En cumplimento de lo dispuesto en el artículo 25.4º de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, esta dirección general dispone que se publique en el Diario Oficial de Galicia el acuerdo adoptado por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión de 5 de febrero de 1998, de la que su parte dispositiva es el siguiente texto literal:
«1º Aprobar definitivamente el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal denominado Parque Eólico Corme G-3.
2º De conformidad con el contenido del acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 1 de octubre de 1997 por el que se aprueba el Plan Eólico de Galicia como proyecto sectorial de incidencia supramunicipal, el planeamiento del Ayuntamiento de Ponteceso queda vinculado a las determinaciones contenidas en el proyecto sectorial que se aprueba.
Consecuentemente, no se requerirá autorización urbanística previa para las instalaciones incluidas en el citado proyecto».
Lo que se publica en el Diario Oficial de Galicia, en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 25.4º de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia.
Santiago de Compostela, 26 de marzo de 1998.
Joaquín del Moral Crespo
Director general de Industria
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