En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley orgánica 11/1985, del 2 de agosto, de libertad sindical y a los efectos previstos en él, se hace público que, en el correspondiente servicio de esta dirección general, fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la Federación de Construcción e Madeira da CIG (FCM-CIG) que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán afiliarse a dicho sindicato todos los trabajadores y trabajadoras, en activo o parados, de los siguientes sectores: construcción de viviendas y obras públicas, cemento y derivados, tejas y ladrillos, losas, aplicación de pinturas, yesos y escayolas, mármoles y piedras, canteras, vidrio y cerámica, aserraderos, almacenistas de madera, carpintería, ebanistería y fabricación de muebles, aglomerado y carpintería de ribera.
Firman el acta del congreso en el que se acuerda la constitución de la Federación de Construcción e Madeira da CIG: Ánxel Vázquez penedo, presidente; Gumersindo Villamayor Martínez, secretario, y Domingo Regueira López, vocal.
Santiago de Compostela, 31 de julio de 1998.
María José Cimadevila Cea
Directora general de Relaciones Laborales
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