El artículo 21 de la Ley 6/1994 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1995, autoriza a conceder avales al Igape por un importe máximo de 13.000 de millones de pesetas.
El artículo 13.2º del Decreto 284/1994, de 15 de septiembre, de regulación de avales del Instituto Gallego de Promoción Económica, establece que a los avales concedidos por el Igape se le dará publicidad en el Diario Oficial de Galicia.
En virtud de lo expuesto anteriormente
RESUELVO:
Único.-Dar publicidad a los avales concedidos por el Consejo de Dirección del Igape en sus reuniones
de fechas 25 de marzo y 30 de abril de 1998:
-Aval subsidiario por importe máximo de 150.000.000 de pesetas a la empresa Ferroatlántica, S.L.
-Aval subsidiario por importe máximo de 1.495.020.741 pesetas a la empresa Promotora industrial Sadense, S.A. (Proinsa).
-Aval subsidiario por importe máximo de 784.365.432 pesetas a la empresa Depuradora de Mariscos Lorbé, S.A. (Demarlosa).
-Aval subsidiario por importe máximo de 96.403.125 pesetas a la empresa Miranda, Alonso, Fernández, S.A. (MAFSA).
Santiago de Compostela, 6 de julio de 1998.
Diego Diz Fernández
Director general del Instituto Gallego
de Promoción Económica
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