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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 132 Viernes, 10 de julio de 1998 Pág. 7.856

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (198/1993 y 13/1994).

Yo, Francisco Castiñeiras Fernández, secretario en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela, hago saber que en los autos de menor cuantía números 198/1993 y 13/1994 acumulados entre las partes que se dirán, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«En Santiago de Compostela a 21 de noviembre de 1996. Leonor Castro Calvo, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número

tres de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos de juicio declarativo de menor cuantía número 198/1993, promovidos a instancia de la comunidad de propietarios de la casa nº 17 (hoy 25) de la c/ Rosalía de Castro y en su representación el procurador de los tribunales Cuns Núñez, contra Salvador Castro Fernández, Ana Mª Iglesias Otero, entidad A Nosa Adega, S.L., todos ellos en situación procesal de rebeldía, y José Cabo Liñares, representado por la procuradora Esperanza Álvarez y el de menor cuantía número 13/1994 acumulado seguido a instancia de Manuel García Lameiro en su nombre y en representación de la comunidad de propietarios de la casa nº 17 (hoy 25) de la c/ Rosalía de Castro, representado por el procurador Cuns Núñez, contra José Cabo Liñares representado por la procuradora Esperanza Álvarez, y entidad A Nosa Adega, S.L. en situación procesal de rebeldía.

Fallo que debo desestimar y desestimo las demandas acumuladas número 198/1993 seguida a instancia de la comunidad de propietarios del edificio nº 25 de la c/ Rosalía de Castro representado por el procurador Cuns Núñez contra Salvador Castro Fernández, Ana Mª Iglesias Otero, entidad A Nosa Adega, S.L. y José Cabo Liñares, este último representado por la procuradora Esperanza Álvarez, y asimismo desestimar la demanda número 13/1994 seguida a instancia de Manuel García Lameiro en su nombre y en representación de la comunidad de propietarios del edificio nº 25 de la c/ Rosalía de Castro contra José Cabo Liñares representado por la procuradora Esperanza Álvarez y la entidad A Nosa Adega, S.L. con imposición de costas al actor.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir de su notificación ante este juzgado. Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que así conste y sirva de notificación en legal forma a los demandados rebeldes, actualmente en ignorado paradero, Salvador Castro Fernández, Ana Mª Iglesias Otero y representante legal de entidad A Nosa Adega, S.L., expido el presente edicto en Santiago de Compostela, a 18 de diciembre de 1996.

Rubricado

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