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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Lunes, 03 de agosto de 1998 Pág. 8.981

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN conjunta de 16 de junio de 1998, de la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional, del Centro de Información y Tecnología Ambiental de la Consellería de Medio Ambiente, del Instituto Gallego de Consumo, de la Secretaría General de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, de la Dirección General de Salud Pública, de la Dirección General de Justicia y Administración Local, del Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer y de la Dirección General de la Juventud, por la que se convocan premios a la innovación educativa sobre los temas transversales.

Los decretos 426/1991, de 12 de diciembre (DOG del 14 de enero de 1992); 245/1992, de 30 de julio (DOG del 14 de agosto); 78/1993, de 25 de febrero (DOG del 2 de abril) y 275/1994, de 29 de julio (DOG del 31 de agosto), establecen, respectivamente, los currículos de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato para la Comunidad Autónoma de Galicia. Igualmente, los currículos de los ciclos formativos de formación profesional se establecen en sus decretos correspondientes.

Una vez establecidos dichos currículos por la Administración educativa, es competencia de los centros desarrollarlos, tanto a nivel de proyecto curricular como de programación de aula. En este marco de desarrollo curricular, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria está impulsando las actividades de innovación educativa como medio de promoción y actualización profesional del profesorado.

Por otra parte, la necesidad de preparar a la infancia y a la juventud para vivir en una sociedad en la que los valores cambian con rapidez, demanda de las instituciones de nuestra comunidad otras acciones dirigidas a potenciar actitudes y conocimientos que en el campo de la educación consideramos temas transversales del currículo, tales como educación para la salud, educación para el consumo, educación para la paz, educación para la igualdad de ambos sexos, educación para el ocio y educación ambiental, y que por su transcendencia y relevancia social necesitan para su desarrollo del concurso de todas las instituciones.

En el Decreto 482/1997, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, en el artículo 7 se indica la competencia del Centro de Información y Tecnología Ambiental para hacer propuestas y promoción de planes y programas encaminados a la integración del medio ambiente en el currículo educativo de las enseñanzas regladas a todos los niveles.

Por todo ello, la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional, el Centro de Información y Tecnología Ambiental, el Instituto Gallego de Consumo, la Secretaría General de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, la Dirección General de Salud Pública, la Dirección General de Justicia y Administración Local, el Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer y la Dirección General de la Juventud establecen, en la presente resolución, las bases para la convocatoria y concesión de premios a la innovación educativa sobre los temas transversales.

En consecuencia con lo anteriormente expuesto,

DISPONEMOS:

Artículo 1º.-Objeto.

El objeto de esta resolución es la convocatoria de dos premios a la innovación educativa sobre cada uno de los siguientes temas: educación ambiental, la transversalidad en la educación, educación vial, educación para el consumo, prevención del consumo indebido de drogas, educación para la salud (prevención VIH/SIDA y ETS, promoción de la vida sin tabaco y salud bucodental), educación para la paz, educación para la igualdad de ambos sexos y educación para el ocio, para toda la enseñanza no universitaria; y la aprobación de sus bases de concesión.

Artículo 2º.-Dotación económica.

Los dos premios a los que se alude en el artículo anterior tendrán la siguiente dotación:

Educación ambiental:

Un premio para educación infantil y primaria de 250.000 pesetas.

Un premio para educación secundaria de 250.000 pesetas.

Se valorarán los siguientes aspectos en los trabajos presentados:

-Coherencia ambiental y fomento de la ética ambiental respecto del equilibrio ecológico y la calidad de vida;

-Rentabilidad social y continuidad de la experiencia.

El pago se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 15.04.342A.640.2, una vez realizada la retención correspondiente.

La transversalidad en la educación:

Un premio para educación infantil y primaria de 250.000 pesetas.

Un premio para educación secundaria de 250.000 pesetas.

El pago se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 07.04.322I.640.1, una vez realizada la retención correspondiente.

Educación vial:

Un premio para educación infantil y primaria de 250.000 pesetas.

Un premio para educación secundaria de 250.000 pesetas.

El pago se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 07.04.322I.640.1, una vez realizada la retención correspondiente.

Educación para el consumo:

Un premio para educación infantil y primaria de 250.000 pesetas.

Un premio para educación secundaria de 250.000 pesetas.

El pago se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 08.50.343A.640.0, una vez realizada la retención correspondiente.

Prevención del consumo indebido de drogas:

Un premio para educación infantil y primaria de 250.000 pesetas.

Un premio para educación secundaria de 250.000 pesetas.

Se priorizarán los trabajos realizados sobre el material didáctico, sobre prevención del consumo indebido de drogas, editado por las consellerías de Educación y Ordenación Universitaria y de Sanidad y Servicios Sociales.

El pago se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 11.01.313A.640.1, una vez realizada la retención correspondiente.

Educación para la salud (prevención VIH/SIDA y ETS, promoción de la vida sin tabaco y salud bucodental):

Un premio para educación infantil y primaria de 250.000 pesetas.

Un premio para educación secundaria de 250.000 pesetas.

El pago se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02.313A.640.4, una vez realizada la retención correspondiente.

Educación para la paz:

Un premio para educación infantil y primaria de 250.000 pesetas.

Un premio para educación secundaria de 250.000 pesetas.

El pago se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 13.02.123A.226.06, una vez realizada la retención correspondiente.

Educación para la igualdad de ambos sexos:

Un premio para educación infantil y primaria de 250.000 pesetas.

Un premio para educación secundaria de 250.000 pesetas.

El pago se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 14.50.212A.227.06, una vez realizada la retención correspondiente.

Educación para el ocio:

Un premio para educación infantil y primaria de 250.000 pesetas.

Un premio para educación secundaria de 250.000 pesetas.

El pago se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.211A.640.0, una vez realizada la retención correspondiente.

Artículo 3º.-Condiciones.

1. Podrá participar en la presente convocatoria el profesorado de los centros educativos dependientes de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria que esté en activo e imparta enseñanza en los niveles no universitarios.

2. Los concursantes, de forma individual o en grupo, deberán presentar un trabajo de aplicación práctica en el aula sobre cualquier aspecto de los temas transversales desarrollado durante los dos últimos cursos, 1996-97 y 1997-98, antes de la fecha límite de entrega.

3. Los trabajos presentados podrán abarcar cualquier etapa, ciclo o curso de la enseñanza no universitaria, y deberán explicitar los aspectos establecidos en el apartado 8 del presente artículo.

4. Los trabajos que concurran deberán ser originales y no premiados con anterioridad.

5. El plazo de presentación de los trabajos termina el 30 de octubre de 1998.

6. La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y los organismos que colaboran en esta convocatoria podrán proceder conjuntamente a la reproducción, publicación y divulgación de los trabajos premiados.

7. Los concursantes deberán presentar el trabajo en soporte informático y en soporte papel por triplicado en el registro de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, a través de las distintas delegaciones provinciales o por las vías establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de proceder al envío certificado por correo, la instancia que debe acompañar al trabajo estará fechada y cuñada por la oficina de correos antes de ser certificada.

8. Los trabajos deberán ir acompañados de la siguiente documentación:

a) Instancia dirigida al director general de Ordenación Educativa y Formación Profesional, firmada

por el autor o autora o, en su caso, por el coordinador o coordinadora responsable del grupo de trabajo según el modelo del anexo de la presente resolución.

b) Certificación de la dirección del centro educativo, acreditativa de que los concursantes prestan sus servicios como personal docente en dicho centro o de que estuvieron destinados en el mismo durante la realización de la experiencia.

c) Memoria descriptiva, de un máximo de 20 folios, de la experiencia educativa en la que se reflejarán los objetivos y contenidos desarrollados, la metodología empleada, fechas o períodos de su realización, desarrollo de la experiencia y criterios y procedimientos de evaluación. Igualmente, deberá constar la valoración del profesorado y del alumnado, excepto la del alumnado de educación infantil, sobre el trabajo realizado respecto de la consecución de los objetivos previstos.

d) Anexos de los trabajos o actividades realizados por los alumnos y alumnas durante la experiencia.

Artículo 4º.-Composición y funciones de la comisión.

1. Los trabajos que concursen y se ajusten a la presente convocatoria serán examinados y evaluados por una comisión compuesta por los siguientes miembros:

El director general de Ordenación Educativa y Formación Profesional, que actuará como presidente.

El subdirector general de Ordenación Educativa, que actuará como vicepresidente.

Actuarán como vocales:

El jefe del departamento de Educación e Información Ambiental, o persona en la que delegue.

La gerente del Instituto Gallego de Consumo, o persona en la que delegue.

El comisionado del Plan de Galicia sobre Drogas, o persona en la que delegue.

La subdirectora general de Programas de Salud Pública, o persona en la que delegue.

La subdirectora general de Relaciones con la Administración de Justicia, o persona en la que delegue.

La secretaria general del Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer, o persona en la que delegue.

El subdirector general de Promoción y Actividades, o persona en la que delegue.

La jefa del Servicio de Ordenación e Innovación Educativa.

Un funcionario o funcionaria del Servicio de Ordenación e Innovación Educativa, que actuará como secretario o secretaria.

2. La comisión, en su caso, podrá contar con el asesoramiento de especialistas.

3. La decisión de la comisión, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia, será inapelable y podrán ser declarados desiertos cualesquiera de los premios anunciados o, en su caso, y si la comisión lo determina, ser acumulados entre sí o compartidos.

4. La participación en la convocatoria supone la aceptación de todas sus bases, así como la cesión del derecho de la propiedad de los trabajos premiados, en los que podrán introducirse las variaciones que se consideren más adecuadas a su finalidad.

Artículo 5º.-Certificación.

La administración educativa podrá reconocer a los participantes cuyos trabajos sean evaluados positivamente, mediante expedición de certificado, las actividades de innovación realizadas en el marco de la presente convocatoria.

Artículo 6º.-Retirada de la documentación.

Las personas responsables de los trabajos o sus representantes legales podrán retirar la documentación de los trabajos no premiados y que no vayan a ser objeto de publicación, en la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional en el plazo de 30 días a partir de la publicación de la resolución de la presente convocatoria.

La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Santiago de Compostela, 16 de junio de 1998.

Juan Casares Long

Director general del Centro de Información

y Tecnología Ambiental

José Luis Mira Lema

Director general de Ordenación Educativa

y Formación Profesional

Jorge Rodríguez Vázquez-Molezún

Presidente del Instituto Gallego de Consumo

Manuel Antonio Silva Romero

Secretario general de la Consellería de Sanidad

y Servicios Sociales

Pilar Farjas Abadía

Directora general de Salud Pública

José Antonio Álvarez Vidal

Director general de Justicia y Administración Local

Ana Gallego Castro

Directora general del Servicio Gallego de Promoción

de la Igualdad del Hombre y de la Mujer

Mª José Bravo Bosch

Directora general de Juventud

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