Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 122 Viernes, 26 de junio de 1998 Pág. 7.259

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (450/1997).

José Espinosa Lozano, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de los de Santiago de Compostela y su partido, hace saber:

Que en los autos de juicio declarativo de menor cuantía, seguidos con el número 450/1997, se ha dictado sentencia con fecha 27 de mayo de 1998, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Vistos, por José Espinosa Lozano, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio declarativo de menor cuantía, seguidos en este juzgado bajo el número 450 de 1997, entre partes, de una como demandante, María Dolores Boo González, representada en autos por el procurador Regueiro Muñoz, con la dirección del letrado Nogueira Romero, y de otra, como, demandados, Manuel Boo González, Rafael Boo González y Antonio Boo González, representados en autos por el procurador Fernández Rial, con la dirección del letrado Sr. Pardo Soto, María Jesús Toubes Boo, representada en autos por el procurador Barreiro Fernández, con la dirección del letrado López Fernández y Jesús Boo González, incomparecido y en situación procesal de rebeldía, sobre impugnación de la partición en los autos de juicio de testamentaría seguidos en este juzgado bajo el número 531/1988.

Fallo:

Con desestimación de la demanda, absuelvo de ella y sus pedimentos a Manuel, Rafael, Antonio y Jesús Boo González y a María Jesús Toubes Boo, con imposición de costas a Dolores Boo González.

Se aprueba en todas sus partes el cuaderno de bases, inventario, liquidaciones y adjudicaciones efectuado el 14 de mayo de 1997 por el contador dirimente, Salvador Antonio Rodríguez Gavela.

Llévese certificación de esta sentencia al proceso principal, haciendo saber a las partes que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación dentro del plazo de cinco días, para ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

La anterior sentencia ha sido publicada en el mismo día de su fecha.»

Y para que sirva de notificación al demandado Jesús Boo González, expido el presente edicto que firmo y sello en Santiago de Compostela a veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

El magistrado-juez

Rubricado

El secretario

Rubricado

4583