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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Viernes, 30 de octubre de 1998 Pág. 11.760

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 28 de octubre de 1998 que modifica la del 30 de diciembre de 1997 por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo de auxiliar de la Xunta de Galicia (grupo D) por medio de la que se aclara el contenido de la misma, en lo que respecta a la base II.2.1.a).

En el Diario Oficial de Galicia nº 12, del 20 de enero de 1998, se publicó la Orden de 30 de diciembre de 1997 por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo Auxiliar de la Xunta de Galicia (grupo D).

Al objeto de conseguir una mayor claridad en el contenido de la base II.2.1.a) de las que rigen la citada convocatoria, esta consellería en uso de las competencias que le atribuye el artículo 13.2º.8 de

la Ley 4/1998, de 26 de mayo de la función pública de Galicia, según la redacción dada por la Ley 3/1995, de 10 de abril (DOG nº 76, del 20 de abril).

DISPONE:

Modificar el contenido de la base II.2.1.a) de las que rigen el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo auxiliar de la Xunta de Galicia (grupo D), convocada por la Orden de 30 de diciembre de 1997 (DOG nº 12, del 20 de enero de 1998), a fin de aclararlo del siguiente modo:

Primero.-El segundo párrafo de la primera prueba, pasa a tener la siguiente redacción:

Para la práctica de la prueba, los opositores deberán presentarse provistos de la máquina de escribir correspondiente.

Segundo.-El texto íntegro correspondiente a la segunda prueba del primer ejercicio pasa a tener la siguiente redacción:

Segunda prueba: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas tipo test que serán resultantes del sorteo entre tres cuestionarios diferentes con respuestas alternativas propuestas por el tribunal y correspondientes al contenido del programa. El tiempo máximo será de una hora de duración.

Esta prueba se calificará de 0 a 10 puntos, correspondiéndole al tribunal determinar el número de respuestas correctas exigidas para alcanzar la puntuación mínima. Para esto se tendrá en cuenta que por cada tres respuestas incorrectas se desconectará una correcta.

Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos y la nota final será el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas pruebas, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 9 puntos.

Santiago de Compostela, 28 de octubre de 1998.

Dositeo Rodríguez Rodríguez

Conselleiro de la Presidencia y Administración

Pública