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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Viernes, 18 de septiembre de 1998 Pág. 10.487

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 1 de septiembre de 1998 por la que se declara extinguida la concesión administrativa de la granja marina sita en Cee, distrito marítimo de Corcubión, titularidad de Industrial Ballenera, S.A.

Visto el expediente de caducidad instruido a la licencia y concesión administrativa de la granja marina sita en Caneliñas-Cee, distrito marítimo de Corcubión, de la que es titular Industrial Ballenera, S.A.,

Resultando que con fecha 11-9-1996 fue ordenado por la Delegación Territorial de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura de A Coruña al inicio del expediente de caducidad de la antedicha licencia y concesión por incumplir las normas que regulan el título habilitante y por llevar inactiva la granja un tiempo superior a dos años,

Resultando que el acuerdo de inicio del expediente de caducidad y el nombramiento de instructor y secretario de dicho expediente fue remitido al interesado con fecha 18-9-1996, y devuelta por el servicio de correos,

Resultando que fue publicada en el DOG de fecha 15-10-1996, y con fecha 03-10-1996 expuesta en el tablón de anuncios del ayuntamiento del último domicilio conocido de la sociedad Industrial Ballenera, S.A., la inicación del expediente de caducidad y el nombramiento de instructor y secretario en dicho expediente, sin que se formulasen alegaciones dentro del plazo establecido para ello,

Resultando que la propuesta de resolución le fue enviada al interesado el 18-12-1996 y posteriormente devuelta por el servicio de correos,

Resultando que con fecha 30-5-1997 fue publicada en el DOG y con fecha 5-5-1997 expuesta en el tablón de anuncios del ayuntamiento del último domicilio conocido de la citada sociedad, la propuesta de resolución, sin que se formulasen alegaciones dentro del plazo establecido para ello,

Considerando que según el informe de fecha 10-7-1996, de los inspectores de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, en el lugar previsto para la construcción del establecimiento de que se trata no existía construcción algunha con destino a granja marina,

Resultando que el expediente fue tramitado conforme a derecho, según informe emitido por la jefa del Servicio Técnico-Jurídico,

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; el Real decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas; Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia y demás disposiciones de pertinente aplicación,

Esta consellería, a la vista de la propuesta de resolución emitida por la instructora del expediente, acuerda en el ejercicio de sus atribuciones y competencias, extinguir la licencia y concesión administrativa de la granja marina titularidad de Industrial Ballenera, S.A., que tiene las siguientes características:

Establecimiento: granja marina.

Localización: Caneliñas-Cee, distrito marítimo de Corcubión.

Especies: rodaballo.

Ocupación de dominio público: 348 m

Orden de otorgamiento: 22-11-1989 (DOG nº 42/90).

Fin de la vigencia: 28-2-2000.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en el artículo 57 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Santiago de Compostela, 1 de septiembre de 1998.

Amancio Landín Jaráiz

Conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura

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