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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Miercoles, 15 de abril de 1998 Pág. 3.860

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO de subasta (132/1996-01).

Yo, José Espinosa Lozano, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Santiago de Compostela y su partido, hago saber que en este juzgado se siguen autos de juicio ejecutivo 132/1996, a instancia de Caja de Ahorros de Galicia, representado por la procuradora Losada Gómez, contra José Antonio Sanmartín Ferreiro y Manuela Ferreiro

Pérez en reclamación de la suma de 1.206.917 ptas. de principal más 700.000 ptas. que se reclaman por intereses y costas, en los que por resolución del día de la fecha se ha acordado sacar a la venta en pública subasta, por primera vez y por término de veinte días, y por el tipo de valoración que se dirá, los siguientes bienes: casa sita en el número 24 del lugar de Veiga del municipio de Carballeda de Avia (Ourense).

Dichos bienes han sido valorados en la suma de ochocientas diecisiete mil pesetas (817.000 ptas.).

La subasta tendrá lugar en este juzgado, sito en el polígono de As Fontiñas, en la calle Viena s/n de esta ciudad, el día veintiuno de mayo, a las 9 horas, bajo las siguientes condiciones:

Primera: en los remates no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del avalúo.

Segunda: para tomar parte en la subasta deberán los licitadores consignar previamente, en el establecimiento destinado al efecto, una cantidad igual por lo menos al 20% efectivo del valor de los bienes que sirva de tipo para la subasta sin cuyo requisito no serán admitidos.

Tercera: sólo el ejecutante podrá hacer postura en calidad de ceder el remate a un tercero.

Cuarta: en todas las subastas desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, depositando en la mesa del juzgado junto a aquél, el importe de la consignación.

Quinta: que a instancia del acreedor se sacan los bienes a pública subasta sin suplir previamente la falta de títulos.

Sexta: que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción al precio del remate.

En prevención de que no hubiere postores en la primera subasta, se señala para la segunda, con rebaja del 25% del tipo de la primera, el día 17 de junio, a las 9 horas, debiendo consignar previamente el 20% del tipo de esta segunda subasta; se señala para la tercera el día 15 de julio, a las 9 horas, sin sujeción a tipo, debiendo consignarse previamente el 20% del tipo de la segunda subasta.

Santiago de Compostela, 7 de marzo de 1998.

El magistrado-juez

Rubricado

El secretario

Rubricado

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