Visto el texto del anexo en el que se contiene el acuerso de determinación de categorías profesionales que corresponden a los trabajadores del Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia, en base a las funciones que tenían asignadas o se les asignen en el futuro, acordado por la comisión mixta formada por la empresa y el Comité Intercentros en fecha 12 de junio de 1998, y complementaria al artículo 21 del convenio colectivo de ámbito autonómico de la empresa Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia (nº registro 82.00012, publicado en el Diario Oficial de Galicia nº 178, de fecha 16 de septiembre de 1997); y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, la Dirección General de Relaciones Laborales,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar la inscripción de dicho anexo en el registro general de convenios de esta dirección general.
Segundo.-Remitir el texto original al correspondiente servicio de este centro directivo.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 29 de junio de 1998.
María José Cimadevila Cea
Directora general de Relaciones Laborales
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