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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Lunes, 29 de junio de 1998 Pág. 7.297

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 188/1998, de 11 de junio, por el que se acepta la cesión a título gratuito de un terreno situado en el término municipal de Barro (Pontevedra), hecha a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia para la construcción de un centro de enseñanza secundaria.

El Pleno de la corporación municipal de Barro, en sesión celebrada el 23 de abril de 1998, acordó la cesión gratuita a la Xunta de Galicia de un terreno para la construcción de un centro de ESO.

Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y 34 de su reglamento, aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1º de la misma ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre ellos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.

En su virtud, de conformidad con la propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el ayuntamiento de Barro acordó la cesión y previa deliberación del Consello da Xunta de Galicia en su reunión del día once de junio de mil novecentos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acepta, en los términos fijados en el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Barro, la cesión gratuita hecha por dicho ayuntamiento a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia del terreno situado en el lugar de Santo Antoniño-Outeiro, parroquia de Perdecanai, término municipal de Barro (Pontevedra), de una superficie aproximada de ocho mil quinientos ochenta metros cuadrados (8.580 m), a segregar de la finca matriz denominada Dehesa de Santo Antoniño u Outeiro. Linda al norte, calle municipal; al sur, hermanos Estévez; al este, pista municipal y al oeste, más terreno municipal.

La finca matriz figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Caldas de Reis, en el tomo 629, libro 51 de Barro, folio 51, finca número 7224, inscripción 1ª.

Artículo 2º

El inmueble cedido se destinará a la construcción por la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de un centro de enseñanza secundaria.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá

a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, once de junio de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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