De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 205/1995, de 6 de julio, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia, someto a información pública la solicitud de autorización administrativa de las instalaciones del parque eólico Pedra Chantada con las siguientes características:
Peticionario: Made Energías Renovables, S.A., Paseo de la Castellana, 95-planta 29ª, 28046 Madrid.
Situación: ayuntamientos de Muras, Ourol e O Valadouro (Lugo).
Emplazamiento (coordenadas poligonales en unidades U.T.M.): V(0.615.625, 4.821.025);
V(0.616.800, 4.819.600);
V(0.618.800, 4.819.600);
V(0.618.000, 4.821.400);
V(0.616.000, 4.822.800).
Superficie afectada: 575 ha.
Potencia bruta: 24,42 MW.
Las entidades públicas o privadas interesadas podrán presentar solicitudes en competencia durante el plazo de 20 días, contados a partir del siguiente a la publicación de esta resolución, mediante el procedimiento establecido en el artículo 10 del citado
Decreto 205/1995, de 6 de julio, que regula el aprovechamiento de la energía eólica en Galicia.
Lugo, 4 de septiembre de 1998.
Jesús Bendaña Suárez
Delegado provincial de Lugo
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