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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Martes, 07 de abril de 1998 Pág. 3.593

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO de subasta (98/1995).

Ángel Pantín Reigada, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela, hace saber que en este juzgado de mi cargo, bajo el número 98/1995, se siguen autos de ejecutivo otros títulos, a instancia del procurador Manuel Castro del Río, en representación de Banco de Asturias, S.A., contra Sociedad Mercantil Tohiga, S.L., Brígida Esther Basadre Rivas y Carlos Fernando Millares Álvarez, en reclamación de cantidad, en cuyas actuaciones se ha acordado sacar a la venta en primera y pública subasta, por término de veinte días y precio de valoración pericial la siguiente finca embargada a los demandados:

-Urbana, piso 1º J de la primera planta alta del Edificio Pico Sacro IV en la Avda. Rosalía de Castro 113, en Vilagarcía de Arousa, de 60 m, con una terraza de 3 m y como anejo un trastero en planta bajo cubierta señalado con el número 39. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Vilagarcía de Arousa al libro 150, folio 213 vto, finca 14.704.

La subasta tendrá lugar en la sala de audiencia de esta juzgado, sito en calle Viena número 2, 2º Polígono de As Fontiñas el próximo día 6 de mayo a las once horas, con arreglo a las siguientes condiciones:

1. El tipo del remate será de 7.000.000 de pesetas, sin que se admitan posturas que no cubran las dos terceras partes de dicha suma.

2. Para poder tomar parte en la licitación deberán los licitadores consignar previamente en la cuenta de consignaciones de este juzgados en el BBV número de cuenta 1592/17-98-95 el veinte por ciento del tipo de remate.

3. Podrán hacerse posturas por escrito, en pliego cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, depositando en la mesa del juzgado, junto con aquél, el veinte por ciento del tipo de remate.

4. Solo el acreedor podrá hacer el remate a calidad de ceder a un tercero.

5. Se reservarán en depósito a instancia del acreedor las consignaciones de los postores que no resultaren rematantes y que lo admitan y hayan cubierto el tipo de la subasta, a efectos de que, si el primer adjudicatario no cumpliese la obligación, puede aprobarse el remate a favor de los que le sigan por el orden de sus respectivas posturas.

6. Los títulos de propiedad, suplidos por certificación el registro, se encuentran de manifiesto en la secretaría del juzgado, debiendo los licitadores conformarse con ellos, sin que puedan exigir otros.

7. Las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor, quedarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Para el supuesto de que resultare desierta la primera subasta, se señala para que tenga lugar la segunda el próximo 3 de junio, a las once horas, en las mismas condiciones que la primera, excepto el tipo del remate que será del setenta y cinco por ciento del de la primera; y, en caso de resultar desierta dicha segunda subasta, se celebrará una tercera, sin sujeción a tipo, el día 30 de junio, también a las once horas, rigiendo para la misma las restantes condiciones fijadas para la segunda.

Dado en Santiago de Compostela a tres de marzo de mil novecientos noventa y ocho.

El secretario

Rubricado

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