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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Lunes, 27 de julio de 1998 Pág. 8.523

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación de sentencia (107/1998).

Yo, Gonzalo Jorge Cabaleiro de Saa, secretario de la Administración de justicia con destino en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de los de Santiago de Compostela, certifico que en el libro de sentencias dictadas por este juzgado en procedimientos civiles obra la recaída en los autos de menor cuantía-tercería de dominio 107/1998, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.-Francisco Javier Míguez Poza, magistrado-juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de esta ciudad ha dictado la presente resolución en el procedimiento civil de menor cuantía-tercería de dominio, seguido en este juzgado con el número 107/1998, en el que han actuado como demandante, Julio Alberto Loureiro Balado, representado por la procuradora Sra. Sánchez Silva y asistido del letrado Santiago Pérez y como demandados, Banco de Santander, representado por el procurador Sr. Paz Montero y asistido del letrado Ramón Sabín, quien se allanó a la demanda y contra Maypa S.L., María Teresa Ramos Vigo y Concepción Pájaro Ramos, en rebeldía procesal.

Fallo que debo estimar y estimo la demanda presentada por Julio Alberto Loureiro Balado, representado por la procuradora Sra. Sánchez Silva, y asistido del letrado José Santiago Pérez, contra Banco de Santander representado por el procurador Paz Montero y asistido del letrado Ramón Sabín Sabín quien se allanó a la demanda, y contra Maypa, S.L. María Teresa Ramos Vigo y Concepción Pájaro Ramos, en rebeldía procesal, declarando que los bienes que se relacionan en la demanda pertenecen al demandante, debiendo alzarse el embargo trabado sobre los mismos.

No se hace condena en cuanto a las costas procesales.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en este juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación».

La sentencia preinserta fue publicada en el mismo día de su fecha por el magistrado-juez que la subscribe, y para que conste y para que sirva de notificación en forma a la demandada en situación procesal de rebeldía, Maypa S.L. expido y firmo la presente en Santiago de Compostela, a diecinueve de junio de mil novecientos noventa y ocho.

Rubricado

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