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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 141 Jueves, 23 de julio de 1998 Pág. 8.357

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 1997, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza administrativamente y se aprueba el proyecto de ejecución de instalaciones de la subestación transformadora de energía eléctrica 20/132 kV del parque eólico de Bustelo, en el municipio de As Pontes de García Rodríguez. (Expediente 37/1997).

Vistos el escrito y la documentación presentados ante la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña por la empresa Made Energías Renovables, S.A., con domicilio a efectos de notificación en la calle avenida de Burgos, nº 8, planta 18, 28000 Madrid, esta dirección general tiene en cuenta los siguientes hechos:

Primero.-En el citado escrito, la referida empresa solicitó la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones descritas en el proyecto de la subestación de transformación de energía eléctrica -20/132 kV- del parque eólico de Bustelo, en el municipio de As Pontes de García Rodríguez (A Coruña) (expediente 97/37). Acompaña a dicha solicitud el preceptivo proyecto de ejecución a que se hace referencia en los artículos 8º y 12º del Decreto 2617/1966, del 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, aplicable al presente expediente en virtud de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 40/1994, del 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional.

Las características técnicas básicas de la instalación serán las siguientes:

-Subestación transformadora compuesta, para la tensión de llegada de 20 kV de una serie de celdas (11) de línea, remonte y medida de tensiones, seccionamiento y de protección de trafos de servicios auxiliares, y para la tensión de 132 kV, de pórtico y embarrados, trafos de tensión y de intensidad, dos transformadores de potencia de 30 MVA c/u a 20/132 kV y, en general, el conjunto de aparatos, mando, señalización, control, protección y medida.

Segundo.-El citado proyecto de instalaciones se sometió a información pública por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña del 21-4-1997, publicada en el Diario Oficial de Galicia de 29-5-1997, en el BOP de A Coruña del 16-5-1997; en el BOE del 23-7-1997 y en el diario El Ideal Gallego del 14-5-1997; durante el período en que se sometió a trámite de información pública no se formuló ninguna alegación.

Tercero.-La solicitud de este expediente está informada favorablemente por la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña.

Fundamentos de derecho

Primero.-La Dirección General de Industria es la competente para resolver este expediente con base en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio; en el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre, y en el Decreto 209/1990, de 15 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, modificado por el Decreto 140/1991, de 2 de mayo, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas y la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional.

Segundo.-El proyecto cumple lo dispuesto en el Real decreto 3275/1982, del 12 de noviembre, sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas y centros de transformación.

Tercero.-En el expediente instruido al efecto se han cumplido los trámites reglamentarios.

Esa dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

1. Autorizar administrativamente la subestación de transformación de energía eléctrica -20/132 kV del parque eólico de Bustelo, en el municipio de As Pontes de García Rodríguez (A Coruña).

2. Aprobar el proyecto de ejecución de la instalación citada.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario, ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado desde su

publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114º de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 24 de noviembre de 1997.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

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