Advertido error en la mencionada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 53, del miércoles, 18 de marzo de 1998, es necesario hacer la siguiente corrección:
-En la página 2.692, en el artículo 1º, apartado 2, hay que añadir lo siguiente:
«Tendrán prioridad para la concesión de estas becas aquellos solicitantes que nunca hayan disfrutado de las mismas».
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