En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1997, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1997, de 1 de abril, y para los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la Asociación Gallega de Mejilloneros que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la referida asociación todas las personas físicas o jurídicas, con domicilio social en la Comunidad Autónoma gallega, que se dediquen única y exclusivamente a la producción y comercialización del mejillón.
Firman el acta de constitución: representantes de la Sociedad Cooperativa Limitada Mejilloneros de Galicia, (Socomgal), y representantes de la Asociación de Productores Mejilloneros de Cabo de Cruz, entre otros José Rouco Camiña y Ramón Rodríguez Rodríguez.
Santiago de Compostela, 25 de marzo de 1998.
María José Cimadevila Cea
Directora general de Relaciones Laborales
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