Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 155 Miercoles, 12 de agosto de 1998 Pág. 9.336

III. OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA

RESOLUCIÓN de 30 de junio de 1998 por la que se hace pública la addenda al convenio de apoyo financiero para la renovación de la flota gallega suscrito con distintas entidades financieras el día 21 de mayo de 1996.

Con fecha 30 de junio de 1998, el Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape) y las entidades financieras firmaron una addenda al convenio de apoyo financiero para la renovación de la flota gallega, firmado el 21 de mayo de 1996 y modificado el 26 de diciembre de 1997, con el objeto de prorrogar el plazo para la resolución de los expedientes de ayuda financiera presentados al amparo de éste.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con la Ley 5/1992, de 10 de junio, de creación del Igape y su reglamento, aprobado por Decreto 317/1992, de 12 de noviembre, y en virtud de las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley 22/1992, de 11 de octubre, de régimen

financiero y presupuestario de Galicia, y al objeto de darle una adecuada difusión, se hace público el texto de la addenda al convenio, que figura como anexo I, y relación de entidades que la han suscrito, que figura en anexo II.

Santiago de Compostela, 30 de junio de 1998.

José Antonio Orza Fernández

Presidente del Instituto Gallego

de Promoción Económica

ANEXO I

Addenda al convenio de apoyo financiero para la renovación de la flota gallega firmado entre el Igape y las entidades financieras, el 21 de mayo de 1996.

El convenio, firmado entre el Igape y las entidades financieras el 21 de mayo de 1996, con el objeto de establecer una línea de apoyo financiero para la renovación de la flota gallega, modificado por la addenda de fecha 26 de diciembre de 1997, establece que el plazo de vigencia para la concesión y formalización de las operaciones de subsidiación solicitadas en plazo finaliza el 30 de junio de 1998.

Dado que la carga de trabajo de los astilleros seleccionados por los armadores para la construcción de

los barcos imposibilita la formalización de las operaciones de préstamo en el plazo establecido, se conviene, de mutuo acuerdo entre el Igape y las entidades financieras, suscribir la presente addenda al convenio firmado el 21 de mayo de 1996 con la siguiente:

Cláusula única.-Se modifica la cláusula 7ª del convenio firmado entre el Igape y las entidades financieras el 21 de mayo de 1996, prorrogando el plazo de vigencia para la concesión y formalización de las operaciones de subsidiación presentadas en plazo, hasta el 31 de diciembre de 1998.

Para el resto de condiciones no recogidas en esta addenda, se estará a lo especificado en el convenio suscrito con fecha 21 de mayo de 1996 y addenda al mismo de fecha 26 de diciembre de 1997.

Y en prueba de conformidad, así lo dicen, firman y otorgan por duplicado ejemplar y a un solo efecto en Santiago de Compostela a 30 de junio de 1998.

ANEXO II

Relación de entidades financieras que suscriben la addenda al convenio de apoyo financiero para la renovación de la flota gallega.

Cajas:

Caixa Galicia

Caixavigo

Bancos:

Banco Bilbao Vizcaya

7410