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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 176 Jueves, 10 de septiembre de 1998 Pág. 10.129

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 1998, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador C-82/97 (caza-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan la resolución de dichos expedientes, por infracción a la Ley 1/1970, de 4 de abril, sobre caza.

1. Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 ó 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, podrán interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste fuera presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

2. El importe de la sanción, así como el de la indemnización, se hará efectivo, dentro del plazo de quince días contados desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 3110001181, de la Caja de Galicia (2091), clave (90), oficina (0388). De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

3. El rescate de lo decomisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso ilícito, podrá obtenerse previo pago de la cuantía total de la sanción e indem

nización dentro del plazo establecido en el párrafo anterior.

Pontevedra, 12 de agosto de 1998.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: C-82/1997.

Denunciado último domicilio conocido: Óscar Barros Otero. Carretera de A Madroa, 28-Bj-Teis (Vigo).

Hecho denunciado: adiestrar 3 perros con fines cinegéticos en época no autorizada, el día 29 de agosto de 1997, en el término municipal de Tui.

Precepto infringido: artículo 48.2º.25 de la Ley 1/1970, de caza.

Precepto sancionador: artículo 48 de la Ley 1/1970, de caza.

Sanción: 3.000 ptas.

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