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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 207 Lunes, 26 de octubre de 1998 Pág. 11.520

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 284/1998, de 8 de octubre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Bande (Ourense), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de saneamiento y depuración en Bande, zona segunda, número 22/11.

El Ayuntamiento de Bande (Ourense), en sesión celebrada el día 26 de mayo de 1998, aprobó el proyecto de saneamiento y depuración en Bande, zona segunda, número 22/11 y en la misma sesión acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento ha remitido la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 31 de agosto de 1998.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 31 de julio de 1998.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque se trata de evitar el grave peligro que supone para los peatones, al no existir aceras y tener que transitar por la misma calzada que los vehículos, en una carretera nacional (N-540 Ourense-Portugal) con intenso tráfico, y por otra parte por la urgente necesidad de completar las redes de abastecimiento saneamiento para evitar las continuas averías y la consecuente pérdida de agua que impide un normal abastecimiento a la población afectada, agravándose el problema en la época estival.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud y a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día ocho de octubre de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Bande (Ourense), a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de saneamiento y depuración en Bande, zona segunda, número 22/11.

Santiago de Compostela, ocho de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesus C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones

Laborales