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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Martes, 03 de marzo de 1998 Pág. 2.124

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (479/1997).

José Espinosa Lozano, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de

los de Santiago de Compostela y su partido, hace saber que en los autos de juicio ejecutivo número 479/1997 se ha dictado sentencia con fecha 27 de enero de 1998, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Vistos por José Espinosa Lozano, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno, de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio de ejecutivo, seguidos en este juzgado bajo el número 479 de 1997, entre partes, de una, como demandante, Banca de Galicia, representado en autos por el procurador Caamaño Queijo, con la dirección del letrado López Cabada, y de otra como demandados, María Teresa Ramos Vigo y la herencia yacente de José Pájaro Castelao, incomparecidos y en situación procesal de rebeldía, sobre póliza de afianzamiento de operaciones mercantiles.

Fallo, con estimación total de la demanda ejecutiva, debo disponer y ordeno que siga la ejecución adelante, de forma solidaria, hasta hacer total pago a la parte actora y por la parte demandada María Teresa Ramos Vigo y la herencia yacente de José Pájaro Castelao, de la cantidad de 1.352.198 pesetas, más con los intereses legales pactados y costas devengadas, que se impondrán a la parte últimamente referida, y cualquiera que fuere el importe de los dos últimos conceptos a determinar en ejecución de esta resolución.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, que por rebeldía de los demandados se notificará en la forma legalmente dispuesta, si no se pide dentro de los tres días siguientes la notificación personal, la pronuncio, mando y firmo.

La anterior sentencia ha sido publicada en el mismo día de su fecha».

Y para que sirva de notificación a los demandados María Teresa Ramos Vigo y la herencia yacente de José Pájaro. Castelao, expido el presente edicto que firmo y sello en Santiago de Compostela a veintisiete de enero de mil novecientos noventa y ocho.

El secretario

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