De conformidad con lo dispuesto en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico (BOE del 28 de noviembre), y decretos 2617 y 2619/1966, de 30 de octubre, sobre instalaciones eléctricas (BOE del 24 de octubre), de aplicación transitoria, se incoa el expediente y se somete a información pública la solicitud de Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. con domicilio en Avda. de Arteixo, 171, de A Coruña, como entidad beneficiaria, para la autorización administrativa; la declaración de utilidad pública, que llevará implícita la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa e imposición de servidumbres de paso sobre los bienes y derechos que se afecten; y la aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones de la línea eléctrica aérea a 15/20 kV con una longitud de 0,399 km con origen en la
L.M.T. a C.T. Muradela (expediente 26835) y final en el C.T. proyectado Graña-Zapateira, con una potencia de 100 kVA 15.000/380-220 V tipo intemperie y una red de baja tensión de 0,009 km de longitud, con origen en el C.T. Graña-Zapateira, con conductor tipo R.Z. y apoyos de hormigón. (Expediente 184/1998).
Finalidad: mejorar la seguridad y calidad del suministro de energía eléctrica a los usuarios de la zona de Graña y Zapateira (término municipal de Curtis).
En consecuencia, cualquier persona y los interesados que figuran en la relación anexa, a los que se practica notificación individual, por gestión directa ante la entidad beneficiaria, podrán rectificar la titularidad de las fincas, en su caso, y recabar datos para la identificación de los bienes que se afecten; y examinar el proyecto en esta delegación, sección 3ª energía, 2ª planta, edificio administrativo Monelos, plaza de Luís Seoane, s/n, 15071 A Coruña, pudiendo formular por escrito alegaciones en razón de lo dispuesto en la Ley 54/1997 y en los decretos citados, dentro del plazo de treinta días siguientes a la presente publicación.
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de resultar los titulares de las fincas propuestas como desconocidos o se ignore el lugar de notificación; y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se
produzcan, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
A Coruña, 1 de junio de 1998.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial de A Coruña
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados
Expediente: 184/1998. Provincia: A Coruña.
L.M.T. a C.T. Graña-Zapateira.Término municipal: Curtis.
FINCAS PROPIETARIOS AFECCIÓN
Suelo Vuelo
Nº Paraje Cultivo Nombre y apellidos Domicilio nº apoyo m ml m
1 Agra Robledal José Vázquez López Goya 7-4º I, 48920 Portugalete, Vizcaya œ-1 1 36 576
2 Agra Labradío José Vázquez López Goya 7-4º I, 48920 Portugalete, Vizcaya œ-1 y 2 3 110 1.100
4 Leira de Agra Prado José María Iglesias Vázquez Zapateira-Foxado 1, 15310 Curtis 14 88
6 Liñare Prado María Merelas Fernández Graña-Foxado 7, 15310 Curtis œ-3 1 45 450
8 Cochubilleira Prado Antonio Ares Picado Ramón Espiñeira 22-2º I, 15310 Curtis 24 296
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