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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Viernes, 12 de junio de 1998 Pág. 6.579

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 26 de mayo de 1998 por la que se declara extinguida la concesión administrativa del parque de cultivo marino sito en el distrito marítimo de Muros, titularidad de Manuel J. Bouzas Formoso y María Dolores Castro Rey.

Visto el expediente de caducidad instruido a la concesión administrativa del parque de cultivo marino sito en la zona marítimo-terrestre de la ría de Muros, ensenada de Venancio, distrito marítimo de Muros.

Resultando que con fecha 3-11-1995 fue ordenado por la Delegación Territorial de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura de A Coruña el inicio

del expediente de caducidad de la antedicha concesión por llevar inactivo un tiempo superior a dos años.

Resultando que el acuerdo de inicio del expediente de caducidad y el nombramiento de instructor y secretario de dicho expediente fue remitido al interesado con fecha 6-11-1995, sin formular alegaciones dentro del plazo concedido.

Resultando que con fecha 8-10-1996, fue publicada en el Diario Oficial de Galicia y con fecha 1-10-1996 expuesto en el tablón de anuncios del ayuntamiento del último domicilio conocido de Manuel J. Bouzas Formoso, la sustitución del instructor, por causa de fuerza mayor, así como la continuación de la tramitación del expediente de caducidad sin que tampoco se formulasen alegaciones dentro del plazo establecido para ello.

Resultando que la propuesta de resolución fue comunicada a los interesados con fecha 18-12-1996 y publicada en el DOG de 29-5-1997 y con fecha 5-5-1997 expuesta en el tablón de anuncios del ayuntamiento del último domicilio conocido de Manuel J. Bouzas Formoso, sin que se formulasen alegaciones contra su contenido dentro del plazo establecido para ello.

Considerando que el parque de cultivo lleva más de dos años sin explotación siendo ésta causa de caducidad de las contempladas en el artículo 72 a) de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia.

Resultando que el expediente fue tramitado conforme a derecho, según informe emitido por la jefa del Servicio Técnico-Jurídico.

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimeinto administrativo común; el Real decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas, Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia y demás disposiciones de pertinente aplicación.

Esta consellería, a la vista de la propuesta de resolución emitida por la instructora del expediente, acuerda en el ejercicio de sus atribuciones y competencias, extinguir la concesión administrativa del parque de cultivo marino titularidad de Manuel J. Bouzas Formoso y María Dolores Castro Rey, que tiene las siguientes características:

Establecimiento: parque de cultivo marino.

Localización: zona de Boavista (ensenada de Venancio).

Distrito marítimo de Muros.

Especies: almejas y berberechos.

Ocupación dominio público: 1.623,50 m.

Orden de otorgamiento: 28-2-1973 (BOE nº 82).

Orden cambio de dominio: 13-3-1980 (BOE nº 110).

Fin de la vigencia: 5-4-1983.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en el artículo 57 y siguientes de la Ley reguladora de la juris

dicción contencioso-administrativa, de 27 de dicembre de 1956.

Santiago de Compostela, 26 de mayo de 1998.

Amancio Landín Jaráiz

Conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura

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