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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 125 Miercoles, 01 de julio de 1998 Pág. 7.477

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MONTERROSO

ANUNCIO.

José Antonio Fente Ledo, secretario por acumulación del Ayuntamiento de Monterroso (Lugo).

Certifico:

Que el Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el pasado día once de junio de mil novecientos noventa y ocho, adoptó, entre otros, el acuerdo siguiente:

3. Adjudicación de la concesión del servicio municipal de abastecimiento de agua. Escritos de reclamaciones. Dada cuenta de las reclamaciones presentadas por Javier Villamor Zambramo, vecino de Madrid, en la que se solicita que se modifique el contenido del pliego de condiciones eliminando el criterio de adjudicación previsto en el apartado e) del artículo 4, y el artículo 10.2º c), en el que se establece como requisito para participar en el concurso estar clasificado en el registro general de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Vistos los referidos escritos, el pleno del ayuntamiento, por unanimidad, acordó lo siguiente;

1º. Modificar el apartado e) del Art. 4 del pliego de cláusulas económico- administrativas, quedando redactado de la forma siguiente:

e) Servicios de análoga naturaleza dentro de la Comunidad Autónoma: hasta 3 puntos.

Servicios de análoga naturaleza prestados dentro de las otras comunidades del Estado o nación española: hasta 1 punto.

2º. La cláusula 20 del pliego de condiciones económico-administrativas queda modificada de la siguiente forma:

A) Dada la naturaleza de este contrato, no se establece el importe a percibir por el ayuntamiento en concepto de canon de la concesión, lo que estará en razón de la diferencia existente entre las tarifas vigentes y la correspondiente retribución del concesionario.

Este canon será ofertado inicialmente por cada concursante en pesetas por metro cúbico facturado.

B) El concesionario abonará al ayuntamiento, si procede, dentro de la última semana del tercer mes siguiente al período facturado, la cantidad correspondiente al canon de la concesión.

C) El adjudicatario estará exento de las tasas e impuestos municipales, que por las actividades de los servicios pudieran corresponderle, dado que la titularidad seguirá en todo momento ostentándola el ayuntamiento.

D) La retribución del concesionario estará compuesta por:

1º Las tarifas del servicio vigentes en cada momento y que al inicio del contrato serán las establecidas actualmente en las ordenanzas.

2º Las contribuciones especiales que el ayuntamiento crea oportuno imponer, en los casos de renovación o ampliación de las obras existentes ejecutadas por el concesionario.

3º Las subvenciones que el ayuntamiento otorgue en cada caso.

4º Con el precio el concesionario cubrirá la totalidad de los gastos de explotación: mano de obra, conservación de las instalaciones, transporte, energía eléctrica, tratamiento, materiales, lectura de contadores, etc., así como todos los gastos anexos y generales de la empresa y beneficio industrial.

Los gastos de conservación de acometidas y contadores los satisfacerán directamente los abonados, de conformidad con los importes que en cada momento apruebe el ayuntamiento.

En cuanto a la otra reclamación se le hace constar al reclamente que la misma ya fue rectificada como error material y dicha rectificación ya fue anunciada en el BOP y en el DOG.

3º El resto de las bases del pliego de condiciones económico-administrativas queda redactado en la misma forma que fue publicado en los citados boletines.

4º Que se publique el presente acuerdo en el BOP y en el DOG, a efectos de examen y reclamaciones.

Y para que conste, con las reservas del artículo 206 del R.O.F. de las corporaciones locales, expido el presente anuncio, de orden y con el visto bueno del alcalde, en Monterroso a dieciocho de junio de mil novecientos noventa y ocho.

El alcalde

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