la parte de materias específicas, elegidos por sorteo en un tiempo máximo de 2 horas 30 minutos. Se valorará la profundidad de los conocimientos, la claridad y el rigor en la exposición, la cita de legislación aplicable y la adecuación de conclusiones, en su caso. En esta prueba, el aspirante no podrá hacer uso de ningún texto legal ni de apoyo.

2. Práctico-escrito. Realización en el plazo máximo de una hora y treinta minutos, de uno o varios supuestos prácticos, propuestos por el tribunal, en relación con el programa adjunto. Criterios a tener en cuenta: manejo de maquinas informáticas, conocimientos prácticos de contabilidad en sistemas informatizados, con sujeción a las normas de contabilidad en entidades locales de más de 5.000 habitantes, limpieza, exactitud y presentación del trabajo y adecuación de resultados.

3. Práctico-escrito. Traducción al gallego de un texto castellano. Criterios a seguir: exactitud en la traducción y adecuación a la norma lingüística de la Xunta de Galicia. Tiempo: 30 minutos.

Octavo.-Calificación.

Los ejercicios 1 y 2 de la fase de oposición serán obligatorios y eliminatorios. Se calificarán hasta un máximo de 10 puntos cada uno de ellos, siendo necesario obtener un minímo de 5 puntos para superarlos. El número de puntos que podrá otorgar cada miembro del tribunal será de 0 a 10 puntos y la calificación de cada aspirante será el resultado de dividir por el número de componentes del tribunal la suma de los puntos obtenidos.

El ejercicio número 3 será obligatorio pero no eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 6 puntos, pudiendo otorgar cada miembro del tribunal de O a 6 puntos obteniéndose la media aritmética.

La calificación definitiva de concurso-oposición será el resultado de sumar las puntuaciones otorgadas por el tribunal en cada uno de los ejercicios que componen la fase de oposición, más la puntuación resultante en la fase de concurso.

Noveno.-Relación de aprobados, presentación documentación y nombramiento.

Terminada la cal~ficación de los aspirantes, el tribunal publicará la relación de aprobados, que no podrá ser superior al número de plazas convocadas y elevará propuesta, con carácter vinculante, junto con el acta de la última sesión, al alcalde para que formule el pertinente nombramiento.

E1 aspirante propuesto presentará en la secretaría del ayuntamiento, en veinte días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, la documentación acreditativa de reunir los requisitos señalados en la base segunda.

Décima.-Toma de posesión.

Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, el opositor nombrado tomará posesión de su cargo en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente a aquél en que le fuese notificado el nombramiento. En caso contrario, sin que medie causa justificada, quedará en la situación de cesante.

Undécima.-Incidencias.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma que se establece en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El tribunal queda facultado para resolver las dudas que pudieran presentarse y adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-opositor, en aquellos aspectos no previstos en las presentes bases.

Para lo no previsto en la convocatoria, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, R.D.L. 781/1981, de 18 de abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, Reglamento general de ingresos en la Administración pública, R.D. 896/1991, de 7 de junio, y demás disposiciones concordantes de aplicación.

Programa concurso-oposición libre de encargado/a de Servicios de Contabilidad

Ejercicio teórico

I. Materias comunes

Tema 1. La Constitución española 1978. Significado y estructura. Principios generales. Reforma de la Constitución. E1 Tribunal Constitucional.

Tema 2. Organización territorial del Estado en la Constitución. Las comunidades autónomas. La Administración local.

Tema 3. La Constitución de las comunidades autónomas. Competencias. El Estatuto de autonomía: procedimiento de elaboración, contenido y valor normativo. El sistema institucional de las comunidades autónomas.

Tema 4. E1 procedimiento administrativo: su significado. Fases del procedimiento administrativo general.

Tema 5. La Administración local. Concepto. Entidades que comprende. E1 régimen local español. Regulación jurídica.

Tema 6. E1 municipio: concepto. Organización municipal. Competencias. El alcalde: elección, deberes y atribuciones. El Pleno del ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.

Tema 7. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria de la orden del día. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 8. Procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

II. Materias específicas

Tema 9. Recursos de las haciendas locales. Enumeración. Descripción.

Tema 10. Ordenanzas fiscales. Contenido. Preparación y tramitación.

Tema 11. Tasas. Hecho imponible. Contenido. Sujeto pasivo. Cuota.

Tema 12. Precios públicos. Sujetos pasivos. Cuantía. Cobro.

Tema 13. Operaciones tesorería. Modalidades. Tramitación.

Tema 14. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Ideas generales.

Tema 15. Presupuestos locales: contenido. Bases de ejecución.

Tema 16. Presupuestos locales: documentación. Formación y aprobación.

Tema 17. Clasificación económica de ingresos y gastos en ayuntamientos de más de 5.000 habitantes.

Tema 18. Clasificación funcional de gastos en ayuntamientos de más de 5.000 habitantes.

Tema 19. Presupuesto prorrogado. Regularizaciones posteriores a la aprobación del presupuesto definitivo.

Tema 20. Expedientes de modificación de créditos. Clases. Tramitación.

Tema 21. Créditos ampliables. Contenido. Financiación. Tramitación.

Tema 22. Expediente de generación de créditos y transferencias. Concepto. Contenido y tramitación.

Tema 23. Incorporación de remanentes de crédito. Tramitación.

Tema 24. Fases gestión del gasto. Definiciones. Competencias.

Tema 25. Liquidación presupuesto. Operaciones de cierre. Estado de liquidación. Tramitación.

Tema 26. Presupuestos cerrados. Su gestión.

Tema 27. Actas de arqueo. Composición.

Tema 28. Contabilización ingresos. Subsistema de cobros. Su preparación en el régimen de instrucción de contabilidad para ayuntamientos de más de 5.000 habitantes.

Tema 29. Contabilización gastos. Subsistema de gastos. Fases contabilización en el régimen de instrucción de contabilidad para ayuntamientos de más de 5.000 habitantes.

Tema 30. Libros de contabilidad principal. Descripción.

Tema 31. Documentos contables. Requisitos formales. Clases.

Tema 32. La Tesorería de las entidades locales. Funciones.

Tema 33. La Intervención de las entidades locales. Funciones.

Tema 34. Confección nóminas y relación facturas.

Tema 35. Contabilización impuesto valor añadido (IVA).

Tema 36. Cuentas de orden: avales, garantías, depósitos. Contabilización.

Tema 37. Reintegro de pagos y devoluciones de ingresos. Contabilización.

Tema 38. Cuenta general. Documentos. Rendición cuentas. Tramitación.

Tema 39. Anexos a los estados anuales de la cuenta general. Enumeración. Descripción.

Tema 40. Balance de situación. Contenido. Explicación.

Celanova, 5 de octubre de 1998.

El alcalde

Rubricado