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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Viernes, 08 de mayo de 1998 Pág. 4.907

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 129/1998, de 16 de abril, por el que se acepta la cesión a título gratuito de una finca situada en el término municipal de Bergondo (A Coruña), hecha a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia para la construcción de un centro de enseñanza secundaria.

El Pleno de la Corporación Municipal de Bergondo, en sesión extraordinaria celebrada el 6 de febrero de 1998, acordó la cesión gratuita a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de una finca para la ejecución de las obras de adaptación de la LOGSE.

Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 34 de su reglamento aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1º de la misma ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre ellos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.

En su virtud, de conformidad con la propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de Bergondo acordó la cesión y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día dieciséis de abril de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acepta, en los términos fijados en el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Bergondo, la cesión gratuita a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia del terreno situado en la parroquia y término municipal de Bergondo y que se describe a continuación:

Labradío denominado Taimonde, de una superficie aproximada de veinte áreas. Linda: al norte, más de Juan Suárez Barros; al sur, terreno municipal y José Varela; al este, José Varela y herederos de Joaquín López y al oeste, terreno municipal.

El inmueble descrito figura inscrito en el Registro de la Propiedad de Betanzos, en el tomo 1.529, libro 198 de Bergondo, folio 209, finca número 19.599, inscripción 1ª.

Artículo 2º

El inmueble cedido se destinará a la construcción por la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de un centro de enseñanza secundaria.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, dieciséis de abril de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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