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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Lunes, 27 de abril de 1998 Pág. 4.353

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

ORDEN de 26 de marzo de 1998 por la que se regula la oferta de plazas juveniles dentro del programa Campaña Verano Galicia-98 que se desarrollará en las instalaciones juveniles de Galicia.

La Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, a través de la Dirección General de Juventud, lleva a cabo el programa fomento de la actividad juvenil, figurando entre sus objetivos la promoción y organización de actividades de animación sociocultural destinadas a la juventud en el ámbito del ocio y el tiempo libre.

Asumidas las competencias en este campo por el Decreto 146/1982, de 1 de diciembre, y consciente esta consellería de la importancia que tiene facilitar canales por los que la juventud pueda participar en este tipo de actividades, es por lo que este año, al igual que en años anteriores, se convoca la Campaña Verano-98.

La oferta de la Campaña Verano-98 comprende, actividades en albergues, campamentos, campos de trabajo voluntarios, rutas turístico-culturales y deportivas y otras relacionadas con el ocio y el tiempo libre, con un carácter convivencial, todas ellas dirigidas a chicos y chicas individualmente considerados.

El objeto de la Dirección General de Juventud con esta campaña es el atender la demanda individual, cada día más creciente, de chicos y chicas en el campo del ocio y el tiempo libre utilizando para este fin las instalaciones y medios de que dispone dicho centro gestor.

Por todo esto,

DISPONGO:

Artículo 1º

Con el objetivo de facilitar a la juventud la participación en actividades de tiempo libre, la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, a través de la Dirección General de Juventud, oferta un plan general de actividades que se detalla en el anexo I de la presente orden.

Este plan general de actividades se desarrollará en virtud del uso preferente de las instalaciones juveniles por la Dirección General de Juventud y sin perjuicio de la reserva correspondiente de plazas para el uso de estas en régimen de oferta concertada (Orden de 17 de febrero de 1998), y para alberguistas.

En los servicios de juventud de las delegaciones provinciales de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, en las oficinas TIVE-Galicia, en las oficinas y puntos de información juvenil de la Red Gallega de Información y Documentación juvenil y en la oficinas de información administrativa y atención al ciudadano, los interesados pueden solicitar folletos informativos de la convocatoria de la presente campaña, donde se detalla una información amplia sobre cada actividad y de la instalación juvenil donde se va a llevar a cabo.

Artículo 2º.-Servicios ofertados.

La oferta de la Campaña Verano Galicia-98 supone la inscripción individual, permitiéndole a la juventud disponer de los siguientes servicios:

1. Un programa de actividades de carácter socio-cultural, recreativo, formativo y convivencial,

que posibilite la participación del joven.

2. Alojamiento en albergue juvenil, residencia juvenil o campamento juvenil.

3. Manutención en régimen de pensión completa.

4. El material necesario para la actividad.

5. Un equipo técnico de personal especializado en animación sociocultural y actividades de tiempo libre.

6. Atención sanitaria de primeros auxilios y seguro de accidentes.

Artículo 3º.-Participantes.

De acuerdo con las plazas disponibles, podrán solicitar su participación en las actividades programadas, los chicos y chicas de hasta 30 años, según se especifica para cada actividad en el anexo I de esta orden, pudiendo elegir entre las que se desarrollan en su provincia o fuera de ella.

En cuanto al margen de edad mínima y máxima que se especifica para cada actividad, se deberá tener en cuenta:

1. Las edades mínimas que se especifican para cada actividad se entenderán cumplidas durante el año 1998, excepto en los casos en que la edad mínima sean los 18 anos, en que se entenderán cumplidos antes del comienzo de la actividad.

2. En relación al tope máximo de edad establecido para cada actividad, los solicitantes en los que su edad coincida con la establecida como edad máxima para participar en la actividad solicitada, deberán tenerla el 1-7-1998 para aquellas que se desarrollan en julio y el 1-8-1998 para las que se desarrollan en agosto.

No se admitirán aquellas solicitudes en las que el solicitante no cumpla dichos requisitos de edad para la actividad solicitada.

Artículo 4º.-Turno.

Los turnos de actividades tendrán una duración de 7, 10 o 15 días, según la modalidad de la actividad, y se desarrollarán durante los meses de junio, julio y agosto, estableciéndose por cada turno un mínimo de 20 participantes.

Artículo 5º.-Solicitud.

1. Las solicitudes deberán formularse en el impreso que se indica en el anexo II de esta orden. Cada joven únicamente podrá cubrir una solicitud y un máximo de cinco turnos o actividades por solicitud. (Cada turno o actividad va identificado con un código en el anexo I de esta orden).

2. Las solicitudes se dirigirán a la directora general de Juventud, y podrán presentarse en el registro general de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, en los registros de sus delegaciones provinciales o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

3. Asimismo, se admitirán aquellas solicitudes que se reciban a través de los siguientes medios:

-A través de la red Internet en la página con dirección (u.r.l.) http://www.xunta.es/adm/campalbe.htm.

El interesado será responsable de la seguridad de los datos incluidos en la solicitud hasta que no se almacenen en la base de datos de la Xunta de Galicia.

-O bien, por fax a los números indicados en el anexo IV de esta orden.

En este caso, en la instancia se hará figurar necesariamente un número de teléfono al que poder llamar en el supuesto de que hubiese que enmendar cualquier error en la solicitud o en su recepción.

El interesado podrá comprobar la recepción de su solicitud a partir del 20 de mayo en el teléfono joven (902) 15 25 35.

Artículo 6º.-Plazo.

El plazo de solicitud se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el día 15 de mayo de 1998.

Artículo 7º.-Adjudicación de plazas.

La adjudicación se realizará de la siguiente forma:

1. Por adjudicación directa, en el caso de que la demanda no supere el número de plazas disponibles.

2. Por sorteo, por medios informáticos, en el supuesto de que el número de solicitudes supere el número de plazas disponibles.

El sorteo se realizará el día 26 de mayo de 1998 en las dependencias de la Secretaría General de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en Santiago de Compostela.

El resultado del sorteo se hará público y se confeccionará la correspondiente lista de admitidos para cada turno y actividad. Dichas listas serán expuestas el día 28 de mayo en la Dirección General de Juventud, en el registro general de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, en los registros y servicios de Juventud de sus delegaciones provinciales, y en el Centro de Información Administrativa y Atención al Ciudadano de Santiago de Compostela.

Artículo 8º.-Documentación.

Los participantes seleccionados deberán presentar en la Delegación Provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud de la provincia donde se vaya a desarrollar la actividad, o en la Dirección General de Juventud, en el caso de las actividades pluriprovinciales (que se desarrollen en dos o tres instalaciones), en el plazo de diez días contados desde el día siguiente al de la fecha de exposición de las listas, la siguiente documentación:

-Justificante de pago (impreso oficial).

-Fotocopia del DNI o de la página correspondiente del libro de familia.

-Fotocopia del documento de afiliación a la Seguridad Social o seguro médico.

-Cuestionario médico-sanitario (anexo III).

-Declaración jurada de que sabe nadar, sólo para los participantes en actividades de náutica: vela, tabla, esquí acuático, piragüismo y kayac polo.

-Certificado médico de no padecer ninguna enfermedad y de estar apto para participar en la actividad.

En caso contrario, decaerá la adjudicación realizada y pasará a oferta pública, aplicándose el procedimiento dispuesto en el artículo 9º de esta orden.

Artículo 9º.-Adjudicación de las plazas de resultas.

1. Las vacantes que se produzcan, ya sea por renuncia del interesado o por no presentar la documentación referida en el artículo 8º de esta orden en plazo, se adjudicarán por adjudicación directa según se vayan solicitando.

Para estos efectos, en el período comprendido del día 12 al 16 de junio podrán solicitar las plazas vacantes todos aquellos solicitantes a los que no se les haya adjudicado plaza en el sorteo.

Transcurrido dicho período, las plazas vacantes que se produzcan podrán ser solicitadas por cualquier persona interesada, siempre y cuando cumpla las limitaciones de edad a las que hace mención el artículo 4º de esta orden.

2. Para solicitar las plazas de resultas, el interesado podrá efectuar la oportuna reserva de plaza, en el caso de que existan vacantes, personalmente o por teléfono a través de cualquier servicio de Juventud de las delegaciones provinciales de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, de las oficinas TIVE-Galicia o de la Dirección General de Juventud.

Una misma persona no podrá reservar más de una plaza. La reserva de plazas se podrá efectuar en horario de 9 a 14 horas, en días laborables excepto sábados.

3. Una vez efectuada la reserva de plaza, el interesado dispondrá de un plazo de 48 horas para presentar el impreso que se indica en el anexo II de esta orden debidamente cubierto, y la documentación relacionada en el artículo 8º. Los solicitantes a los que no se les haya adjudicado plaza en el sorteo no tendrán que presentar el anexo II. Esta documentación podrá presentarla en cualquiera de las oficinas anteriormente relacionadas. En caso contrario, perderá el derecho a la plaza reservada.

4. En el anexo IV se indican las direcciones y los teléfonos y fax de las oficinas administrativas a través de las que podrá efectuarse la oportuna reserva de plaza, a los efectos de lo dispuesto en este artículo.

Artículo 10º.-Precios.

Los precios de aplicación para cada actividad y turno aparecen detallados en el anexo I, y están establecidos de acuerdo con lo dispuesto en el apartado B del anexo de la Orden de 2 de enero de 1998, por la que se fijan las tarifas y precios en servicios de juventud en las instalaciones juveniles para el año 1998 (DOG nº 9, del 15 de enero).

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta a la directora general de Juventud para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.

Segunda.-Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de marzo de 1998.

Manuela López Besteiro

Conselleira de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud

ANEXO IV

-Dirección General de Juventud:

Dirección: edificio administrativo San Caetano, s/n, bloque 3, 1º, 15771 Santiago de Compostela.

Teléfono: 54 48 67.

Fax: 54 58 43.

-Delegación Provincial de A Coruña de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud.

Dirección: Avda. del Ejército, 2-1º, 15006 A Coruña.

Teléfono: 22 65 50.

Fax: 18 57 02.

-Servicio de Juventud de A Coruña.

Dirección: calle Durán Loriga, 9, 15003 A Coruña.

Teléfono: 22 65 50.

Fax: 22 13 36.

-Delegación Provincial de Lugo de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud.

Dirección: Ronda de la Muralla, 70, 27071 Lugo.

Teléfono: 29 43 52.

Fax: 29 43 39.

-Delegación Provincial de Ourense de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud.

Dirección: calle Camiño Vello, Prado Lonia, s/n, 32004 Ourense.

Teléfono: 38 61 20.

Fax: 38 60 87.

-Servicio de Juventud Ourense.

Dirección: Avda. Habana, 81 bajo, 32004 Ourense.

Teléfono: 38 61 20.

Fax: 38 61 19.

-Delegación Provincial de Pontevedra de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud. Servicio de Juventud.

Dirección: calle María Berdiales, 20, 36203 Vigo.

Teléfono: 81 70 78.

Fax: 81 70 82.

-Oficina TIVE de A Coruña.

Dirección: calle Durán Loriga, 9-1º, 15003 A Coruña.

Teléfono: 21 40 54.

-Oficina TIVE de Santiago de Compostela.

Dirección: plaza del Matadero, s/n, 15703 Santiago de Compostela.

Teléfono: 58 39 00.

Fax: 57 24 26.

-Oficina TIVE de Ferrol.

Dirección: calle Magdalena, 123-1º, 15402 Ferrol.

Teléfono: 35 03 00.

-Oficina TIVE de Lugo.

Dirección: Ronda de la Muralla, 70, 27071 Lugo.

Teléfono: 29 43 38.

-Oficina TIVE de Ourense.

Dirección: Avda. Habana, 81 bajo, 32004 Ourense.

Teléfono: 38 61 18.

-Oficina TIVE de Pontevedra.

Dirección: Benito Corbal, 47-2º, 36001 Pontevedra.

Teléfono: 80 55 32.

Fax: 80 55 54.

-Oficina TIVE de Vigo.

Dirección: calle María Berdiales, 20 entresuelo, 36203 Vigo.

Teléfono: 81 70 79.

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