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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Viernes, 08 de mayo de 1998 Pág. 4.909

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 132/1998, de 16 de abril, por el que se acepta la cesión a título gratuito a la Comunidad Autónoma de Galicia de un terreno de una superficie agrupada de 5.654 m, situada en el lugar de A Graña, ayuntamiento de Bueu, para la construcción de un centro de enseñanza secundaria obligatoria.

El Pleno de la Corporación Municipal de Bueu, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de febrero de 1998, acordó la cesión gratuita a la Comunidad Autónoma de Galicia de un terreno de 5.654 m para la construcción de un centro de enseñanza secundaria.

Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 34 de su Reglamento aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1º de la misma ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre ellos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.

En su virtud, de conformidad con la propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de Bueu acordó la cesión y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día dieciséis de abril de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acepta la cesión gratuita a la Comunidad Autónoma de Galicia de un terreno de una superficie agrupada de 5.654 m, conocido con el nombre de Rego e Prado, situado en el lugar de A Graña (ayuntamiento de Bueu) que linda: norte, camino de cauce; sur, José Cerviño y José Vidal; este, vallado y luego Manuel Pousada, José Cerviño y otros, camino y cauce; oeste, camino.

Dicho terreno figura inscrito en el Registro de la Propiedad número uno de Pontevedra y resulta de la agrupación de las siguientes fincas:

-Finca nº 4734, de 2.428 m, inscrita en el folio 184 del libro 48 de Bueu, tomo 818, inscripción tercera.

-Finca nº 8012, de 1.915 m, inscrita en el folio 39 del libro 91 de Bueu, tomo 1330.

-Finca nº 8013, de 1.065 m, inscrita en el folio 40 del libro 91 de Bueu, tomo 1330.

-Finca nº 8014, de 246 m, inscrita en el folio 41 del libro 91 de Bueu, tomo 1330.

Artículo 2º

El inmueble cedido se destinará a la construcción de un centro de enseñanza secundaria obligatoria.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, dieciséis de abril de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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