Con fecha de 1 de septiembre de 1998 se ha dictado resolución por la Dirección General de Industria de la Consellería de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, por la que se autoriza la construcción de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 132 kV Foz-Magazos en los términos municipales de Foz, Cervo, Xove y Viveiro. Esta declaración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, de ordenación del sistema eléctrico, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En su virtud y de acuerdo con lo dispuesto en el mencionado artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa se hace saber a todas las personas afectadas, incluidas en la relación de bienes y derechos que
se publica junto con el presente edicto y que estará expuesta al público en los tableros municipales de las casas consistoriales y de esta delegación provincial, que por representante de la Administración se dará comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación de las fincas contenidas en dicha relación.
Se advierte a todos los interesados afectados que serán notificados individualmente señalándoles el día y hora para el levantamiento de las actas y que podrán formular alegaciones por escrito ante esta delegación provincial hasta el momento del levantamiento de las mismos a los únicos efectos de rectificar posibles errores en la relación de los bienes afectados.
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos que determina el artículo 59.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, para la notificación de la presente resolución en los casos de titular desconocido o domicilio ignorado.
Lugo, 21 de septiembre de 1998.
Jesús Bendaña Suárez
Delegado provincial de Lugo