El Pleno de la Corporación Municipal, en sesión extraordinaria celebrada el 18 de marzo de 1998, acordó prestar aprobación definitiva a la modificación puntual número 2, de las normas subsidiarias de planeamiento municipal, relativa a la unidad de actuación número 2, siendo la parte dispositiva de dicho acuerdo la siguiente:
1. Aprobar definitivamente la modificación puntual número 2 de las normas subsidiarias de planeamiento del ayuntamiento, relativa a la unidad de actuación número 2, estimando la alegación número 1 presentada por Mª Teresa Martínez Pazos y desestimado las restantes ocho alegaciones, de acuerdo con lo informado por el arquitecto redactor de la modificación puntual.
2. Publicar este acuerdo en el DOG y en el BOP, así como publicar en el BOP el documento que contiene la normativa y las ordenanzas.
3. Trasladar al conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda los documentos previstos en el artículo 48.3º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.
Lo que se somete a información pública en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.
Se hace saber que este acuerdo agota la vía administrativa, pudiendo interponer contra éste recurso contencioso-administrativo ante la sala de esta jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados desde esta publicación en el BOP o en el DOG (último en el que apareciese), en dicho caso deberá comunicarse previamente por escrito, ante esta alcaldía, de conformidad con lo establecido en el artículo 110.3º de la Ley 39/1992, de 26 de noviembre, así como cualquier otro que se considere procedente.
Soutomaior, 30 de marzo de 1998.
Agustín Reguera Ocampo
Alcalde
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