El artículo 28 del vigente Estatuto de autonomía de Galicia establece la competencia de la Comunidad Autónoma gallega en el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación del Estado en materia de expropiación forzosa.
Por Decreto de 3 de julio de 1997, se acordó declarar la utilidad pública de las mencionadas obras y, asimismo, la urgente ocupación de los bienes afectados por éstas a efectos de lo preceptuado en el artículo 52 de la vigente Ley de expropiación forzosa.
En fecha 28-7-1998 el conselleiro de Medio Ambiente aprobó el proyecto para las obras de recuperación de la laguna de Cospeito, segunda fase.
En su virtud y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa y del reglamento para su aplicación, esta dirección general, en el uso de las facultades que le confiere el artículo 98 de la mencionada ley, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados que figuran en la relación expuesta en el Ayuntamiento de Cospeito, para que comparezcan en los lugares, fechas y horas que se detallan a continuación, con el fin de proceder al levantamiento de las actas previas para determinar los derechos afectados, el valor de los mismos y los perjuicios determinantes de la rápida ocupación, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas si se considera necesario.
Término municipal de Cospeito.
Local: Casa Consistorial de Cospeito.
Día: 1 de octubre de 1998.
Hora: a las 10.30 horas.
A dicho acto deberán acudir los titulares afectados o bien representados por la persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, documento nacional de identidad y el último recibo de contribución, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo estima oportuno, de sus peritos y notarios.
Asimismo, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 56 del reglamento de la Ley de expropiación forzosa se abre información pública durante el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Galicia o hasta el momento del levantamiento de las actas previas a la ocupación correspondiente, a fin de que los interesados puedan formular por escrito ante esta Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natu
ral con dirección en San Lázaro s/n 15703 Santiago de Compostela, las alegaciones que estimen pertinentes con el objeto de corregir los posibles errores producidos al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.
Santiago de Compostela, 8 de septiembre de 1998.
Tomás José Fernández-Couto Juanas
Director general de Montes y
Medio Ambiente Natural
8273