Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Lunes, 23 de febrero de 1998 Pág. 1.880

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CARBALLEDA DE VALDEORRAS

ANUNCIO de convocatoria de una plaza de auxiliar de Administración general correspondiente a la oferta de empleo público del año 1997.

Aprobada en su día por el Pleno de este Ayuntamiento la oferta de empleo público del año 1997, así como la convocatoria y las bases para la provisión en propiedad por concurso-oposición libre, con turno de promoción interna, de una plaza de auxiliar de la escala de Administración general; publicada en el BOE la oferta de empleo público, se procede a la publicación de la convocatoria de la referida plaza y de las bases por las que se regirá la misma.

Bases, ejercicios y programa

1º.-Objeto de la convocatoria: el objeto de la convocatoria es la provisión en propiedad, por el procedimiento de concurso-oposición, de una plaza de auxiliar administrativo, creada por amortización de la plaza de policía local, subescala de auxiliar de la escala de Administración general con turno previo de promoción interna, de acuerdo con la oferta pública de empleo del año actual.

2º.-La plaza que se convoca figura en la plantilla de este ayuntamiento, incluida en el grupo D nivel 11, dotada en el presupuesto con las retribuciones correspondientes según la legislación vigente.

3º.-Turnos: con el fin de facilitar la promoción interna de los funcionarios desde el cuerpo, escala o subescala del grupo de titulación inferior, grupo E, se establecen los turnos para la práctica de las pruebas de la oposición.

El primer turno de promoción interna se reserva para los funcionarios que pertenezcan en la actualidad a cualquier subescala de Administración general o especial de esta corporación del grupo de titulación inferior, al de la plaza objeto de la convocatoria y que, estando en posesión de la titulación exigida que se determina en la base siguiente, posean una antigüedad de al menos dos años de servicio como funcionarios de carrera en la subescala a la que pertenezcan. Les será de aplicación el resto de las condiciones y pruebas que se establecen en estas bases.

Si superan las pruebas los aspirantes de promoción interna, al existir solamente una plaza a ocupar, no se celebrada el turno libre.

El segundo turno de concurso-oposición libre se celebrará sólo en el supuesto de no presentarse aspirantes en el turno de promoción interna, o de presentarse, una vez celebradas las pruebas, si ninguno de los aspirantes hubiesen superado la totalidad de los ejercicios de carácter obligatorio que se establecen en estas bases, o aunque superándolas, no reuniesen las condiciones que se establecen en estas bases. Los aspirantes en turno de promoción interna no podrán optar también a turno libre.

4º.-Condiciones y requisitos que han de cumplir los aspirantes para poder ser admitidos en las pruebas selectivas:

A.-Turno de promoción interna:

a) Pertenecer a la subescala de subalternos de la escala de Administración general, o a la subescala de servicios especiales de la escala de Administración especial de esta corporación.

b) Acreditar un mínimo de dos años de servicios en propiedad en la subescala integrada en el grupo de titulación inferior al de la plaza objeto de la convocatoria.

c) Estar en posesión del título de graduado escolar, formación profesional de primer grado o equivalente.

B.-Turno libre:

a) Ser español.

b) Haber cumplido dieciocho años de edad y no exceder de aquélla en la que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad.

c) Estar en posesión del título de graduado escolar, formación profesional de primer grado o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impidan el desempeño de las funciones que corresponden al puesto de trabajo.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, ni encontrarse inhabilitados para el ejercicio de las funciones públicas.

Todos los requisitos y condiciones se deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de las instancias y gozar de las mismas durante el período selectivo.

5º.-Los aspirantes que deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán presentar la instancia en la que manifiesten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base cuarta, según se trate de aspirantes del turno de promoción interna o del turno libre, y que se comprometen a prestar juramento o promesa en la toma legalmente establecida, adjuntando a la instancia los méritos que deseen que les sean valorados, de conformidad con lo previsto en la base 11ª.1.

6º.-Plazo de presentación de instancias: las instancias irán dirigidas a la Presidencia de la corporación. El plazo de presentación será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de extracto de la convocatoria y de las bases en el BOE, admitiéndose cualquier forma de presentación en la que se acredite con exactitud la fecha de presentación en el plazo establecido

7º.-Derechos de examen: los derechos de examen se fijan en la cantidad de mil pesetas, que deberán ser ingresadas por los aspirantes en la tesorería del ayuntamiento al presentar la instancia. En el supuesto de que no lleguen a realizar las pruebas de turno libre, dicha cantidad les será devuelta a los aspirantes. Igual proceder se seguirá para los que no resulten admitidos.

8º.-Publicación de la convocatoria y bases: estas bases y la convocatoria del concurso-oposición, así como los correspondientes edictos posteriores que contengan la relación de admitidos y excluidos, composición del tribunal y fijación de la fecha y lugar de comienzo de las pruebas, se publicarán íntegramente en el BOP y en el tablón de anuncios. Únicamente las bases y la convocatoria se publicarán igualmente en el Diario Oficial de Galicia. Hecha la convocatoria en el BOP y en el Diario Oficial de Galicia se procederá a la publicación de un extracto mediante edicto en el BOE con indicaciones de BOP y Diario Oficial de Galicia en el que se publican las bases y la convocatoria.

Los edictos posteriores, relacionados en este concurso-oposición se publicarán únicamente en el BOP de Ourense y en el tablón de anuncios.

9º.-Admisión de aspirantes: finalizado el plazo de admisión de instancias, la alcaldía-presidencia dictará resolución en el plazo de un mes, por la que declara aprobada la relación de admitidos y excluidos, tanto al turno de promoción interna como al turno libre.

Dicha resolución será expuesta en el tablón de anuncios y publicada en el BOP, indicándose el nombre, apellidos y DNI de los admitidos y excluidos, indicando, en su caso, las causas de exclusión, con la concesión de un plazo de diez días para subsanación de las deficiencias, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de procedimiento administrativo común. En la misma resolución de la alcaldía se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios, y la orden de actuación de los opositores en los ejercicios que no pudiesen hacerse de manera conjunta, así como la composición del tribunal calificador.

Entre la publicación de la convocatoria en el BOE y el comienzo de las pruebas tendrá que transcurrir un período mínimo de dos meses.

10º.-Jurado calificador: composición. El jurado calificador se compondrá de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del R.d. 896/1991, de 7 de junio, por los siguientes miembros:

-Presidente: el de la corporación o concejal en quien delegue.

-Secretario: el de la corporación.

-Vocales: un representante de la Comunidad Autónoma.

Tres funcionarios de la Administración local con titulación superior a la exigida para la convocatoria, nombrados por la alcaldía.

Abstención y recusación.-Los miembros del jurado deberán abstenerse de formar parte del mismo y de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, notificándoselo a la autoridad convocante. Los aspirantes podrán recusarlos por razones señaladas en las disposiciones vigentes.

Los aspirantes y órganos a los que correspondan nombrar a los miembros del jurado nombrarán titulares y suplentes.

El jurado no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia como mínimo de tres de los miembros titulares o suplentes, debiendo estar presentes el presidente y el secretario. La actuación del jurado se ajustará estrictamente a las bases de la convocatoria; sin embargo, queda facultado para resolver las dudas que aparezcan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases.

Las resoluciones del jurado vincularán a la Administración convocante, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a la revisión de las resoluciones del jurado, conforme a lo previsto en el capítulo I, del título VII de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

11º.-Proceso selectivo: la selección se compondrá de la fase de concurso y de la fase de oposición.

11.1. Fase de concurso: será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Valoración de méritos en la fase de concurso:

a) Por los servicios prestados en la Administración local: 0,10 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 4 puntos.

-Por servicios prestados en otra Administración: 0,05 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 4 puntos.

-El plazo para el cómputo terminará en la misma fecha en que finalice el plazo para la presentación de solicitudes. Su justificación se hará mediante certificación específica de servicios prestados.

b) Por estar en posesión de títulos académicos superiores a los exigidos por la convocatoria:

-Por estar en posesión de título de bachiller superior o formación profesional de 2º grado, 1 punto.

c) Por conocimiento del idioma gallego:

-Estar en posesión del curso de iniciación: 0,25 puntos.

-Estar en posesión del curso de perfeccionamiento: 0,50 puntos.

-Curso básico de lenguaje administrativo: 1 punto.

Solamente se evaluará el curso al acreditarlo.

d) Por otros méritos diferentes de los citados que puedan aportar los aspirantes, el jurado podrá dar un máximo de 1 punto.

El jurado previa convocatoria al efecto evaluará los méritos de los aspirantes y decidirá la puntuación que a cada uno de ellos corresponde en la fase de concurso, de conformidad con los méritos puntuables establecidos en estas bases.

La lista con las puntuaciones asignadas a los aspirantes en la fase de concurso se hará pública en el tablón de anuncios del ayuntamiento con anterioridad a la fecha de celebración del primer ejercicio en la fase de oposición.

11.2. Fases de oposición: constará de tres ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio, aunque sólo los dos primeros tendrán carácter eliminatorio.

-Primer ejercicio: de carácter práctico, se compondrá de dos partes que se harán en una misma sesión.

-Primera parte: consistirá en copiar a máquina no eléctrica durante diez minutos un texto facilitado por el jurado a una velocidad de 150 pulsaciones por minuto. Se evaluará la velocidad, limpieza, presentación y corrección del escrito. Para la práctica de esta fase los opositores deberán presentarse con máquina de escribir no eléctrica.

-Segunda parte: consistirá en resolver en un tiempo máximo de una hora un supuesto práctico propuesto por el jurado relacionado con la contabilidad local (ingresos y gastos), pudiéndose añadir, igualmente, a criterio del jurado, un supuesto práctico sobre liquidación de un impuesto, tasa o precio público con la propuesta de acuerdo de aprobación y notificación al contribuyente.

Los opositores podrán solicitar la realización del supuesto práctico de contabilidad, con el equipo informático del ayuntamiento. Sus características son: modelo IBM AS-400. Sistema operativo: OS-400. Programa: Sical; en este supuesto los opositores serán distribuidos por grupos en función de los terminales que se posean. El orden de actuación de los opositores será establecido por el jurado. El tiempo máximo para la realización del presente ejercicio se computará a partir de la hora de comienzo para cada grupo de opositores, si no se pudiese realizar esta fase de la prueba de forma conjunta.

El jurado podrá solicitar asesores especialistas para la preparación del equipo informático con el objeto de permitir la realización de esta fase del primer ejercicio.

-Segundo ejercicio: lo realizarán los opositores que superen el primer ejercicio; consistirá en desarrollar por escrito, en un plazo máximo de dos horas, un tema de la parte general y otro de la parte específica, que aparece en el programa anexo, elegido por el opositor de entre dos de cada parte (general y específica) del programa anexo, extraídos al azar por el jurado.

-Tercer ejercicio: finalizado el plazo de realización del segundo ejercicio, y en la misma sesión, se procederá a la celebración del tercer ejercicio, que tendrá carácter obligatorio, pero no eliminatorio, y consistirá en la traducción al gallego, en un plazo máximo de quince minutos y sin elementos auxiliares, de un texto en castellano propuesto por el jurado.

En la fase de oposición, el jurado garantizará, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.

12º.-Calificación de los ejercicios en la fase de oposición: los ejercicios en la fase de oposición se calificarán como sigue:

-Primer ejercicio: se calificará hasta un máximo de diez puntos, ponderándose en cinco puntos cada una de las partes. Será necesario obtener una puntuación mínima de cinco puntos en el total de la calificación del ejercicio para superar el ejercicio.

-Segundo ejercicio: se calificará hasta un máximo de diez puntos, siendo necesario obtener una pun

tuación mínima de cinco puntos para superar el ejercicio.

-Tercer ejercicio: de carácter no eliminatorio; se calificará con un máximo de tres puntos.

La puntuación se obtendrá de la media aritmética de puntos que a cada opositor otorgue cada uno de los miembros del jurado que tenga vez y voto.

La calificación o puntuación final en la fase de oposición se obtendrá sumando las puntuaciones parciales de cada uno de los dos ejercicios eliminatorios superados por el opositor. A esta suma se añadirá la calificación obtenido en el tercer ejercicio.

13º.-Calificación final del concurso-oposición: a la calificación obtenido por los opositores en los ejercicios de la fase de oposición se sumará la puntuación que cada uno de los opositores obtuvo en la fase de concurso, de conformidad con los méritos puntuables que se especifican en las bases número 11.1. El resultado obtenido constituirá la puntuación final del concurso-oposición y será el aspirante que obtenga la mayor puntuación el que se declare aprobado por el jurado.

Si en el turno de promoción interna resulta que algún aspirante incluido en dicho turno superó todos los ejercicios eliminatorios de la fase de oposición, será declarado aprobado por el jurado el aspirante incluido en dicho turno que obtuviese la mayor puntuación final del concurso-oposición, no realizándose la convocatoria para el turno libre.

14º.-Calendario de realización de las pruebas: el lugar, fecha y hora de la celebración de los ejercicios de las pruebas selectivas se fijarán en la resolución de la alcaldía en la que se declare la admisión y exclusión de los aspirantes a que se refiere la base novena.

Los aspirantes serán convocados de forma conjunta al primer ejercicio de la oposición a través de la publicación en el BOP y en el tablón de anuncios de la resolución a que se refiere la base novena; acudirán al llamamiento único al lugar, hora y fecha que se establezca la resolución, provistos del DNI; la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios dará lugar a la exclusión automática y perderá los derechos a participar a partir de ese momento en la práctica de los ejercicios.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios sobre las restantes pruebas los hará públicos el mismo jurado en los locales donde se celebraron las pruebas y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.

15º.-Relación de aprobados y presentación de la documentación: terminada la calificación final del concurso-oposición, el jurado publicará en el tablón de anuncios la relación de aprobados.

El jurado no podrá aprobar ni declarar que superaron las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Simultáneamente a su publicación, el jurado elevará la relación expresada

a la alcaldía y propondrá el nombramiento correspondiente. Al mismo tiempo, remitirá a la citada autoridad el acta de la última sesión.

El aspirante que resulte propuesto presentará ante la Administración municipal, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la calificación, los documentos acreditativos de las condiciones necesarias para tomar parte en la oposición, que se exigen en la base tercera:

a) Fotocopia compulsada del DNI y partida de nacimiento.

b) Copia autenticada y fotocopia debidamente compulsada del título exigido.

c) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función que se va a desempeñar.

d) Declaración subscrita por el interesado acreditativa de no ser separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, ni estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme.

e) Declaración subscrita por el interesado de no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica o incompatibilidad conforme a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

Quien dentro del plazo indicado y salvo casusa de fuerza mayor no presentase la documentación exigida no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiese incurrir.

16º.-Nombramiento y toma de posesión: finalizado el proceso selectivo y presentada la documentación a que se refiere la base anterior, el alcalde, de acuerdo con la propuesta del jurado calificador, procederá al nombramiento del funcionario de carrera que tendrá que ejercer en la plaza convocada, siendo notificado el nombramiento al interesado en forma reglamentaria, el cual tomará posesión en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente a aquél en que le sea notificado el nombramiento.

En el acta de toma de posesión deberá hacerse referencia al cumplimiento de la diligencia de prestar juramento o promesa en la forma que determine el Real decreto 707/1989, de 5 de abril. Quien sin causa justificada no tome posesión en el plazo señalado caerá en situación cesante, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y nombramiento conferido.

17º.-Derecho supletorio y norma de aplicación: para todo lo no previsto en estas bases, o en aquello en que pudiese estar en contradicción con la legislación que se cita, y salvo siempre la facultad de interpretación que al jurado se le otorga en la base décima, será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril;

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y el Real decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de la Administración local.

18º.-Recursos: contra el acto de aprobación de las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente día de su publicación en el BOP ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

TEMARIO

A) Materias comunes:

Tema 1.-La Constitución española de 1978. Principios generales y estructura. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional. El Valedor del Pueblo.

Tema 2.-Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3.-La Corona. El poder legislativo. El poder judicial. El Gobierno y la Administración del Estado.

Tema 4.-La organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. La Administración local en la Constitución. La Administración periférica del Estado. Los delegados del Gobierno. Los subdelegados. La Administración institucional y corporativa.

Tema 5.-La Comunidad Autónoma de Galicia. El Estatuto de autonomía de Galicia. Las competencias de la Comunidad Autónoma. El Parlamento. La Xunta y su presidente.

Tema 6.-El derecho administrativo. Fuentes del derecho administrativo. El acto administrativo. Clases. Requisitos. Motivación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Actos nulos y anulables. Revisión de oficio.

Tema 7.-El procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. El silencio administrativo. Los recursos administrativos.

Tema 8.-La Hacienda pública. Los impuestos. Las tasas. Los precios públicos. El presupuesto. Principios presupuestarios según la Ley general presupuestaria. El gasto público. Fases del gasto.

Tema 9.-El personal al servicio de las administraciones públicas. Funcionarios públicos: adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Incompatibilidades. Derechos y deberes.

B) Materias específicas:

Tema 1.-La Administración local. Entidades que la componen. El régimen local y su regulación jurídica.

Tema 2.-El ayuntamiento. Concepto, organización y competencias del ayuntamiento.

Tema 3.-El término municipal. La población municipal. El empadronamiento.

Tema 4.-La provincia en el régimen local. Organización provincial. Competencias.

Tema 5.-Órganos de gobierno municipales. El alcalde. El Pleno: su integración y funciones. Elección de concejales. La Comisión de Gobierno y los tenientes de alcalde. Órganos complementarios. Régimen de sesiones. Convocatoria y orden del día. Acuerdos municipales. Actas y certificaciones de acuerdos. Notificaciones y comunicaciones.

Tema 6.-El procedimiento administrativo local. Los expedientes: iniciación, tramitación y resolución. Actos que finalizan la vía administrativa. Régimen de impugnaciones de actos y acuerdos. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos de presentación de documentos.

Tema 7.-Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. Bandos.

Tema 8.-La contratación local. Los contratos administrativos, referencia especial al contrato de obra. La selección del contratista.

Tema 9.-El patrimonio de las entidades locales. Clasificación de los bienes. El inventario.

Tema 10.-El personal al servicio de la Administración local. Relación de puestos de trabajo. El personal funcionario. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Situaciones administrativas y régimen disciplinario.

Tema 11.-La haciendas locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales, procedimiento de elaboración y aprobación. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.

Tema 12.-Los presupuestos de las entidades locales: principios y documentación de que constan. Contabilidad y cuentas. Los créditos presupuestarios. El gasto público. Fases de la gestión de gastos. Fases de gestión de ingresos.

Carballeda de Valdeorras, 13 de enero de 1998.

Mª Carmen González Quintela

Alcaldesa