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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 98 Lunes, 25 de mayo de 1998 Pág. 5.683

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 20 de abril de 1998, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se hace pública la resolución de los expedientes sancionadores en materia de espectáculos públicos 452/1997 y tres más.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que se mencionan a continuación las resoluciones de los expedientes sancionadores por infracción de la Ley orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de protección de la seguridad ciudadana, por no ser posible su notificación.

Nº de expediente: 452/97.

Denunciado: Ángel Antonio Prado Sánchez.

DNI: 33.273.826.

Domicilio: San Clemente, 6-2º A. Santiago de Compostela.

Establecimiento: Juventud.

Precepto infringido: artículo 26 e) de la Ley 1/1992.

Precepto sancionador: artículo 28 de la Ley 1/1992.

Sanción impuesta: 20.000 pesetas

Nº de expediente: 479/97.

Denuniado: Ángel Antonio Prado Sánchez.

DNI: 33.273.826.

Domicilio: San Clemente, 6-2º A. Santiago de Compostela.

Establecimiento: Juventud.

Precepto infringido: artículo 26 e) de la Ley 1/1992.

Precepto sancionador: artículo 28 de la Ley 1/1992

Sanción impuesta: 25.000 pesetas.

Nº de expediente: 751/97.

Denunciado: Alberto Fernández Requejo.

DNI: 33.278.805.

Domicilio: rúa Nova de Abaixo, 11-5º A. Santiago de Compostela.

Establecimiento: Afrekete.

Precepto infringido: artículo 26 e) de la Ley 1/1992.

Precepto sancionador: artículo 28 de la Ley 1/1992.

Sanción impuesta: archivo por caducidad.

Nº de expediente: 789/97.

Denunciada: Mª Purificación Pereiro Camino

DNI: 33.217.648.

Domicilio: Rodrigo de Padrón, 11-3º. Santiago de Compostela.

Establecimiento: Mesón de Lázaro.

Precepto infringido: artículo 23 d) de la Ley 1/1992.

Precepto sancionador: artículo 28 de la Ley 1/1992.

Sanción impuesta: sobreseimiento de actuaciones.

La competencia para imponer esta clase de sanciones corresponde a los delegados provinciales de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, según el Real decreto 1640/1996, de 5 de julio, desarrollado por el Decreto 360/1996, de 26 de septiembre, de atribución a los órganos de la Comunidad

Autónoma de Galicia del ejercicio de la potestad sancionadora en materia de espectáculos públicos, en relación con el artículo 29.1º d) de la LOSC.

La resolución se dictó de acuerdo con los artículos 137 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y 20 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, y contra ella podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales en el plazo de un mes contado a partir de la recepción de la presente resolución. Se advierte que de no interponer el recurso en tiempo y forma deberá abonar la multa en una entidad bancaria mediante la utilización del impreso que podrá recoger en las dependencias de esta delegación provincial, dentro de los quince días siguientes a la fecha de fin del plazo para recurrir esta resolución, procediéndose en caso contrario a la exacción por la vía de apremio, en los términos previstos en el artículo 3 de la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 22 de mayo de 1987.

A Coruña, 20 de abril de 1998.

Reyes Carabel Pedreira

Delegada provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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