El Ayuntamiento de Boiro (A Coruña), en sesión celebrada el día 9 de marzo de 1995, aprobó el proyecto de recuperación ambiental del sistema dunar y zona húmeda de la playa de Carragueiros, TM de Boiro y en la sesión celebrada el día 14 de noviembre de 1996 acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 4 de junio de 1998.
Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.
La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 10 de septiembre de 1998.
Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque, por una parte, es perentoria la necesidad de llevar a cabo la actuación recuperadora proyectada en la zona de Carragueiros, dado el nivel de degradación medioambiental que sufre, lo que podría llevarla a un deterioro de difícil retorno, y por otra parte, la realización de este proyecto, que será llevado a cabo por el Ministerio de Medio Ambiente, se financiará a través de los fondos de cohesión de la Unión Europea, corriéndose el riesgo de perderla si no se logra la disponibilidad inmediata de los terrenos.
La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticuatro de septiembre de mil novecientos noventa y ocho,
DISPONGO:
Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento
de Boiro (A Coruña), a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de recuperación ambiental del sistema dunar y zona húmeda de la playa de Carragueiros, TM de Boiro.
Santiago de Compostela, veinticuatro de septiembre de mil novecientos noventa y ocho.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Jesús C. Palmou Lorenzo
Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones
Laborales
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