En el uso de la competencia sobre las ayudas del fondo nacional de asistencia social, a ancianos y a enfermos o inválidos incapacitados para el trabajo, reguladas por el Real decreto legislativo 2620/1981, de 24 de julio, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, al ser devueltas por el servicio de correos las resoluciones provisionales enviadas en su día; se les notifica a los citados, en el anexo, la resolución dictada en relación con su expediente el fondo nacional de asistencia social por la Delegación de Sanidad y Servicios Sociales de esta provincia.
Contra esta resolución provisional podrán formular, dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se publique este edicto las alegaciones y pruebas pertinentes ante esta Delegación Provincial de Sanidad y Servicios Sociales.
Transcurrido el plazo de diez días, sin la formulación de alegaciones, la presente resolución se elevará a definitiva, pudiendo interponer contra ella, dentro del mes siguiente, recurso ordinario ante el conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales conforme a lo dispuesto en los artículos 10.7.1º y 114 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre. En caso de no interponer el mencionado recurso deberán verificar, en el plazo improrrogable de quince días, el ingreso de la deuda, especificada en el anexo, en la cuenta nº 112.925 «pensión del fondo de asistencia social» en la oficina principal del Banco Pastor de Santiago de Compostela.
Lugo, 18 de marzo de 1998.
Luis Abades Álvarez
Delegado provincial de Lugo
Solicitante DNI Resolución Causa Fundamentos de derecho Deuda
Besteiro Bergantiños, Consuelo 33798303 Cese No carecer de ingresos Art. 1º.2.a). R.D. 2620/1981, 24 julio 364.000 Carballido Varela, Benigno 34194267 Cese No carecer de ingresos Art. 1º.2.a). R.D. 2620/1981, 24 julio 1.368.142 Carballo Carballedo, Josefa 33780211 Cese No reunir los requisitos Art. 1º.1 e 2. R.D. 2620/1981, 24 julio 53.080 Cascudo Villares, Mª del Carmen 33844739 Cese No reunir los requisitos Art. 1º.1 e 2. R.D. 2620/1981, 24 julio 407.755 Darriba Castiñeira, Manuela 51604401 Cese No reunir los requisitos Art. 1º.1 e 2. R.D. 2620/1981, 24 julio 499.851 Fernández López, Manuela 34252219 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 1.272.136 Fernández Mourín, José Luis 33845999 Cese No reunir los requisitos Art. 1º.1 e 2. R.D. 2620/1981, 24 julio 23.590 Gago Díaz, Manuela 33197005 Cese No reunir los requisitos Art. 1º.1 e 2. R.D. 2620/1981, 24 julio 165.130 Gallego Darriba, Herminio 33310071 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 1.007.480 García García, Germán 76576717 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 947.473 Guitián Torres, Natividad Pilar 43617818 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 795.544 Mon Mon, Carmen 33578688 Cese No carecer de ingresos Art. 1º.2.a). R.D. 2620/1981, 24 julio 861.868 Núñez Fernández, Manuel 33845418 Cese No reunir los requisitos Art. 1º.1 e 2. R.D. 2620/1981, 24 julio 174.400 Pardo Vázquez, José Luis 33790097 Cese No reunir los requisitos Art. 1º.1 e 2. R.D. 2620/1981, 24 julio 40.000 Rodríguez Caballero, Mª Amparo 5275014 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 908.911 Rdguez. Rdguez. Concepción 33857739 Cese No reunir los requisitos Art. 1º.1 e 2. R.D. 2620/1981, 24 julio 521.259 Rodríguez Rodríguez, Manuel 77596361 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 1.007.802 Vila Galán, Concepción 33612353 Cese No reunir los requisitos Art. 1º.1 e 2. R.D. 2620/1981, 24 julio 40.000
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