En la base común 10 de la Orden de 28 de abril de 1992 (DOG del 7 de mayo), se regula y establece
la necesidad de realizar prácticas docentes previas al nombramiento de los interesados como funcionarios de carrera, con objeto de valorar las aptitudes didácticas de los aspirantes que aprobaron la fase de oposición.
En su virtud, esta dirección general,
RESUELVE:
Primero.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de enseñanza secundaria serán nombradas tres comisiones calificadoras, una de letras, otra de ciencias y otra de formación profesional específica formadas por especialistas en las respectivas áreas y que tendrán la siguiente composición:
-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal a propuesta de la Inspección central.
-Cuatro vocales, designados entre los profesores de enseñanza secundaria.
Segundo.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de profesores técnicos de formación profesional será nombrada una comisión calificadora formada por especialistas del citado cuerpo y que tendrá la siguiente composición:
-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal a propuesta de la Inspección central.
-Cuatro vocales, designados entre los profesores técnicos de formación profesional.
Tercero.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de escuelas oficiales de idiomas será nombrada una comisión calificadora formada por especialistas en las respectivas asignaturas y que tendrá la siguiente composición:
-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal a propuesta de la Inspección central.
-Cuatro vocales, designados entre los profesores de escuelas oficiales de idiomas.
Cuarto.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de profesores de música y artes escénicas será nombrada una comisión calificadora, formada por especialistas en las respectivas asignaturas y que tendrá la siguiente composición:
-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal a propuesta de la Inspección central.
-Cuatro vocales, designados entre los profesores de músicas y artes escénicas.
Quinto.-La Inspección al servicio de la Administración educativa podrá visitar al profesorado en prácticas y emitirá un informe sobre el desarrollo de su función, que será tenido en cuenta por la comisión evaluadora.
Santiago de Compostela, 23 de febrero de 1998.
Jaime García y García
Director general de Personal
1978